Elecciones con opacidad

En pleno proceso electoral, la nueva Ley de Información Pública de Jalisco cierra las puertas a ciudadanos y periodistas y los amenaza con sanciones penales.

En un estado en el que se aprobó y entró en vigor la primera legislación de transparencia en el país en 2002, ahora se amaga con cárcel a la ciudadanía si revela información sobre la toma de decisiones públicas.

Este retroceso en transparencia tiene a académicos, juristas y líderes empresariales impugnando la nueva norma por su inconstitucionalidad.

Paloma Robles Paloma Robles Publicado el
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En pleno proceso electoral, la nueva Ley de Información Pública de Jalisco cierra las puertas a ciudadanos y periodistas y los amenaza con sanciones penales.

En un estado en el que se aprobó y entró en vigor la primera legislación de transparencia en el país en 2002, ahora se amaga con cárcel a la ciudadanía si revela información sobre la toma de decisiones públicas.

Este retroceso en transparencia tiene a académicos, juristas y líderes empresariales impugnando la nueva norma por su inconstitucionalidad.

El académico José Bautista Farías miembro del colectivo Ciudadanos por Municipios Transparentes (Cimtra) exigió junto con otros organismos la suspensión y revisión de esta Ley.

A la fecha esta agrupación de organizaciones civiles no ha obtenido respuesta.

El gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, intervino para su aprobación condicionándola a recursos económicos que necesitaba el Congreso local.

En un proceso de gestión deshonesto, esta ley entró en vigor en abril, luego del arranque oficial de las campañas.

La legislación fue impulsada por el Congreso de Jalisco sin consultar al Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI).

Y es que con  el aumento del presupuesto y atribuciones del ITEI,  hay quien dice que muy seguramente del Congreso saldrán futuros funcionarios de dicho instituto.

Porque esta normativa otorga recursos y poder a un organismo cuestionado por varios sectores de la ciudadanía jalisciense por obedecer a intereses políticos.

Por otro lado, especialistas en el tema señalan que es un exceso de los gobiernos locales usar como pretexto la veda electoral para ocultar información fundamental.

Al final se trata de un balance negativo para una ciudadanía ávida de información pues a pesar de todo han pasado de menos de 500 solicitudes de información a más de 24 mil en 5 años.

Y es que la nueva legislación dificulta el ejercicio de su derecho a la información para acceder no solo las cuentas públicas, sino a los propios procesos deliberativos de las instituciones del Estado.

Pareciera que la clase política y los funcionarios públicos tienen mucho que esconder en estos comicios.

Por eso ahora el ITEI imparte talleres a los periodistas para que sepan qué sí publicar y qué no.

Porque ahora los comunicadores van a tener que pedir autorización para difundir información clasificada, sino van hacerse acreedores a sanciones de 100 hasta mil días de salarios mínimos.

Un serio atentado a la libertad de expresión en medio de un proceso electoral en el que por lo visto, hay mucho que ocultar.

La ilegalidad de la Ley

De la mano de un jurista, Reporte Indigo explica paso a paso por qué la Ley de Información Pública de Jalisco viola leyes federales, acuerdos internacionales, así como garantías individuales fundamentales.

En 10 conclusiones…

1.- La ley es demasiado intrincada, no cumple con su objetivo fundamental que es transparentar, es confusa.

2.- Desatiende un valor fundamental que se contenía en la Ley anterior en el que se expresaba de una forma muy sencilla y objetiva, que todos los servidores públicos son sujetos obligados.

Ahora la Ley hace un listado de sujetos obligados de los órdenes de gobierno y eso es limitativo.

La nueva Ley incluye a particulares que reciben dinero público, pero no define quiénes son las personas físicas, si se refiere particulares, entes públicos, privados o periodistas pues habla de personas que manejen o tengan en su poder información pública.

3.- Restringe el derecho de la ciudadanía a la rendición de cuentas por qué no habla de transparencia, su titulo ya no es “Ley de Transparencia e Información Pública” sino “Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.”.

4.- La Ley no está acorde a los compromisos internacionales asumidos por el estado mexicano como La Declaración Universal de los Derecho Humanos, La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

5.- La Ley toma como derecho a la información el contenido de otras leyes, eso no es información pública, no va a la esencia del derecho que es la transparencia de las decisiones del Estado.

6.- Existen contradicciones en el procedimiento de acceso a la información, se permite solicitud vía Internet y por otro lado se habla de un lugar de presentación de la solicitud.

No regula el tema de Internet pues dice que debe presentarse de manera directa ante la oficina.

Anula la posibilidad de las vía electrónicas.

Un ejemplo está la Fracción 3 del Artículo 67, La Ley indica que si tú no señalas el domicilio de notificación el sujeto queda libre de cualquier responsabilidad en la entrega de la misma.

Sugiere que las páginas de Internet de las unidades de transparencia deban funcionar como un estrado digital, donde se publiquen solo las resoluciones oficiales.

7.- Algo positivo.

La fracción 11 del Artículo 23 pone como sujetos obligados a todas las personas físicas y morales que reciben dinero: empresas, Organizaciones No Gubernamentales, etc. No deja margen a respuestas negativas de información sobre contratos y compras.

8.- El ITEI se convierte en un ente clasificador de información y sancionador, motivo por el cual cabe la posibilidad de que existan incentivos de tipo económico que rijan en las decisiones del organismo.

Por un lado, la nueva ley amplía la defensa a los sujetos obligados que se niegan a entregar información.

El sujeto obligado puede tramitar un recurso ante el Tribunal Administrativo del Estado para confrontar cualquier sanción que imponga el ITEI.

Ahora el sujeto obligado puede pedirle al ITEI que clasifique como confidencial alguna información pero los criterios de clasificación no están en el reglamento.

La Ley de información acuña el concepto de denuncia por falta de transparencia, por lo que el ciudadano hará el trabajo que corresponde al ITEI, fiscalizar a los sujetos públicos.

9.- Las recomendaciones del ITEI no tienen fuerza vinculante, es decir, el ITEI no tiene dientes para sancionar a los sujetos obligados: cualquier criterio es una simple recomendación pues la decisión no es coactiva.

Además no hay relación directa causa-efecto entre las atribuciones del ITEI frente a la infracción de las obligaciones de los sujetos obligados.

10.- Ahora sólo se aplicarán multas o amonestaciones públicas, antes la falta de cumplimiento a la Ley era sancionada administrativamente a través de Ley de Responsabilidad de Servidores Públicos que permitía la destitución o inhabilitación del funcionario.

Las multas también serán para las personas físicas que manejen o tengan en su poder información pública.

Los periodistas van a tener que pedir autorización para difundir información clasificada, sino van hacerse acreedores a sanciones de hasta 100 a mil días de salarios mínimos.

Opacidad en elecciones, historia común

El manejo a modo del derecho a la información pública en tiempos electorales no es nuevo en Jalisco.

En 2009 la designación del nuevo titular del Instituto de Transparencia e Información Pública (ITEI), Jorge Gutiérrez Reynaga causó polémica en la opinión pública pues la Legislatura pasada concedió el cargo en medio de una serie de interrogantes.

El procedimiento tuvo un manejo sucio, los diputados privilegiaron el perfil de Gutiérrez Reynaga cuyo único mérito en la materia era un premio de ensayo sobre transparencia.

La maniobra se observó como una venganza por parte de los legisladores en contra del ex presidente del ITEI, Augusto Valencia López -hoy candidato a la alcaldía de Zapopan por el partido Movimiento Ciudadano- que buscaba reelegirse.

Durante su mandato, Valencia López tuvo numerosas confrontaciones con el Congreso y éste a su vez se negaba a informar sobre las partidas secretas (8 mil para ser exactos) que entre bancadas se repartían.

El Congreso utilizó el presupuesto del ITEI como mordaza para la operación del mismo.

La cancelación del derecho a la información se ha premiado con más recursos.

En las elecciones pasadas, con el cambio de titular del ITEI, los recursos anuales aumentaron de 15 millones 200 mil pesos en 2009 a 19 millones, 532 mil pesos en 2010.

Tras la aprobación de la nueva Ley de Información Pública el presupuesto de 2012 del ITEI se incrementó más del 100 por ciento quedando en 40 millones, 721 mil 900 pesos.

Un sucio proceso de aprobación

Cimtra señala que la nueva legislación retira derechos adquiridos, también critica que los sujetos obligados se están escudando en la veda electoral para no publicar toda su información.

Despierta dudas el proceso de como se aprobó esta Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Porque se hizo en diciembre del año pasado, en una sesión en la que no era un tema en la agenda y sin discutirla ni analizarla.

En medio de una situación financiera crítica del Congreso local, Emilio González Márquez ofreció 200 millones de pesos para cubrir estas necesidades financieras.

Pero a cambio pidió que se aprobara la nueva ley, según dijo Bautista Farías.

El 12 de diciembre el ITEI convocó a organizaciones y ciudadanos para analizar los cambios de esta nueva ley y se acordó hacerle llegar al gobernador una petición formal para que no la publicara.

El 22 de diciembre se publicó la ley sin atender a esta demanda.

El 1 de abril entró en vigor a pesar de su carácter retrógrada y anticonstitucional.

Ni el propio titular del ITEI Jorge Gutiérrez Reynaga fue notificado con antelación sobre su aprobación.

En el Congreso de Jalisco ya se había intentado reformar la anterior ley en 17 ocasiones, por parte de todos los partidos políticos y de varios diputados, lo que deja ver que era una ley que se buscaba modificar o derogar a como diera lugar.

Retroceso en transparencia

Entre 2002 y 2006 todos los estados del país aprobaron leyes de acceso a la información, sin embargo, del 2006 a la fecha se han dado una serie de reformas preocupantes.

Casos como el de Jalisco en donde su norma que fue la primera en México, demuestran que se está retrocediendo en transparencia y acceso a la información como derecho fundamental.

Es lo que señala José Bautista Farías miembro del colectivo Ciudadanos por Municipios Transparentes (CIMTRA).

“A la clase política y a los funcionarios públicos, les molesta el tema de la transparencia y más el tema de la rendición de cuentas. No están acostumbrados a colocar información”.

“Todavía ciertos funcionarios y políticos, consideran que la información es patrimonio de ellos, cuando sabemos que la información que se genera en instancias gubernamentales es pública”.

Con el pretexto de la veda electoral los gobiernos han optado por ocultar información.

Para Bautista Farías esto puede calificarse como un exceso porque los gobiernos se escudan en la ley -quizás con dolo- para ocultar información sobre programas sociales y sus recursos.

“Lo que no se dieron cuenta los diputados es que ese derecho a acceder a tal información está en el Artículo 9 de la Constitución de Jalisco, por eso nosotros afirmamos que esta nueva ley es anticonstitucional”, agrega Bautista Farías.

ITEI y sus consejeros

En 2010, CIMTRA, AMEDI, CESJAL, la Academia Jalisciense de Derecho a la Información, Profesionales por la Ética y otras organizaciones, entregaron al Congreso local propuestas sobre qué se podría modificar de la ley y qué debía mantenerse Uno de los puntos que se solicitó fue que no reformaran la ley sin hacer una consulta abierta a los ciudadanos y a los expertos en la materia.

El 2 de mayo de 2012 venció el plazo para que el Congreso de Jalisco emitiera una convocatoria para renovar a los consejeros.

“Lo que tememos es que ya exista un acuerdo para reelegir a los que están, si lo hacen estarían violando la ley, porque no convocaron públicamente”.

“Se tiene que cumplir que las personas que ocupen estos cargos, conozcan de la materia”, indicó el académico del ITESO.

Por otro lado, Bautista Farías menciona que le parece saludable que no modificaran la naturaleza jurídica del ITEI, pues se mantiene como un órgano autónomo.

El ITEI, no está muy bien visto por parte de las organizaciones de la sociedad civil, por la forma en que han sido electos sus consejeros titulares, principalmente Jorge Gutiérrez Reynaga.

Sanciones y puertas cerradas

La reciente Ley de Información Pública del Estado de Jalisco aumenta las conductas que pueden sancionarse penalmente y amplía el número de los sujetos responsables penalmente.

Y el problema es que justamente incluye también al ciudadano entre los posibles sancionados.

En el caso de denuncias ciudadanas sobre posibles actos de corrupción, éstos se catalogan como información reservada porque forman parte de un proceso deliberativo y de toma de decisiones.

Se señala en el Artículo 106 de esta legislación que el ciudadano que tenga acceso a información confidencial y lo haga público, puede ser sancionado.

“Nos parece que es inadmisible eso porque era un derecho que ya teníamos en la anterior ley y se está violando el principio de progresividad de las leyes: no puedes ir en contra de un derecho que ya estaba adquirido”.

También se eliminó el principio de apertura de los órganos públicos.

“Se está ocultando información que es importante para el ciudadano, la vida democrática y la conservación del estado de derecho”.

Las instituciones del gobierno deben estar abiertas al ciudadano de manera permanente, por ellos no es es justificable que todo el proceso de deliberación se clasifique como información reservada.

Salidas jurídicas

Especialistas en temas de transparencia refieren que como ciudadanos estamos obligados a agotar el procedimiento que marca la Ley, aún cuando no se especifique si este puede ser electrónico o no.

Pero en caso de que la información no sea entregada y el ITEI determine que el sujeto obligado incumplió, el ciudadano puede recurrir a un amparo, también la autoridad.

La reforma constitucional del Artículo Primero en la que se determinó que los derechos internacionales son parte del catalogo de derechos internos permite que el derecho a la transparencia e información pública pueda ser protegido por la federación y por instancias internacionales El ciudadano puede apelar a la Declaración Universal de los Derechos humanos, específicamente al Artículo 19:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

También los ciudadanos Jaliscienses pueden defenderse con la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos en su Artículo 13 que habla sobre el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.

Este derecho comprende la “libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

La convención detalla que “el derecho a la libertad de expresión no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores como el respeto a los derechos o a la reputación de los demás y la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas”.

Otro elemento jurídico es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que define en su Artículo 19 fracción segunda que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión.

El ciudadano puede también acudir a las instancias internacionales alegando el derecho humano de acceder a la mejora regulatoria, que simplifica y agiliza la aplicación de la Ley.

 

SOLICITUDES DE TRANSPARENCIA DESDE LA CREACIÓN DE LA LEY
AÑO NÚMERO SOLICITUDES
2011 (junio) 19,289
2010 24,364
2009 16,294
2008 13,732
2007 6,657
2006 3,704
2005 421

 

Transparencia: un monstruo burocrático

Para el asesor en transparencia del Centro Económico y Social de Jalisco (CESJAL) Óscar Constantino Gutiérrez, el modelo de acceso a la información que se utiliza en el estado es del siglo 19.

Un modelo al que cataloga “de abarrotero” ya que el ciudadano tiene que pedir de manera expresa y por escrito (aunque sea digital) lo requerido, cuando la información debería ser de libre acceso, “de autoservicio”.

Jalisco se caracterizó por ser pionero en materia de transparencia.

Los diversos entes aplicaron presupuestos, trabajo y tiempo en realizar reglamento, protocolos de manejo de información y sitios electrónicos que ahora deberán ser cambiados.

Todo a costa del erario y sin resolver el problema fundamental, mejorar las condiciones del acceso a la información.

Además el ITEI se convierte en un ente sancionador que impondrá amonestaciones y multas que tendrán incidencia en su presupuesto y patrimonio.

Con lo anterior se modifica el objetivo de la creación del organismo: garantizar la transparencia de la información pública.

Constantino Gutiérrez determina que puede existir la tentación de utilizar esta atribución sancionadora como mecanismo de coacción con tintes políticos y con retribución económica.

Y es que la Ley impone penalizaciones que se adicionan a lo establecido en el Código Penal.

Con estas sanciones se castiga a particulares por difusión de información confidencial con una pena que va de 1 a 5 años de prisión.

El especialista explica que el gobernador de Jalisco Emilio González Márquez ha tratado de enmendar este apartado para  revertir esta penalización, pero los cambios no han sido aprobados por el Congreso.

Sin embargo, el abogado de CESJAL manifiesta que la intención del ejecutivo de modificar la Ley sólo “lima la punta de iceberg; el monstruo ahí sigue”.

La Ley y su reforma dejan suelta la protección de los informantes, el comunicador se protege, no obstante se blinda la posibilidad de que alguien al interior del aparato burocrático informe a la opinión pública.

Constantino Gutiérrez ilustra que en países como Estados Unidos “los soplones” reciben recompensa sobre los montos recuperados, tratándose de una transacción económica.

La sanción para los informantes en Jalisco sigue siendo de cárcel.

El entrevistado concluye que la forma de combatir la Ley es a través de instancias internaciones.

Aunque la forma más certera es derogarla, para ello prevé que es necesaria mucha voluntad política del nuevo titular que llegue a la gubernatura.

 

PRESUPUESTO ITEI
AÑO PRESUPUESTO
2012 40,721,900
2011 19,532,300
2010 19,532,300
2009 15,282,000
2008 15,282,000
2007 14,040,000

 

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