La SCJN ‘desarma’ a la CNTE
Retroactividad de la reforma; violación a su contrato de trabajo; inestabilidad en el empleo; daño a su dignidad; pérdida de prestaciones. Todos estos son argumentos que maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) han presentado contra la reforma educativa.
Uno a uno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los ha analizado y desechado. Los ministros del máximo tribunal han ido desarmando a la CNTE.
Imelda García
Retroactividad de la reforma; violación a su contrato de trabajo; inestabilidad en el empleo; daño a su dignidad; pérdida de prestaciones. Todos estos son argumentos que maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) han presentado contra la reforma educativa.
Uno a uno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los ha analizado y desechado. Los ministros del máximo tribunal han ido desarmando a la CNTE.
En las resoluciones de distintos amparos, los ministros han argumentado que ningún derecho se encuentra sobre el de la sociedad a tener una educación de calidad.
Aunque la SCJN ya ha resuelto otros amparos desde hace un año, cuando comenzó a analizar el tema, este miércoles el debate florecerá nuevamente en la Segunda Sala del máximo tribunal donde se resolverá un recurso contra la Reforma Educativa promovido por un grupo de profesores de Veracruz.
En el proyecto, redactado por el ministro Alberto Pérez Dayán –presidente de la Segunda Sala-, la Corte plantea negar la protección de la justicia federal a los docentes que promovieron un juicio de amparo contra varias leyes de la Reforma Educativa .
En su disertación legal, que retoma la sentencia del primer juzgado que resolvió el asunto, la SCJN rechaza uno a uno los argumentos legales de los profesores inconformes.
La discusión de este amparo se da en un ambiente de tensión por el paro que desde hace 101 días mantienen miles de maestros de la CNTE y en la misma semana que cientos decidieron no regresar a las aulas, en el nuevo ciclo escolar.
Desde el Ejecutivo, el Gobierno federal y los estatales han cedido a la presión del gremio magisterial en paro, que a pesar de las mesas de diálogo, la liberación de sus dirigentes y la recuperación del pago de sus salarios, continúa sin iniciar labores en algunas entidades y realizando bloqueos en carreteras y sitios estratégicos.
Desde el Legislativo, en el Congreso de la Unión también se mueven ya las fuerzas políticas para modificar algunos puntos de la Reforma Educativa para suavizar sus efectos y destrabar el conflicto.
Todo esto ocurre aunque el máximo tribunal del país ha declarado constitucional la Reforma Educativa. Los poderes Ejecutivo y Legislativo ceden, aunque tengan de su lado a la ley.
Declarada constitucional
En junio del 2015, los amparos contra la Reforma Educativa llegaron al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Tras una discusión que se prolongó durante seis sesiones del pleno del máximo tribunal, los ministros declararon la constitucionalidad de las leyes secundarias de la Reforma Educativa .
Declararon también que no se veían lastimados los derechos de los trabajadores de la educación y que ningún derecho de individuo o grupo podía estar sobre el derecho colectivo de tener una educación de calidad.
La lucha de un sector del magisterio contra la Reforma Educativa comenzó desde el primer momento en que se iba a votar por el Congreso de la Unión.
Pocos olvidan el cerco que la CNTE impuso a ambas cámaras del Congreso de la Unión hace justamente tres años, en agosto del 2013, cuando diputados y senadores votarían las leyes reglamentarias de la Reforma Educativa, donde quedarían establecidos los mecanismos de operación de la evaluación.
En esa ocasión el Congreso de la Unión se vio forzado a sesionar en un centro de convenciones de la Ciudad de México para burlar la acción de los manifestantes.
Además de las protestas en las calles, la CNTE reforzó su ofensiva contra la Reforma Educativa por la vía legal.
Individualmente o en grupos, maestros de varios puntos del país interpusieron juicios de amparo contra la Reforma Educativa. En todos los casos, meses después estos amparos llegaron a la SCJN.
Y en todos los casos, la Corte desechó otorgar el amparo de la justicia federal a los demandantes y más bien defendió la constitucionalidad de la reforma.
Uno a uno, los ministros de la Corte han rechazado los argumentos de los docentes inconformes para declarar ilegal la Reforma Educativa .
El amparo en revisión que analizará la Segunda Sala de la Corte este miércoles tuvo su origen en una demanda de amparo presentada por un grupo de profesores de Veracruz en octubre del 2013, y que fue resuelta primero por el Juez Séptimo de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla.
Irretroactividad de la ley
Uno de los primeros argumentos que esgrimieron quienes están en contra de la Reforma Educativa y los nuevos mecanismos de actuación y evaluación de los docentes fue que una ley no puede ser retroactiva, por lo que no puede aplicarse en perjuicio de quienes ya trabajaban como maestros.
“(En la demanda se señala) que las disposiciones impugnadas vulneran su garantía de irretroactividad de las leyes, al desconocer los derechos adquiridos en el pasado y afectar situaciones jurídicas acaecidas con anterioridad a su vigencia (…) tal es el caso de la basificación, el nombramiento, título o cédula profesional y adscripción”, se afirma en el proyecto de resolución.
El principio de irretroactividad se encuentra asentado en el artículo 14 de la Constitución Política mexicana.
“A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, establece la Carta Magna.
Sin embargo, en el caso de la Reforma Educativa este principio no aplica.
En el amparo que resolverá este miércoles, la Suprema Corte retomó la argumentación que realizó el primer juzgado que resolvió el caso, en donde se afirma que la irretroactividad no aplica en este caso, pues se trata sobre reglas futuras y no sobre las que están vigentes.
“Los actos cuya constitucionalidad se controvierte, no violentan la garantía de irretroactividad de la ley (…) en virtud de que no actúan para lo acaecido en el pasado, sino para el futuro; debido a que el supuesto normativo relativo a la obligación de los trabajadores a evaluarse, rige a partir de que entró en vigor la ley, lo que claramente implica que los efectos del supuesto, como sus consecuencias, ven hacia el futuro.
“La obligación de los trabajadores a evaluarse rige a partir de que entró en vigor la ley, lo que implica que tanto los efectos del supuesto como sus consecuencias ven hacia el futuro”, argumentó el Poder Judicial.
Por ello, las nuevas reglas sí pueden aplicarse al magisterio sin violar la Constitución Política.
Contra sus derechos
Ls maestros que están contra la Reforma Educativa argumentan que esta serie de leyes lastima su contrato y sus derechos como docentes por varios motivos.
El primero de ellos es porque se les obliga a evaluarse, lo que lastima la inamovilidad y estabilidad en el empleo, según la queja de los profesores.
Los quejosos argumentan además que, al abrir la posibilidad de que sean removidos de sus actividades ante grupo si no aprueban la evaluación, se viola su contrato de trabajo donde se especifica que fueron contratados como maestros.
La Reforma Educativa especifica que un docente tiene tres oportunidades para pasar la evaluación que apliquen las autoridades; si no aprueba, no será despedido, sino que se le removerá de sus actividades frente a grupo y se le asignará a otras áreas.
Este argumento también fue desechado por los jueces porque los docentes no tienen derecho “porque sí” a ocupar un lugar inamovible en el sistema educativo.
“Esta estabilidad no se traduce de manera automática en permanencia indefinida y para siempre (…)
El personal docente no adquiere permanencia en su cargo por el solo hecho de haber satisfecho los requisitos de ingreso y por el transcurso del tiempo, sino que depende que aprueben la evaluación prevista en las disposiciones tildadas de inconstitucionales.
“(Esto) porque constituye un mecanismo a través del cual las autoridades educativas garantizarán a la niñez y a los educandos en general, una educación de calidad”, expone el proyecto.
La aplicación de la evaluación para el ingreso, promoción y permanencia de los maestros en el sistema educativo nacional forma parte de una política que pretende otorgar una educación de calidad, lo que prevalece.
“Si la educación es una política de Estado, la calidad de los procesos educativos requiere de esfuerzos de sus actores: poderes públicos, órganos de gobierno, autoridades, instituciones, maestros, organizaciones gremiales, expertos, padres de familia y la sociedad en su conjunto”, expone.
Se cuestiona también la posibilidad que tienen los maestros de defender sus derechos mediante las asociaciones sindicales, testimonio que también fue desaprobada por el Poder Judicial toda vez que continúan teniendo libertad de organizarse para defenderse, pero con ciertas limitantes.
“Si bien el Estado tiene la obligación de respetar la libertad de los docentes para organizarse en defensa de sus intereses, también lo es que ningún interés particular puede estar por encima del interés público, que en el caso es el de ofrecer una educación de calidad”, sentenció el juzgado.
Además, en el amparo que se revisará este miércoles, los maestros que lo solicitaron señalan que a raíz de las nuevas reglas con que se rige su actividad se pierde su derecho a solicitar días de licencia, lo que va en detrimento de sus derechos laborales.
El juzgado consideró, empero, que aunque cambiaron las reglas para acceder a esos días de licencia, sigue siendo posible tenerlos, lo que no lastima su derecho.
Aunque se trata de nuevas reglas, cita al juzgado el ministro Pérez Dayán, éstas no eliminaron prestaciones y derechos laborales de los trabajadores del sector educativo.
“(No afectó prestaciones) como son: aguinaldo, prima vacacional, días económicos, permisos y el derecho de escalafón, tampoco dejó sin efectos los nombramientos de carácter definitivo de los trabajadores, ni precisó que con su entrada en vigor se eliminaría el tiempo laborado por el personal.
“La citada ley no afectó sus derechos adquiridos, pues no dejó sin efectos el nombramiento que sustenta ni se advierte que se modificará algún derecho que forme parte de su patrimonio con anterioridad”, sostiene el proyecto de sentencia.
En este amparo, los docentes también reclamaron que con la entrada en vigor del nuevo esquema de evaluación, se abría un régimen de excepción para los maestros de educación media superior del Instituto Politécnico Nacional, universidad que depende del Estado pero en la que no se aplicará este principio.
Sin embargo, la SCJN consideró infundada la queja, pues la figura legal del Instituto le permite regirse con sus propias reglas y no formar parte del sistema de evaluación.
Tensión en Oaxaca
Mientras la discusión de este amparo sucederá en la máxima instancia judicial del país, en Oaxaca nuevamente habrá tensión en el ambiente.
Hasta ahí fueron enviados ayer más elementos de la Policía Federal para hacer presencia en la entidad, donde se reportan cortes a la circulación en 11 puntos carreteros.
De acuerdo con información de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), en 10 de esos puntos hay bloqueos intermitentes, y no se permite el paso a vehículos de empresas privadas, sino solo de autos particulares y autobuses.
La llegada de elementos de la Policía Federal a Oaxaca ocurre 65 días después del enfrentamiento que tuvieron con civiles en Nochixtlán, donde seis personas fallecieron por impactos de bala y hubo varios heridos.
En ese enfrentamiento fueron retenidos tres policías federales que resultaron gravemente heridos.
Luego de los hechos, las fuerzas federales disminuyeron su presencia en la entidad y fue hasta ayer que fueron enviados refuerzos.
Esto sucede a dos días de que dio comienzo el nuevo ciclo escolar, en el que no participaron un 53 por ciento de las escuelas de esta entidad, y de que las autoridades federales dejaran claro que sin clases no continuaría el diálogo.