El Gobierno Federal publicó hoy el decreto presidencial para sacar el servicio de carga del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM). Únicamente da 108 días hábiles a las empresas cargueras para mudarse a otro aeropuerto.
Previamente dichas empresas habían pedido a las autoridades la ampliación de 108 a 180 días hábiles como mínimo para una migración segura. Como vemos, esta petición no prosperó y se mantuvo el plazo originalmente establecido para realizar el traslado.
El decreto se publicó oficialmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Ahí se argumenta que el AICM está saturado tanto en el espacio aéreo como en la capacidad de los edificios terminales.
Les comparto este video en donde explico el estado actual de la Terminal 2 del @AICM_mx y los trabajos de rehabilitación que realizamos. Se prevé que en junio de este año finalicemos las obras y así ofrecer un mejor servicio a l@s 46 millones de usuari@s anuales de esta Terminal. pic.twitter.com/KfI1iX1G2Z
— Dra. Claudia Sheinbaum (@Claudiashein) January 24, 2023
Asimismo, las operaciones de carga afectan la capacidad de operación de la infraestructura terminal. Por ello, y a fin de salvaguardar la seguridad de las operaciones aéreas, la integridad de las operaciones aéreas, y la de las personas usuarias del AICM, es necesario trasladar la carga hacia la red aeroportuaria disponible en el país.
Publicación del decreto en el DOF
“DECRETO: Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga.
“Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez“.
En este contexto, el decreto entra en vigor al día siguiente de que es formalmente publicado en el Diario Oficial de la Federación.