El Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX) se alista para reiniciar labores de manera digital el 30 de junio, después de tres meses de suspensión parcial de actividades por la pandemia de Covid-19.
Especialistas dicen que este salto tecnológico se debe a las condiciones sanitarias y a que las labores judiciales no pueden seguir detenidas.
Desde el 18 de marzo pasado, cuando inició la fase 1 de la contingencia sanitaria, el PJCDMX decretó la suspensión de labores y de plazos procesales a través del acuerdo 05-27/2020.
A los órganos jurisdiccionales en materia penal; a jueces y juezas del sistema penal, y de justicia para adolescentes; y a la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso se les ordenó definir guardias y adoptar las medidas para evitar contagios.
El próximo 30 de junio se retomarán actividades, pero con audiencias por videoconferencia o videollamada, mismo medio por el que se realizarán las convivencias del Centro de Convivencia Familiar, informó el Poder Judicial el 11 de junio.
De cara a esta nueva etapa, especialistas consideran que los impartidores de justicia tienen cuatro retos: la publicidad de las audiencias; el acceso a las tecnologías para los involucrados en los procesos, comunicación efectiva entre los actores de los juicios; y crear el respaldo jurídico que de legalidad al trabajo remoto.
Si estos aspectos no se cumplen, el Poder Judicial seguirá cometiendo irregularidades o fallas procesales que afectan a las víctimas del delito, advierten.
El estudio Hallazgos 2018 de México Evalúa indica que las fallas procesales, tienen a la capital en un índice de 94 por ciento de impunidad a nivel judicial.
El principio de publicidad
María Novoa, especialista en justicia y el sistema penal acusatorio, asegura que el PJCDMX debe encontrar mecanismos para que las audiencias sean públicas y transparentes, como lo mandata la ley.
“Me parece que por medios digitales los que entran en la audiencia son los roles importantes nada más, el juez, el ministerio público, el defensor del procesado y de la víctima (…) se restringe la publicidad, porque al no tener sede física, no cualquiera de nosotros podemos entrar en una audiencia y ser observadores”, explica.
Argumenta que la publicidad es una de las garantías del debido proceso dentro del sistema de justicia penal acusatorio, que empezó a implementarse en 2008.
En consecuencia, las autoridades deben garantizar que las audiencias tengan la máxima publicidad para evitar una irregularidad.
Una solución, dice Novoa, es que al igual que en Estados Unidos o Canadá, los audios se hagan públicos durante o posterior a las audiencias.
La brecha tecnológica del Poder Judicial
Otro tema que se tiene que atender es la brecha tecnológica para el acceso a la justicia a través de medios digitales.
El Reporte de Estadísticas a Propósito del Día Mundial del Internet del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) de 2019, muestra que, a pesar de que la ciudad es una de las entidades con mayor acceso a tecnologías de la información como Wifi y telefonía celular, sigue en rezago.
Las cifras del INEGI indican que el 30 por ciento de la población en la ciudad no cuenta con internet en casa y 19 por ciento no usa teléfono celular.
“No todo el mundo tiene la posibilidad de hacer uso de medios informáticos, especialmente los grupos más vulnerables (…), sectores que están fuera de la posibilidad de acceder a la justicia a través de medios electrónicos”, apunta.
Por estos factores la especialista considera que como medida excepcional podría ser funcional el trabajo remoto, pero se deben ir elaborando esquemas para el futuro.
Los principios
La oralidad, la inmediación y la contradicción de pruebas son principios fundamentales del sistema de justicia penal acusatorio; procurarlos también son retos que habrá en el reinicio de actividades del PJCDMX de la capital, asegura Laurence Pantin, coordinadora del Programa de Transparencia en la Justicia y Proyectos Especiales de México Evalúa.
Pantin argumenta que durante las audiencias virtuales se puede complicar el desahogo de pruebas documentales, la comunicación entre defendidos y abogados debido a que no comparten un mismo espacio así como las labores deliberativas de los jueces.
“Algunos jueces nos han comentado que para ellos es más difícil ver el lenguaje corporal de los acusados por medios electrónicos y complica su trabajo”, menciona.
Explica que estas cuestiones pueden ser usadas por un abogado para pedir la nulidad del juicio debido a que no existe un respaldo jurídico de las audiencias remotas.
Pantin explica que se necesita construir un marco legal para que en el futuro, haya un instrumento que dé fiabilidad a las audiencias remotas. Herramienta, que también debe formar parte de una transición hacia lo digital.
Explica que esto no significa que se vayan a realizar procedimientos ilegales desde el 30 de junio, porque fueron aprobados por acuerdos.
No obstante, se necesita una reforma tanto al código nacional como al local de procedimientos penales.
Aunque Pantin considera que no será este año y podría ser un lapso de tiempo difícil de calcular.