Las horas pasan y se agota el tiempo para presentar los recursos legales contra la Ley de Seguridad Interior.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha admitido el único recurso interpuesto contra dicha Ley, interpuesto por el gobierno municipal de Cholula.
Hay otros que van en camino, como el aprobado ayer por el INAI, el anunciado por la CNDH y, si logran juntar las firmas, el que pretenden ingresar diputados de Oposición.
Estos recursos deberán llegar antes del próximo lunes, día en que se cerrará la admisión de documentos en la SCJN.
Aunque legalmente el plazo termina el 20 de enero, al ser día inhábil la fecha se recorre hasta el lunes 22 de enero.
Cada uno de los recursos legales busca atacar diferentes aspectos de la Ley; todos buscan que la SCJN dé marcha atrás a la legislación.
INAI: es inconstitucional
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó ayer interponer una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Interior.
Los siete comisionados del INAI votaron por unanimidad a favor de presentar el caso ante la SCJN porque consideran que lastima el derecho humano al acceso a la información y a la protección de los datos personales.
El recurso que interpondrá el INAI va contra los artículos 9 y 31. El primero se refiere a la reserva de toda la información generada por la aplicación de esta Ley, al considerar que será tratada como de seguridad nacional.
Respecto a ello, los comisionados coincidieron en que esta Ley se contraviene con el artículo 6 de la Constitución Política, pues impone límites injustificados al derecho ciudadano al acceso a la información.
“Creo que todos coincidimos en que es necesaria una regulación de las Fuerzas Armadas, pero de ninguna manera poniendo en compromiso o en potencia de vulneración los derechos fundamentales que en su conjunto, al parecer, esta legislación expone”, afirmó Francisco Javier Acuña, comisionado presidente del INAI.
El artículo 31 de la Ley de Seguridad Interior refiere que las autoridades y los órganos autónomos tendrán que entregar toda la información que requieran las autoridades que actúan en los términos de esa ley. Dentro de los obligados estaría, por ejemplo, el Instituto Nacional Electoral.
Según los comisionados, este artículo contraviene el 16 constitucional, pues no se respeta la protección a los datos personales consagrada en la Constitución.
Este artículo, sostuvieron los comisionados, prevé un “régimen de excepción” al consentimiento para la transferencia de datos personales “sin controles de legalidad y certeza jurídica para los titulares”.
Además, consideraron que hay ambigüedad en las condiciones, requisitos y reglas para que los órganos autónomos den la información a las autoridades.
El INAI presentará este recurso ante la SCJN a más tardar este viernes y solo será cuestionando estos dos artículos.
“Los siete comisionados nos hemos ceñido, exclusivamente, a señalar los artículos que, de esta Ley, de 34 preceptos, que nos preocupan, y consideramos merecen una revisión constitucional del más alto tribunal del país para, en su caso, ser purgados de los vicios que visualizamos”, comentó Acuña.
Aceptan, pero sin suspensión
El primer recurso de inconstitucionalidad fue presentado por el gobierno municipal de Cholula y, aunque fue admitido ya por la SCJN, no se le concedió la suspensión de la ley.
En su texto legal, el ayuntamiento de ese municipio poblano argumentó que la ley violenta su autonomía y pidió que se suspendiera la vigencia de la ley, hecho que la SCJN no concedió por un error.
Jorge Pardo Rebolledo fue el ministro que resolvió aceptar el recurso, pero como en su demanda el municipio refirió un artículo relacionado con el abasto de agua, la suspensión no fue concedida.
“Se advierte que la medida cautelar no guarda relación alguna con la norma general impugnada en el presente asunto (…) por lo que no hay lugar a acordar favorablemente su solicitud de suspensión”, argumentó la SCJN en su resolución de aceptación.
Las controversias que vienen
En los próximos días se presentarán otras controversias contra la Ley de Seguridad Interior tanto de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como de diputados de Oposición.
En este último caso, sin embargo, la colecta de firmas para interponer este recurso se ha complicado.
Aunque el PAN, el PRD y Movimiento Ciudadano anunciaron que presentarían este recurso a la brevedad, no han podido recolectar las 165 firmas necesarias.
¿Los motivos? Las vacaciones de los legisladores y la división en la bancada de Acción Nacional.
Mientras los diputados batallan para obtener las firmas, en el Senado de la República los panistas ya presumen de tener el 33 por ciento del total para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley.
Dos de sus promotores fueron los senadores panistas Ernesto Ruffo y Francisco Búrquez. Este último dio a conocer que la tercera parte de los legisladores ya firmaron y llevarán el escrito al máximo tribunal del país.
“Vemos la inconstitucionalidad porque esta Ley recientemente promulgada viola la autonomía de los estados y sus municipios, dado que la seguridad pública, constitucionalmente, es un asunto que inicia en la comunidad, en el municipio, con la policía municipal”, explicó Ruffo Appel.
Aunque en su dicho los legisladores panistas se han pronunciado en contra de la Ley -a lo largo de todo el proceso-, su coordinador, Marko Cortés, se abstuvo.
Por su parte, la bancada de Morena anunció que se unirá a ellos en la presentación del recurso.
La controversia constitucional argumentará primordialmente que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior, con lo que quedaría sin efecto.
Empero, si no se juntan las 165 firmas necesarias, todo quedará en discurso y la acción legal no prosperará.
También sigue pendiente la presentación de la acción de inconstitucionalidad anunciada por la CNDH, que desde antes de que fuera aprobada la Ley advirtió sobre los derechos que vulnera.
“La ambigüedad y generalidad de su redacción hace que en términos del artículo segundo, la Ley pueda aplicarse y promoverse la intervención de las Fuerzas Armadas, prácticamente respecto de cualquier tipo de actividad, en tanto la misma sea calificada de amenaza o riesgo a la seguridad interior, sin que existan parámetros para determinar objetivamente cuándo se afecta”, consideró la CNDH.
Este recurso y los demás faltantes deberán presentarse a más tardar el lunes próximo, cuando se cierra el plazo legal para impugnar la Ley, que fue promulgada el 21 de diciembre pasado.