En este 2022 existe un nuevo dilema para las autoridades de la Ciudad de México: intentar solucionar la evasión de impuestos por tenencia de vehículos con sanciones podría ser inconstitucional e inaplicable.
Ante la pérdida de impuestos por tenencia vehicular en la capital, las autoridades han reformado el Código Fiscal local para que los autos de los habitantes que sean matriculados en Morelos o el Estado de México, sean sancionados.
En la ciudad, los autos con un valor mayor a 250 mil pesos deberán pagar tenencia que corresponde a un 3 por ciento del costo de la unidad.
Sin embargo, especialistas advierten que esta infracción tiene tintes de inconstitucionalidad y es inaplicable porque restringe derechos básicos como el de la movilidad y de libre residencia.
La problemática de los vehículos emplacados en otros estados
Debido a que en otros estados como Morelos o el Estado de México los automóviles con un valor mayor a los 250 mil pesos no pagan tenencia, los habitantes de la capital prefieren emplacar sus coches en dichas entidades y esto ha provocado una disminución de 22 por ciento en los ingresos de la capital por este impuesto en los últimos años.
El pasado 4 de mayo de 2021, Reporte Índigo dio a conocer en el texto “El costo de la descoordinación en la regulación vehicular”, que en 2016, la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) capitalina recibió 5 mil 868 millones 4 mil 895 pesos por tenencia de vehículos.
Para el 2017, esa cantidad disminuyó a 5 mil 439 millones 179 mil 320 pesos, un 7 por ciento menos; y para el 2018, se redujo a 5 mil 202 millones 168 mil 499 pesos, es decir, 11 por ciento menos que en el 2016.
Mientras que en el 2019, la cantidad decreció 15 por ciento respecto a 2016, ese año, el ingreso por tenencia disminuyó a 4 mil 966 millones 5 mil 600 pesos.
Finalmente, en 2020 registró la caída más importante: la cifra se situó en 4 mil 521 millones 363 mil 715 pesos, 22 por ciento menos en comparación con el 2016.
La reforma
El pasado 15 de diciembre, el Congreso de la Ciudad de México aprobó el Paquete Fiscal para el año 2022, que incluye el Código Fiscal para este ejercicio y contiene la reforma que sanciona a los habitantes de la capital que emplaquen sus automóviles en otros estados.
“Es importante señalar que la reforma al párrafo primero del referido artículo 160, atiende en estricto sentido a combatir de una manera más eficaz los esquemas de evasión fiscal que se han venido implementando en la ciudad con relación al Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos”, indica el Código Fiscal.
El texto modificado del artículo 160 detalla que para aplicar las sanciones, se tomará en cuenta el domicilio fiscal de los tenedores de automóviles matriculados en otros estados.
“No únicamente podrá considerarse el domicilio fiscal para efectos federales, sino también el contemplado en términos del artículo 21 del Código Fiscal local, lo cual permitirá mayores beneficios a la Hacienda Pública de la Ciudad evitando además la erosión de la base imponible del referido gravamen”, explica.
Por último, las sanciones van de los 521 hasta los 911 pesos, para quienes vivan en la capital y no tengan su auto emplacado en ella.
Coarta libertades
La reforma hecha al Código Fiscal es inaplicable e inconstitucional porque pone en conflicto los derechos de las personas a la movilidad y a la libre residencia, dice Marco Pérez Esquer, especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle.
Explica que la sanción se basa en el domicilio fiscal de las personas, entonces se está limitando a las personas a que no puedan tener otra residencia o tengan que reportarla ante las autoridades para evitar ser infraccionados.
Además de ello, considera que la reforma está mal redactada y tiene varias lagunas, por ejemplo, no estipula qué pasará con las personas que sean empresarias, tengan su domicilio fiscal en la ciudad pero vehículos en diversas entidades donde tienen actividades.
“Por ejemplo, si tengo una empresa distribuidora, con muchos vehículos en otras entidades pero con domicilio fiscal en la capital, entonces, ¿debo pagar por todos esos vehículos?”, cuestiona.
Igualmente, indica que es inaplicable porque si las autoridades obligan a pagar una sanción a un ciudadano e incluso se recurre al embargo, el afectado puede promover una acción de nulidad o ampararse porque los jueces pueden considerar que es un atropello de la autoridad.
“Se tardaría un tiempo, pero al final, seguramente el juez considerara que es un atropello, por ligar al domicilio con la sanción”, comenta.
Por último, Pérez Esquer afirma que la intención de la reforma es buena pero no será efectiva por los problemas comentados y en lugar de sancionar a quienes emplacan en otros estados, las entidades colindantes con la Ciudad de México deben homologar sus políticas de regulación vehicular.