Imponen pruebas de confianza a jueces de Jalisco; analizan presentar controversia

El Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco analiza presentar una controversia constitucional contra la reforma aprobada en Jalisco que obliga a jueces y magistrados a ser evaluados con pruebas de control de confianza
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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Luego de que el Congreso de Jalisco aprobara una reforma a la Constitución del Estado para evaluar a los jueces y magistrados con pruebas de control de confianza, y eliminar el haber de retiro previsto en las leyes locales, el Poder Judicial está analizando interponer una controversia constitucional para revertir esas medidas.

El presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, Ricardo Suro Esteves, confirmó que al interior del Poder Judicial del Estado no comparten ni que se les evalúe con las pruebas de control de confianza, como se hace con los policías, ni que se les cancele la prestación del haber de retiro que suele representarles a los ex magistrados bolsas por varios millones de pesos.

Señaló que así como secundan las medidas de la reforma para “mejorar los perfiles” de los magistrados, “hay otras donde no estamos de acuerdo como la eliminación del haber de retiro y los exámenes de control por la forma en que se está proponiendo la reforma”.

En caso de que la reforma aprobada por el Congreso del Estado sea validada por la mayoría de los 125 ayuntamientos de Jalisco, a los jueces y magistrados locales comenzaría a evaluárseles con pruebas de control de confianza que incluyen exámenes de toxicología; médico; psicométrico y psicológico; de análisis del  patrimonio y entorno social para prevenir algún tipo de enriquecimiento ilícito; e incluso poligráfico.

Según el magistrado presidente del Supremo Tribunal: “las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecieron que es ilegal el (examen de) polígrafo, que está plasmado en el texto de la reforma constitucional, entonces como garantes y como aplicadores de justicia tendremos que hacer un ejercicio de respetar la ley y los tratados internacionales”; así fue como justificó su renuencia a ese tipo de evaluaciones. 

Suro Esteves fue categórico al señalar que: “No coincidimos en los exámenes tal cual están especificados; al final tendrá que haber una decisión colegiada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (…) No somos renuentes a evaluarnos ni a rendir cuentas, no nos oponemos a ser evaluados, pero sí en la forma de cómo harán estas evaluaciones”.

Con respecto a las pruebas de confianza, el Congreso de Jalisco informó que: “Las valoraciones de control y confianza que se realizarán a los jueces y magistrados habrán de aplicarse cada cuatro años, señala el Artículo 61, mismas que deberán ser incluidas en su expediente laboral, que será de carácter reservado, a excepción de la evaluación patrimonial”.

“Los jueces de primera instancia, menores y de paz, será electos por el Consejo de la Judicatura por un periodo de cuatro años, al vencimiento del cual podrán ser reelectos previa acreditación de las evaluaciones de control de confianza”.

En la reforma aprobada este 12 de junio pasado también se modificó el método de selección de aspirantes a puestos de magistrados y jueces para que en la evaluación de sus perfiles se involucre el Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción, y para que se les apliquen entrevistas y exámenes teórico-prácticos. En la designación final deberá prevalecer el principio de paridad de género.

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