La Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de terapias de conversión, estableciendo penas tanto para padres de familia como para los profesionales que las apliquen. Según las reformas, quien imparta terapia de conversión con el fin de modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona enfrentará de 2 a 6 años de prisión.
Durante la discusión de la reforma al Código Penal y a la Ley General de Salud, los diputados del Partido Acción Nacional se confrontaron con los de Morena y el Partido del Trabajo. La minuta del Senado establece que, en caso de que sean padres, madres o tutores quienes incurran en estas conductas, se les aplicarán sanciones de amonestación o apercibimiento, a discreción del juez.
Se destaca que la sanción se duplicará cuando las conductas se realicen contra personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con discapacidad. Además, los profesionales de la salud que realicen terapias de conversión serán suspendidos en su ejercicio de 1 a 3 años.
PAN vota en contra
Los diputados panistas expresaron su respeto hacia la persona, independientemente de su orientación sexual, pero argumentaron su voto en contra debido a que consideran que la ley criminaliza a padres y tutores.
Margarita Zavala señaló que la ley abre la posibilidad de persecución gratuita y dificulta la acreditación, mientras que Gabriel Cuadri rechazó el dictamen por implicar la persecución y criminalización de padres de familia, así como de médicos, maestros, pastores y sacerdotes.
La minuta fue devuelta al Senado debido a los cambios realizados en la iniciativa de reforma.