Va pensión a magistrados de NL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de Nuevo León que legisle para establecer una pensión para los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de ese estado.

La decisión se tomó a raíz de la controversia constitucional que presentaron los magistrados el año pasado, argumentando que la falta de un haber de retiro va en contra de la autonomía e independencia del Poder Judicial de Nuevo León.

Imelda García Imelda García Publicado el
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Pesos sueldo mensual neto de ministros, consejeros y magistrados que ingresaron al cargo antes de agosto del 2009
“La estabilidad e inamovilidad de los magistrados, ya sea por una designación vitalicia o la seguridad de una pensión (...)es, en realidad, la expresión de una garantía a favor de la sociedad”
Magistrados de Nuevo León
El salario neto actual de los magistrados de Nuevo León es de 104 mil 28 pesos mensuales, más prestaciones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de Nuevo León que legisle para establecer una pensión para los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de ese estado.

La decisión se tomó a raíz de la controversia constitucional que presentaron los magistrados el año pasado, argumentando que la falta de un haber de retiro va en contra de la autonomía e independencia del Poder Judicial de Nuevo León.

En el Congreso de esa entidad existen varias iniciativas respecto al tema, que se encuentran en su estudio en comisiones desde hace varios años, pero que ahora tendrán que reactivarse por mandato de la SCJN.

En ellas, se proponía que el haber de retiro para los magistrados sea de 100 por ciento de su salario durante el primer año después de su retiro, 90 por ciento el segundo, 80 por ciento el tercero y 70 por ciento a partir del cuarto año y hasta que fallezcan.

Los salarios del Poder Judicial tanto a nivel federal como en los estados, son de los más altos que tienen los servidores públicos de todo el país.

Los ministros de la SCJN, los consejeros de la Judicatura Federal y los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por ejemplo, tienen un salario neto -después de impuestos- de 152 mil 533 pesos, aunque quienes ingresaron a ese cargo antes de agosto del 2009, reciben 266 mil 841 pesos mensuales. Además, deben sumarse todas las prestaciones.

En el caso de los magistrados de Nuevo León, su salario neto es de 104 mil 28 pesos mensuales; más todas las prestaciones a las que tienen acceso.

Los magistrados de otros estados también gozan de pensiones y beneficios que, en algunos casos, pueden hasta heredar a sus dependientes de forma vitalicia.

La cruzada de los magistrados

En febrero del 2016, Carlos Emilio Arenas Bátiz, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León, presentó una controversia constitucional ante la SCJN contra el Congreso de esa entidad por incumplir su obligación de legislar para que los magistrados tuvieran acceso a un haber de retiro una vez que terminaran su periodo.

Los magistrados en Nuevo León son electos para periodos de 10 años, aunque pueden ser ratificados para otro periodo igual, lo que les daría 20 años de servicio.

Una vez que concluyen su periodo como magistrados, estas personas no pueden ejercer la abogacía por tres años, previniendo que haya alguna clase de tráfico de influencias o uso de información confidencial.

Por ello, en el texto de la controversia constitucional, los magistrados argumentaron que el hecho de tener asegurado un ingreso después de retirarse abona a que se tomen decisiones sin ceder a ningún tipo de presión.

“La estabilidad e inamovilidad de los magistrados, ya sea por una designación vitalicia o la seguridad de una pensión o haber de retiro, en caso de designaciones temporales es, en realidad, la expresión de una garantía a favor de la sociedad, para que el Poder Judicial se integre con juzgadores profesionales, dedicados de forma exclusiva a su labor, despreocupados de su futuro a corto, mediano e, incluso, largo plazo y sujetos únicamente a los principios y exigencias propias de la institución judicial.

“Siendo así, la seguridad de los titulares de la función judicial es indispensable para la estabilidad de la jurisdicción y condición para la independencia y autonomía judicial”, señalaron los magistrados en su controversia constitucional presentada a la SCJN.

Más que responder a una necesidad de los magistrados, argumentaron, se trata de procurar el derecho humano de que los ciudadanos tengan acceso a la justicia imparcial e independiente.

Esta semana, el pleno de la SCJN dio la razón a los magistrados de Nuevo León y estableció que el Congreso local tiene la obligación de legislar sobre el tema.

“El haber de retiro se constituye como un componente de las garantías constitucionales de la función jurisdiccional. De manera que no puede estar condicionado o limitado de forma alguna, en tanto forma parte de los atributos inherentes al ejercicio del cargo de magistrado para el correcto e independiente desempeño de esa función”, arguyó el ministro Eduardo Medina Mora, quien fue el encargado de elaborar el proyecto.

Ahora, el Congreso de Nuevo León está obligado a discutir y aprobar el esquema de haber de retiro que se otorgará a los 16 magistrados de la entidad.

Pensiones o haberes

Nuevo León se sumará a las entidades donde los magistrados reciben pensiones vitalicias o haberes de retiro después de terminar su periodo como servidores públicos.

En Oaxaca, por ejemplo, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia reciben una pensión del 100 por ciento de sus salarios y prestaciones de forma vitalicia. Y no solo eso: al fallecer, pueden heredar su pensión a la persona que sea señalada como beneficiaria, al cónyuge o concubino, a sus hijos “incapacitados” o a sus hijos menores de 18 años.

Para jubilarse, los magistrados de ese estado pueden hacerlo si cumplen una de tres características: tienen 15 años o más como magistrados y 63 años de edad; tienen 33 años de servicio en el Poder Judicial, 8 de ellos como magistrado; o fueron empleados del Gobierno del Estado por 25 años y 8 años de servicios como magistrado, y 63 años de edad.

En Zacatecas, los magistrados que hayan tenido 14 años de servicio reciben el 60 por ciento de su ingreso durante dos años; después, solo el 20 por ciento hasta su fallecimiento.

En Jalisco, los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia reciben el haber de retiro en una sola exhibición, que consiste en un año de salario integrado y el pago de 14 días por cada año de servicio como magistrado.

En esta entidad, la prestación del haber de retiro no se limita a los magistrados, sino que se aplica también a los jueces.

En Michoacán, los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia reciben el 100 por ciento del sueldo neto durante el primer año de retiro; 80 por ciento el segundo año; 60 por ciento el tercer año; 40 por ciento el cuarto; y 50 por ciento el quinto año.

En Baja California una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de febrero pasado establece que solo se dará un haber de retiro por dos años, del 100 por ciento de su salario, a los magistrados que hayan concluido su servicio de 6 o 12 años.

A nivel federal, la polémica más reciente ocurrió en el 2014, cuando el Congreso de la Unión propuso otorgar un haber de retiro a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quienes lo rechazaron después del escándalo que se desató.

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