Por esta razón, la Corte no declaró inconstitucionales las corridas de toros

La SCJN desechó el amparo sobre las corridas de toros, debido a que la empresa que promovió el amparo desistió.
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Todo parecía indicar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizaría este miércoles declarar constitucional la prohibición de las corridas de toros a nivel nacional. Sin embargo, por el momento, la fiesta brava no será prohibida en el país.

La Segunda Sala del Alto Tribunal pretendía analizar la propuesta realizada por el ministro Fernando Franco González Salas, en la que se proponía elevar a nivel constitucional la Ley de Protección y Trato digno a los animales de Coahuila, que prohíbe las corridas de toros en dicho estado.

El proyecto de prohibición del ministro Fernando Franco tenía lugar, después de que la empresa Promociones y Espectáculos Zapaliname promoviera un juicio de amparo contra la Ley de Protección y Trato digno a los animales de Coahuila.

La empresa de espectáculos argumentaba que la ley violentaba su derecho a la libertad de trabajo y que el gobierno de Coahuila pretendía aplicar la ley retroactivamente en su perjuicio.

Sin embargo, al percatarse que la SCJN podría elevar a nivel nacional la Ley de Protección de Animales de Coahuila decidieron, en lugar de permitirles a ellos realizar corridas de toros en la entidad, decidieron desistir del recurso legal que habían solicitado.

Ante tal decisión, la Suprema Corte no pudo poner a votación el proyecto del ministro Fernando Franco, ni emitir un criterio aplicable a todo el territorio nacional.

La Propuesta del ministro Fernando Franco que no pudo ser analizadadice lo siguiente:

“…es menester recordar que la juzgadora federal (en primera instancia) determinó que era válida la prohibición de las corridas de toros debido al interés general de la sociedad de que se respetara el derecho humano a un medio ambiente sano, en relación con la protección y preservación de las especies animales.

“…En primer lugar, debe recordarse que en el caso se analiza la reforma a la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales para el Estado de Coahuila de Zaragoza, publicada el 25 de agosto de 2015 en el Periódico Oficial del Gobierno de dicho Estado, mediante la cual se prohibieron las corridas de toros en dicha entidad federativa, cuyo objetivo primordial consistió en: fomentar una cultura que permita la preservación y protección de todas las especies animales, en relación con el derecho al medio ambiente sano, además de que se pretende evitar la transmisión de valores negativos a la sociedad mediante actos que contengan violencia y maltrato animal”.

¿Qué dice la Ley en Coahuila?

La Ley de Protección y Trato digno a los animales para el Estado de Coahuila prohíbe en su capítulo segundo, artículo 20, las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y los rejoneos. Así como el entrenamiento de animales para su utilización en espectáculos, y tientas.

Se esperaba que esta Ley fuera aplicable a nivel nacional este miércoles. No obstante la propuesta no pudo ser discutida.

Incluso, varios personajes del espectáculos solicitaron a través de redes sociales que la SCJN declarará anticonstitucionales las corridas de toros.

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