La Fiscalía General de Justicia, a cargo de Gustavo Adolfo Guerrero, tiene la obligación de investigar las irregularidades de la muerte de Ángel, el adolescente de 14 años que falleció en el albergue Fabriles del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Nuevo León.
El informe de la Comisión Especial para que se investiguen los casos que se han presentado de maltrato infantil en la casa del DIF Fabriles del Sistema Estatal del Desarrollo de la Familia (DIF) evidencia que el director de esta institución, Miguel Ángel Sánchez Rivera, no logró sustentar la razón de la cremación y la autopsia a Ángel con pruebas documentales.
“El único documento mostrado fue el acta de defunción, el cual se expidió por un médico externo”, dice el informe de la diputada de Morena Jessica Martínez, al que Reporte Índigo tuvo acceso.
Para que el acta de defunción tenga sustento legal, debió ser expedido por el último doctor que lo trató de una enfermedad, más no por un médico externo.
“El procedimiento para obtener el Certificado de Defunción o de Muerte Fetal consiste en solicitarlo con el médico que atendió al occiso durante su última enfermedad”, dice la Secretaría de Salud.
Este requisito no fue justificado tanto por el director como por los funcionarios de Fabriles, quienes aseguraron a la legisladora que tres días antes de morir, el menor presentó múltiples episodios de vómito, así como síntomas gastrointestinales y fiebre.
El último doctor que atendió estos síntomas debió expedir el certificado de defunción para descartar o confirmar que no falleció a consecuencia de estos episodios.
Con las inconsistencias médicas establecidas en el informe, la Fiscalía tiene elementos suficientes para procesar a los servidores públicos de Fabriles bajo el artículo 348 de la Ley General de Salud.
Este artículo establece que para realizar la cremación, en primera instancia debió existir la autorización del Registro Civil estatal, así como de la Fiscalía General de Justicia estatal o del Poder Judicial local.
“La cremación o desintegración de cadáveres sólo podrá realizarse con la autorización del oficial del Registro Civil que corresponda, quien exigirá la presentación del certificado de defunción.
“Los cadáveres deberán inhumarse, cremarse, desintegrarse, embalsamarse y/o conservarse dentro de las 48 horas siguientes a la muerte, salvo autorización específica de la autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, o de la autoridad judicial”, dice la ley.
Es decir, la Fiscalía debió aprobar la cremación posterior a la investigación. Audios de testigos del DIF Fabriles revelan que Ángel Manuel fue asesinado a golpes por otros jóvenes y por un doctor.
Versión del DIF sobre muerte de Ángel sin sustento
El informe de la Comisión Especial para que se investiguen los casos que se han presentado de maltrato infantil en la casa del DIF Fabriles del Sistema Estatal del Desarrollo de la Familia (DIF) revela que el director del DIFNL, Miguel Ángel Sánchez Rivera, no logró sustentar la versión oral de una muerte natural de Ángel.
“No se logró verificar la versión de los hechos narrados de forma oral por las y los funcionarios respecto a la serie cronológica que habían hecho de la muerte del menor, debido a que no se encontró físicamente parte de la documentación”, exhibe.
Asimismo, tampoco hay información completa sobre el expediente médico y el tratamiento que llevaba el adolescente.
“El expediente médico estaba incompleto, destacando el faltante del registro del tratamiento que se le había dado al menor en los últimos tres días anteriores a su fallecimiento”, dice el informe legislativo.
La diputada de Morena Jessica Martínez, quien preside la Comisión Especial, solicitó una relación diaria de las entradas y salidas de medicamentos, documento que no fue proporcionado porque no lo tenían.
“Mostrando sólo un inventario de dos hojas de máquina de lo existente, la cual no incluía movimientos diarios. Tampoco existía en el lugar la relación diaria de entrada y salida de medicamentos controlados.
“Las y los funcionarios prosiguieron a buscar en carpetas, pero concluyeron que las hojas semanales que conforman esa bitácora de medicamentos controlados se habían enviado al DIF Capullos”, dice el informe.
La diputada agrega en su documento que no fue mostrada la prueba documental de la visita del servicio de ambulancias privadas, que habían sido citadas por el doctor presente en la visita de la Comisión.