Falta de pago no provocará corte de agua; pero sí baja de suministro: Congreso de la CDMX

En México, el derecho humano al agua es reconocido en el párrafo sexto del artículo 4 de la Constitución federal
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
Comparte esta nota

Cortar el suministro de agua en los domicilios de uso doméstico y mixto ante la falta de pago no será una solución para alentar la responsabilidad de los ciudadanos, consideró el Congreso de la Ciudad de México.

Por medio de la Comisión de Hacienda aprobó reformas al Código Fiscal capitalino para que el corte total de suministro de agua no sea una sanción para los habitantes que no cumplan con su pago.

Sin embargo, la modificación que se hizo al párrafo tercero del Artículo 177 del Código Fiscal local establece que solo se reducirá el suministro a 50 litros diarios por habitante del inmueble.

Lo anterior, sólo aplicará en caso de que no se llegue a un convenio de pago de parcialidades a los contribuyentes deudores o de crédito fiscal, de acuerdo con el Congreso.

Por su parte, la presidenta de la Comisión y promovente de la iniciativa, Valentina Batres, señaló que en ese punto se procederá a la restricción, siempre y cuando se garantice el consumo básico humano diario de las personas que habitan el inmueble del que se trate.

Recordó que en México, el derecho humano al agua es reconocido en el párrafo sexto del artículo 4 de la Constitución federal, sin embargo, dicho ordenamiento suele conllevar ciertas objeciones para su debida implementación.

Por último, afirmó que en la reforma a la regulación de los pagos también cabe lugar para crear un criterio mínimo de consumo que no impida el acceso al agua por imposibilidad de pago.

Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil