La Fiscalía General de Oaxaca (FGEO) dio a conocer este miércoles que impugnará la decisión del juez José Gabriel Ramírez que absolvió a Juan Antonio Vera Carrizal, Rubicel Hernández y Rubén Loaeza del delito de tentativa de feminicidio contra de la saxofonista María Elena Ríos.
Mediante un comunicado, la dependencia consideró que la decisión del juez fue “insuficiente y vejatoria a los derechos de la víctima”, ya que se aportaron las pruebas necesarias para que los sujetos fueran juzgados por el ataque con ácido.
Debido a ello, la fiscalía argumentó que el juez José Ramírez desestimó de manera ilegítima estas evidencias logradas en la investigación y que la determinación “sienta un precedente de impunidad en la entidad”.
¿Qué le pasó a María Elena Ríos?
En septiembre de 2019, María Elena Ríos fue atacada con ácido, lo que produjo quemaduras en su rostro y gran parte de su cuerpo, y ha sido sometida a diferentes tratamientos médicos y quirúrgicos.
La saxofonista oaxaqueña fue víctima de un agresor contratado por su ex pareja, Juan Antonio Vera Carrizal. El ataque, que ocurrió en su casa en Oaxaca, le causó graves quemaduras en el rostro, el cuello y el torso, y tuvo un impacto devastador en su vida personal y profesional.
Ríos enfrentó numerosas cirugías y un largo proceso de rehabilitación, mientras luchó por recuperar su salud y su carrera. Sin embargo, en el camino utilizó su experiencia para abogar por los derechos de las mujeres y para sensibilizar sobre la violencia de género.
Su valentía y determinación convirtieron a María Elena en un símbolo de resistencia y en una llamada a la acción contra la impunidad en casos de violencia y agresiones.
Condena vulnera los derechos de María Elena Ríos
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca condenó la determinación del juez José Ramírez Montaño, mediante la cual, Juan Antonio “N” era señalado como autor del ataque, por lo que se encontraba preso y su hijo, Juan Antonio “N”, está prófugo de la justicia.
De acuerdo con la fiscalía se sustentó con documentación, el tipo de relación y complicidad de los actores, pero dichas pruebas fueron desestimadas ilegítimamente por el juez Ramírez Montaño.
La fiscalía también usó tecnologías de inteligencia criminal, tales como el análisis de las sábanas de llamadas, que permitió establecer que la llamada hecha por los autores materiales a la víctima, que se realizó desde el teléfono de Rubén “N”, a través de la cual se pactó una cita con Ponciano “N” (fallecido) y Rubicel “N”, supuestamente para solicitar un servicio profesional, pero ocuparon ese pretexto para agredir a María Elena.
Además fueron captados en video al momento de ingresar y de salir del domicilio de la víctima, el 9 de septiembre de 2019, justo cuando ocurrió el ataque con ácido sulfúrico.
La dependencia logró establecer que existieron llamadas telefónicas y reuniones entre Rubén y Juan Antonio, en lo que se llama “momento crítico”, comprendido entre el 6 y el 9 de septiembre de 2019, periodo en el que se planea y ejecuta la agresión.
Fiscalía considera que juez no legitimó las pruebas
No obstante de las pruebas presentadas, las declaraciones, los cientos de fojas de investigación que integraron la carpeta, el juez Ramírez, emitió una sentencia absolutoria contra los acusados, lo que deja en evidencia que el proceso legal careció de perspectiva de género por parte del Tribunal de Enjuiciamiento, pues incluso, se desestimaron pruebas médicas certificadas que demuestran que la vida de la víctima estuvo en riesgo por las heridas ocasionadas por la abrasión sufrida por el ácido sulfúrico.
Ante este panorama, la fiscalía anunció que presentará un recurso de apelación en contra de la determinación del juez para buscar las vías legales por las cuales, la víctima tenga acceso pleno a la justicia y la reparación del daño, toda vez que la FGEO continuará otorgando acompañamiento integral a Ríos.