En el terreno de la política, uno de los casos que más conmovió a México, fue el asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta, candidato presidencial del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para el periodo 1994-2000, a manos de Mario Aburto Martínez en Tijuana, BC. Ahora, se dio a conocer que la situación judicial quedó en “suspenso” después de que dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron a favor de dejar sin efecto el amparo para alcanzar su libertad, mientras que dos más están a favor de que salga de prisión.
De este modo, un ministro de la Segunda Sala de la SCJN tendrá la responsabilidad de emitir su voto y decidir el futuro de Aburto Martínez. El próximo 9 de octubre se tiene previsto que se retome el caso. El “empate” se generó debido a que el ministro Jorge Mario Pardo no votó en el asunto, pues se había declarado impedido por haber sido juez en el caso Colosio.
¿Quiénes estuvieron a favor y quiénes en contra?
Tanto el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá como la ministra Loretta Ortíz se mostraron en desacuerdo al amparo que interpuesto. En este sentido, el primero presentó un proyecto donde se cuestiona si el juez de amparo tenía la obligación de haber llamado a las víctimas (familiares) a juicio en calidad de terceros interesados.
A fin de que las víctimas sean escuchadas propuso la revocación del amparo y ordenar la reposición del procedimiento. Sin embargo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, presidente de la Sala en funciones y la ministra Margarita Ríos Farjat, votaron contra la propuesta.
Ríos Farjat indicó que la reposición del proceso alargaría “innecesariamente” el caso y podría provocar la revictimización. “Hasta antes de la reforma constitucional en el año 2000, en 1994, fecha en que ocurrieron los hechos, las normas penales no establecían el reconocimiento de una calidad específica a las víctimas en los procesos, pues eran representadas por el Ministerio Público“, explicó.
Explicó que no puede acompañar una propuesta que reabre un proceso donde la participación de las víctimas “en la época de los hechos” no tenía un alcance como el que ahora se pretende. La repercusión, dijo, puede generar “expectativas ilusorias a las víctimas indirectas donde el Ministerio Público ya ejerció la representación debida”.
¿Qué pasará si aprueban el proyecto del ministro Alcántara Carrancá?
La impugnación de la Fiscalía General de la República (FGR) se centra en la sentencia del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Edomex, que determina que Mario Aburto Martínez tuvo que ser juzgado con base en el Código Penal de Baja California y no en el del ámbito federal.
En caso de que el proyecto del ministro González Alcántara Carrancá sea aprobado, el expediente sería devuelto al tribunal colegiado para que reponga el proceso. No obstante, si es rechazado, el amparo quedaría firme y podría obtener su libertad debido a que los 30 años de prisión, establecidos como pena máxima en el código estatal, se cumplieron en marzo de este año.