En los últimos cinco años, los feminicidios se han duplicado en el país, pese a la existencia de acciones gubernamentales como las declaratorias de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM).
Los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) revelan que en 2015 se registraron 412 presuntos delitos de feminicidios; mientras que para el 2020 fueron 948, es decir, se incrementaron más del 100 por ciento en este periodo.
La situación no es mejor en este año. Tan solo en lo que va del primer semestre del 2021 han sido asesinadas por razón de género 495 mujeres, la mayoría en el Estado de México (66), Jalisco (43), Veracruz (33), Ciudad de México (31) y Chiapas (28).
Aunque en la última década se han implementado diversos esfuerzos para contener la violencia de género, un informe especial de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) sobre la situación de la erradicación de la violencia contra las mujeres señala que existieron deficiencias en estas acciones motivadas por la falta de coordinación entre las instituciones que deben colaborar para su realización.
El documento agrega que hasta el año 2019 no había sistemas de información confiables, completos y actualizados sobre los casos de violencia contra las mujeres que permitan generar información sobre la incidencia de la violencia, principalmente, por la falta de armonización legislativa y falta de voluntad política por parte de las entidades federativas y las instituciones del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM).
Mecanismo fallido contra feminicidios
Las declaratorias de AVGM se encuentran entre las medidas adoptadas por el Estado para erradicar la violencia contra las mujeres. La ley las define como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.
Del 2010 al 2019 se activaron 20 declaratorias en 18 entidades del país. Sin embargo, en ese periodo se ingresaron un total de 55 solicitudes, de las que hasta marzo de 2020, ocho estaban en trámite, 10 no fueron admitidas y 11 fueron improcedentes, señala la investigación realizada a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) de la Secretaría de Gobernación (Segob).
La primera fue decretada el 31 de julio de 2015 en 11 municipios del Estado de México por violencia feminicida, aunque la entidad recibió una segunda en 2019 por desaparición de mujeres. Veracruz es el otro estado que tiene doble declaratoria: una por violencia feminicida y otra por agravio comparado.
De acuerdo con el informe, una vez que se decreta la AVGM, los estados deberán realizar medidas de seguridad, de prevención y de justicia para garantizar los derechos de las mujeres en sus territorios.
Acciones pasivas
El informe especial de la ASF señala once puntos que evidencian las fallas en las acciones para contener la violencia feminicida en el periodo 2010-2019.
El primero es que durante ese tiempo no fue una prioridad para la Comisión de Erradicación, presidida por la CONAVIM, la elaboración de un modelo de erradicación, ya que a 12 años de la publicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) no se contó con el documento, y no existió una pauta sobre las actividades que establece la ley al respecto y sobre su reglamento.
Otro de los puntos señalados es que del 2010 al 2019, la CONAVIM no diseñó ni implementó programas de medidas reeducativas dirigidas a los agresores, en coordinación con el Comisionado Nacional de Seguridad y la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana.
El tercero es la falta de un programa de medidas reeducativas para agresores, conformado entre la CONAVIM y las instituciones de seguridad pública, lo que tuvo como consecuencia que no se consolidara el Sistema de Monitoreo del Comportamiento Violento de los Individuos y la Sociedad. “Lo que implicó que, a 2019, se desconoció si las acciones gubernamentales estuvieron permitiendo erradicar las conductas violentas contra las mujeres”, se lee.
El documento también señala que, aunque en 2014 el INMUJERES elaboró un diagnóstico para identificar los preceptos que transgreden los derechos y las libertades fundamentales para las mujeres, con el que propusieron agendas legislativas en materia civil y penal a los gobernadores y Congresos estatales, no se tuvo el impacto esperado.
Un ejemplo es la tipificación del delito de feminicidios, ya que, si bien las 32 entidades federativas consideraron en sus códigos penales este delito, el Instituto sugirió una reparación integral del daño y sanciones a los servidores públicos que entorpecieran las investigaciones, pero solo 5 por ciento señaló en el tipo penal lo relativo a la reparación y el 53.1 por ciento consideró la sanción a los servidores públicos.