Impacto ambiental, punto ciego, vulnerable a corrupción

Los procesos que implementa el Gobierno federal para evaluar y vigilar el impacto ambiental que producen los nuevos proyectos presentan bajos niveles de participación ciudadana y transparencia, entre otras fallas
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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Los instrumentos y mecanismos que utiliza el Gobierno federal para evaluar y vigilar el impacto ambiental que generan los proyectos privados y gubernamentales, presentan múltiples deficiencias que afectan su efectividad y que los vuelven vulnerables ante los posibles actos de corrupción.

Así lo advierte la asociación Ethos Innovación en Políticas Públicas, en su informe titulado Riesgos de corrupción en proyectos con impacto ambiental, donde concluye que entre estas deficiencias deben mencionarse los bajos niveles de participación ciudadana y transparencia que se registran en estos procesos, así como las limitaciones de recursos humanos y presupuestales que presentan las dependencias que son responsables de implementarlos.

'México es un país rico en recursos naturales, sin embargo, las deficiencias regulatorias en el sector ambiental han facilitado su explotación desmesurada, causando graves daños ecológicos y sociales”
Riesgos de corrupción en proyectos con impacto ambientalEthos Innovación en Políticas Públicas

“Esta forma de aprovechamiento ambiental en la que se priorizan los intereses económicos sobre los sociales y ambientales no es sostenible, pues pone en riesgo la conservación de estos recursos y los beneficios que proveen, no solo para las futuras generaciones, sino también para las actuales”.

“Parte importante de esta problemática está relacionada con el desarrollo de proyectos con impacto ambiental, que son aquellas obras o actividades que pueden generar un desequilibrio ecológico, las cuales pueden desarrollarse en sectores como el industrial, inmobiliario, eléctrico, de hidrocarburos, entre otros. Dado los grandes intereses económicos que movilizan, así como la complejidad de los procesos de regulación relacionados, este tipo de obras son particularmente vulnerables a actos de corrupción”.

La investigación de la organización encontró, por ejemplo, que, en promedio, solamente una décima parte de las Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA) que deben presentar los promotores de los proyectos, pasaron por una consulta pública.

“La legislación ambiental también contempla que cualquier persona de la comunidad involucrada puede solicitar que se realice una consulta pública. Durante este ejercicio, se pueden proponer medidas de prevención, mitigación y observaciones al proyecto, mismas que deben ser tomadas en cuenta e incorporadas en la resolución de la MIA. Sin embargo, debido al desconocimiento y los plazos cortos que suelen manejarse, es poco factible que la ciudadanía utilice este recurso.

“Así, en promedio, sólo 12 por ciento de las MIA presentadas entre 2014 y 2020 pasaron por una consulta pública. Además, resalta la tendencia a la baja desde su punto más alto en 2018, en ese año 19 por ciento de las MIA contaron con una consulta; mientras que en 2020 fueron solo 5 por ciento”.

El informe contiene otro descubrimiento que confirma la opacidad que está rodeando a este tipo de procesos en el país.

”Como parte del proceso de consulta pública se puede solicitar también una reunión pública de información en la cual el promovente debe explicar los aspectos técnicos del proyecto, los posibles daños y las medidas de prevención y mitigación que propone. El porcentaje de MIA que han sido alimentadas con este tipo de ejercicios es ínfimo. Para el periodo 2014-2019, el porcentaje anual promedio de los proyectos que promovieron reuniones públicas no llegó ni a 1 por ciento”.

Como parte del proceso de consulta pública se puede solicitar también una reunión pública de información en la cual el promovente debe explicar los aspectos técnicos del proyecto

Por estos motivos, la organización concluye que con estos bajos niveles de participación ciudadana, la toma de decisiones sobre la aprobación de los proyectos con impacto ambiental queda a total discreción de las autoridades que, como se expone más adelante, tampoco cuentan con la capacidad para evaluarlos de la mejor forma.

Conflicto de interés en el impacto ambiental

Otro problema que fue destacado por la organización es que el diseño mismo del instrumento de las MIA, puede generar sistemáticamente un conflicto de interés, pues estos estudios son elaborados y financiados por los propios promotores de los proyectos, ya sean públicos o privados.

“Las MIA son elaboradas por consultorías u organizaciones contratadas por las empresas promoventes, lo que representa un claro riesgo para la objetividad de los resultados. Además, el proceso de evaluación de la MIA por parte de la SEMARNAT es meramente documental; no se contempla trabajo de campo para comprobar la veracidad de lo expuesto en la MIA. Por lo tanto, la precisión de lo presentado se sustenta en la declaración bajo protesta de decir la verdad de quienes realizan el estudio”.

No obstante, la gran mayoría de las MIA que fueron evaluadas en los últimos años, fueron validadas por la autoridad ambiental.

“En este contexto, las MIA pueden incurrir en imprecisiones, falsedades, minimizar o no contemplar daños, entre otras deficiencias, y aun así ser aprobadas (…). Esto se traduce en impactos socioambientales no previstos, que podrían no ser detectados ni sancionados. De 2014 a 2020, el porcentaje anual de proyectos aprobados era de 72 por ciento del total de proyectos evaluados.

“Aunque no es posible saber qué porcentaje de los proyectos aprobados presentan este tipo de deficiencias, dada la magnitud del impacto que uno solo de estos podría tener en el ambiente, la aprobación de PIA sin certeza de su impacto real es un grave riesgo para el medio ambiente“.

Debido a los bajos niveles de participación ciudadana, la toma de decisiones sobre la aprobación de los proyectos con impacto ambiental queda a total discreción de las autoridades

Vigilante empobrecido

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) es la institución responsable de supervisar el cumplimiento de las obligaciones ambientales que adquieren los promotores de los proyectos, sin embargo, esa dependencia se encuentra ahorcada presupuestalmente, por lo que sus capacidades para desarrollar esas tareas se han reducido en extremo.

“Sin embargo, esta capacidad operativa se ha visto comprometida por la constante reducción del presupuesto real de la PROFEPA. En los últimos dos sexenios su presupuesto real se redujo a la mitad, pues pasó de mil 513 millones de pesos en 2012 a 750 millones de pesos en 2022 (…). Esta situación afecta de forma transversal a las capacidades de seguimiento de los Programas de Vigilancia Ambiental, atención de denuncias y capacidad de sanción”.

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