Los legisladores del partido Hagamos, Mara Robles Villaseñor y Enrique Velázquez González, presentaron una iniciativa ante el Congreso de Jalisco para autorizar la eutanasia.
De aprobarse, la alternativa de muerte asistida quedaría reconocida como un derecho para las personas mayores de edad, con pleno uso de sus facultades mentales, que enfrentan una enfermedad mental.
Los autores de la iniciativa plantean que la eutanasia sea una realidad mediante la reforma al artículo 4 de la Constitución Política del Estado, con el objetivo de que se le adicione el siguiente párrafo:
“El Estado garantizará el derecho a la vida y muerte dignas, para tales efectos el Sistema Estatal de Salud se ajustará a la adecuación del esfuerzo terapéutico, promoverá y asegurará la disponibilidad de los cuidados paliativos y en su caso implementará las normas y procedimientos que regulen la solicitud y recepción de la prestación para morir”.
Hay una gran diferencia entre la voluntad anticipada y la eutanasia, en el caso de Jalisco, la voluntad anticipada aún no está legislada.
Nuestro experto, el Dr. Guillermo Aréchiga Ornela nos explica por qué esta propuesta no ha llegado a nuestro Estado. 👇🏼 pic.twitter.com/g65BKso7ps
— Radio Universidad de Guadalajara (@RadioUdeG) September 11, 2018
El documento, que contó con el respaldo de la legisladora del Partido Futuro, Susana de la Rosa Hernández, advierte que, en la actualidad, las personas desarrollan sus vidas en un escenario con múltiples factores que vuelven necesario el reconocimiento de esta alternativa.
“Si bien puede parecer un absurdo el abogar por el derecho a la muerte digna, debemos asimilar que nunca antes se verificaron las condiciones que hoy día lo justifican, tales como el envejecimiento perdurable de la población, la persistencia de la atención terapéutica, la reversión incesante de la pirámide poblacional, la reducción familiar, el dinamismo de las actividades económicas e incluso el distanciamiento de consideraciones religiosas”, establece.
Tanto la vida como la muerte, señalan los diputados en la argumentación de su propuesta, “deben corresponderse con el precepto de dignidad”.
“Este categórico de vida digna nos coloca ante múltiples posibilidades y, por tanto, a igual número de elecciones entre las (que), por supuesto, se encuentra el decidir evitar únicamente el dolor físico y esperar a la muerte natural o solicitar una intervención activa para inducir a la muerte”, explica la iniciativa.
¿Qué es la eutanasia?
En el artículo “Eutanasia, suicidio asistido y voluntad anticipada: un debate necesario”, que publicó la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) en 2017 bajo la forma del doctor Jorge Alfredo Ochoa Moreno, se hacen algunas precisiones sobre la definición de la eutanasia.
“Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) las definiciones existentes sobre la eutanasia no son exactas y pueden variar de una persona a otra, pero tienen varios elementos en común.
“La mayoría de los comentaristas restringe su descripción a la eutanasia directa o ‘activa’, que se puede definir como ‘el acto deliberado de poner fin a la vida, a petición propia o de algún familiar’”, indica la publicación.
Voluntad anticipada
Hasta el momento, en Jalisco solamente está autorizada la figura de la “voluntad anticipada”, es decir, la posibilidad de establecer un “documento legal que contiene las preferencias del paciente respecto a la atención de su salud que quiera recibir en la etapa final de la vida ante un diagnóstico de enfermedad terminal”, según lo plantea el Gobierno de Jalisco.
Con la voluntad anticipada la persona puede determinar qué tratamientos no quiere que se le apliquen ante una enfermedad terminal; sin embargo, no implica que pueda decidir el momento de ponerle fin a su vida, como sí sucede con la eutanasia que impulsan los legisladores.
#voluntadanticipada pic.twitter.com/SYFFI9PsOV
— Eutanasia en Jalisco (@EutanasiaJ) May 15, 2020
En la publicación de la Conamed, el concepto de “voluntad anticipada” aparece definido como “el proceso mediante el cual una persona planifica los tratamientos y cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el futuro, en particular para el momento en que no sea capaz por sí misma de tomar decisiones”.
El 31 de octubre de 2022, el Gobierno de Jalisco informó que en el estado únicamente 720 jaliscienses contaban ya con una “directriz anticipada”, otra manera de nombrar a la voluntad anticipada.
En emla entidad, las personas pueden solicitar gratuitamente la firma de la directriz anticipada tanto en hospitales públicos como privados, y también ante notarios públicos.
En la Ley de Salud del Estado, las directrices anticipadas quedaron definidas como el documento mediante el cual cualquier persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, puede, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento.
“En caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal y no le sea posible manifestar dicha voluntad. Dicho documento podrá ser revocado en cualquier momento”, establece la normativa m.
La amenaza del dolor
En su iniciativa, los legisladores de Hagamos señalan que, en los hechos, en el país muy pocos pacientes que requieren de cuidados paliativos para sobrellevar sus enfermedades pueden disponer de este tipo de tratamientos, mismos que tienen por objetivo mitigar el dolor que los aqueja.
“Según el doctor Jorge Ramos Guerrero, paliativista del Hospital General de Occidente, ‘en México únicamente existen 120 equipos de cuidados paliativos, de manera que sólo tres por ciento de los enfermos crónicos pueden tener acceso de este tipo de servicios médicos’”, dice la propuesta.
De esta manera, en la actualidad los jaliscienses se enfrentan, por un lado, con un acceso restringido a los cuidados paliativos y, por otro, con mayores probabilidades de contraer una enfermedad que les genere un “intenso dolor”.
“Es importante resaltar que el aumento de la esperanza de vida y el consecuente incremento de personas que llegan a edades avanzadas y desarrollan enfermedades degenerativas que se caracterizan en su fase terminal por ser causa de intenso dolor y sufrimiento, es uno de los principales motivos que hacen necesario el establecimiento de cuidados paliativos y aplicación de medidas vinculadas con la voluntad anticipada, la eutanasia y el suicidio medicamente asistido”, detalla el artículo de la Conamed.