Jueza ordena a AMLO eliminar reforma judicial del DOF

Aunque el decreto ya esta publicado en el DOF, no basta para negar la medida cautelar, sino apelar por el buen derecho y el interés social
Itzel Castañares Itzel Castañares Publicado el
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La jueza Nancy Juárez Salas, del Décimo Noveno del Distrito con residencia en Veracruz, ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador eliminar la publicación de la reforma judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF).

La resolución, aclaro la jueza, se dio de manera independiente y “en cumplimiento a la efectiva división de poderes“, derivada de conceder la suspensión definitiva al amparo que trabajadoras del Poder Judicial promovieron contra el proceso de discusión y aprobación, así como a la declaratoria, aprobación y posterior firma del decreto por parte del primer mandatario el pasado 15 de septiembre.

“Resulta procedente conceder la suspensión definitiva con efectos restitutorios, para que las autoridades responsables, presidente de los Estados Unidos Mexicanos y director del Diario Oficial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas consecuencias, eliminen la publicación realizada” señala el fallo de la juzgadora.

En ese sentido, la jueza Juárez Salas precisó que, de concretarse los efectos de la reforma judicial, “se haría materialmente imposible reparar a las quejosas por el daño ocasionado”.

Protesta por la reforma judicial. Una jueza de Veracruz ordena a AMLO bajar del DOF la reforma judicial. FOTO: MIREYA NOVO/ CUARTOSCURO.COM

Decreto no basta para negar medida cautelar

Asimismo, apuntó que en este caso se considera que, de otorgar la medida, no se afecta el interés social ni disposiciones de orden público, señaló El Universal. 

Esto en atención a que, “si bien la sociedad está interesada en que los procedimientos legislativos no se detengan, lo cierto es que también existe un especial interés en que los procesos que se realicen para reformar la Constitución, se apeguen a los estándares respecto a los derechos humanos y mantengan las bases fundamentales que sostengan los principios de una norma de esta naturaleza”, señaló.

Sin embargo precisó que, por el contrario, si no se concediera la suspensión de los actos, “se corre el grave riesgo de que la independencia judicial como valor íntegro de un estado de derecho, se erosione en perjuicio de las quejosas“.

Aunque el decreto ya esta publicado en el DOF, ello no basta para negar la medida cautelar, sino apelar por el buen derecho y el interés social, a fin de que las quejosas por su parte tengan acceso a sus derechos siempre que no haya impedimento jurídico o material. 

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