Feministas presentan una propuesta de reforma en materia de órdenes de protección

La iniciativa se construyó con la participación de 22 organizaciones de 10 estados del país que, a través de mesas de trabajo con poderes judiciales, acordaron criterios para dictar órdenes de protección basados en las necesidades de justicia de las mujeres
Fernando Gallardo Fernando Gallardo Publicado el
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Diversas organizaciones feministas de la sociedad civil, encabezadas por Equis: Justicia para las Mujeres, presentaron en conferencia de prensa, una nueva iniciativa ciudadana de reforma en materia de órdenes de protección.

La propuesta tiene por objeto realizar la modificación del esquema regulatorio de las órdenes de protección en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada el 18 de marzo de 2021 y otorgar mayores garantías de protección conforme a las necesidades particulares de las mujeres y niñas.

En la conferencia, Deyanira López de Ixmucane A.C. expuso qué la iniciativa se construyó con la participación de 22 organizaciones de 10 estados del país que, a través de mesas de trabajo con poderes judiciales, acordaron criterios para dictar órdenes de protección basados en las necesidades de justicia de las mujeres.

Durante la prestación, se trataron cinco puntos destacables de propuesta. En primer lugar se solicita reconocer a las órdenes de protección cómo principales, autónomas y complementarias a otros mecanismos, es decir, considerarlas como un derecho humano de todas las mujeres y niñas, sin estar sujeto a la presentación de una denuncia, querella o demanda.

También busca reconocer la autonomía, voluntad y capacidad jurídica de las mujeres y niñas, a través de la obligación expresa de compartir información sobre las órdenes de protección en un idioma y formato pertinente para las mujeres y niñas indígenas, con discapacidad o en situación de movilidad.

Rebecca Casanova de Fundación para la Equidad destacó la importancia de incorporar el estándar del “posible riesgo”, para dictar una orden de protección, es decir actuar cuando haya indicios de que la mujer o niña podría encontrarse en peligro y no esperar a que la vida de las víctimas este comprometida.

Además de facultar a los jueces calificadores de paz municipales y a las autoridades de los pueblos o comunidades indígenas para emitir órdenes de protección, al tratarse de las autoridades más cercanas a las mujeres.

También resaltó la necesidad de incorporar la figura de las órdenes de protección definitivas, para aquellos casos en los que la violencia se ha manifestado por un periodo prolongado de tiempo y por lo tanto, las mujeres o niñas requieren protección a largo plazo.

Las feministas recalcaron la necesidad de trabajar bajo el “principio de buena fe”, es decir, creer en las mujeres como primera instancia, sin revictimizar o minimizar las denuncias de violencia; trabajar con el agresor con el objetivo de reeducar a partir de una perspectiva feminista y de priorizar la seguridad de las mujeres y sus hijos en casos de violencia doméstica, asegurando el desalojo del agresor sin importar el titulo de propiedad de la vivienda que habiten.

Con esta propuesta de reforma, las mujeres pretenden establecer cuatro directrices para que las autoridades evalúen el riesgo de forma integral, considerando el contexto de cada mujer o niña, sus necesidades específicas, los factores que pudieran incrementar su vulnerabilidad, así como las características del generador de violencia que podrían aumentar el peligro que este representa.

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