Depuración secreta y selectiva

Dos reveses se han presentado para el objetivo inaplazable de Jalisco por contar con instituciones de seguridad y justicia confiables.

Primero, la determinación del Gobierno de Jalisco por mantener una reserva que le niega a la sociedad los detalles informativos sobre la depuración de sus policías y de elementos de la Fiscalía General del Estado, y después, el triunfo del Poder Judicial del Estado, del magistrado presidente Luis Carlos Vega Pámanes, para librar a los jueces de estos rigurosos exámenes. 

Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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81 a 90
Por ciento de avance, es el aproximado de Jalisco en la evaluación de sus instituciones de seguridad, según PGR
"Se clasifica como información reservada la referida a los procesos de evaluación en materia de control de confianza"
Secretaría General de Gobierno de Jalisco
https://www.youtube.com/watch?v=OliMOC7pxG0

Dos reveses se han presentado para el objetivo inaplazable de Jalisco por contar con instituciones de seguridad y justicia confiables.

Primero, la determinación del Gobierno de Jalisco por mantener una reserva que le niega a la sociedad los detalles informativos sobre la depuración de sus policías y de elementos de la Fiscalía General del Estado, y después, el triunfo del Poder Judicial del Estado, del magistrado presidente Luis Carlos Vega Pámanes, para librar a los jueces de estos rigurosos exámenes. 

A diferencia de la política de información que siguen instancias federales como la Procuraduría General de la República (PGR), en Jalisco, por decisión de su Secretaría General de Gobierno (SGG), se ha vuelto imposible para un ciudadano conocer los avances sobre la evaluación de las fuerzas municipales y estatales que deben velar por su integridad. 

Supongamos, pues, que un tapatío cualquiera desea saber cuántos de los policías que ve en su ciudad son probos y cuántos no, pese a ser mera estadística, la SGG dictó que no puede acceder a ella. 

El Comité de Clasificación de Información de la SGG construyó un muro alrededor del proceso de depuración que dice:

“Se clasifica como información reservada la referida a los procesos de evaluación en materia de control de confianza (…).

“Así como sus resultados y la estadística en detalle de la corporación a la que pertenecen, el número de aprobados y no aprobados y todos los datos pendientes a obtener un indicador de avance respecto al universo de su corporación con relación al número de evaluados de cada una de ellas, quedando en ese carácter por el plazo de 10 años”. 

El acta se aprobó durante la titularidad de Fernando Guzmán Pérez Peláez, del PAN, el 4 de febrero de 2011, pero esta administración, con el priista Arturo Zamora Jiménez al frete, la mantiene  vigente. 

Según la SGG, esta información podría ser usada por policías para burlar al Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza, pues comenzarían a comportarse como buenos, siendo, en realidad, malos. 

“Es posible generar (sic) que ciertos individuos pretenden engañar al Centro distorsionando los resultados al no estar apegados a la realidad, ya que al obtener resultados falsamente favorables, provocaría la obstaculización del correcto funcionamiento  de los filtros establecidos para la selección del personal y traería como consecuencia el otorgamiento  de plazas a personas no aptas para el desempeño efectivo de sus funciones”. 

La SGG enfatiza esta posibilidad de que el Centro Estatal caiga en la trampa con sus exámenes, pese a que el poligráfico, el más controversial de todos, ha sido aceptado en su rigor científico por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que reconoció que mide reacciones neurofisiológicas “imposibles de controlar mediante la voluntad”. 

Aun así, aduce la SGG: “El hecho de revelarse datos estadísticos en detalle de cada corporación, el número de aprobados y no aprobados y todos los datos tendientes a obtener un indicador de avance respecto al universo de su corporación, se generaría una alerta de los propios evaluados sobre la proximidad de su proceso de evaluación, con lo cual podrían cambiar conductas y hábitos que normalmente presentan, para poder eludir en específico cada una de las evaluaciones que integran el proceso”. 

Además “se conocerían las fortalezas y debilidades de los servidores públicos a quienes se evaluó, pudiéndose propiciar que la delincuencia conozca los puntos frágiles de los servidores públicos que les facilite su intención de generar estrategias negativas  en contra de la sociedad (…) puede favorecerse una estrategia legal de aquellos elementos que han traicionado los valores de la corporación a la que se encuentran adscritos y permanezcan en ellas por más tiempo, lo que beneficia única y exclusivamente a las organizaciones delincuenciales a quienes brindan sus servicios o información”. 

La PGR, en cambio, informa sin empacho en el portal del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), que de su universo de 20 mil 589 elementos han aprobado 16 mil 720, reprobaron mil 108, están pendientes de resultado mil 64 y otros mil 697 deben volver a evaluarse por vigencia -a 2012-.  

El informe más actualizado brindado por el SESNSP y no por el gobierno local, al 31 de marzo, puntualiza que en Jalisco la evaluación de sus instituciones de seguridad se encuentra entre un 81 y 90 por ciento de avance. 

Jueces de Tamaulipas ponen ejemplo

Mientras aquí se mantiene esta reserva sobre la información del proceso de depuración de las instituciones policiales, en la capital del país los ministros de la SCJN le daban la razón al Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco (STJJ) y a su presidente, Luis Carlos Vega Pámanes, para echar abajo la legislación estatal que obligaba a los jueces a pasar también por las pruebas de control de confianza. 

La Ley de Control de Confianza del Estado, a diferencia de la legislación nacional, había sujetado a los impartidores de justicia a este control, obligándolos a estar certificados para ingresar y mantenerse en el cargo, pero la SCJN declaró inválidos todos los artículos que así lo establecían el 31 de marzo. 

La legislación local concebía que, para mantener la independencia de poderes, el Judicial creara y operara su propia Unidad de Control de Confianza, distinta al Centro Estatal del Ejecutivo, sin embargo, los legisladores jaliscienses cometieron un error que apunta la SCJN: dicha Unidad debía regirse conforme a las directrices que expide el Centro Nacional de Certificación y Acreditación del SESNSP, del Ejecutivo federal, por lo que sí había una vulneración a su autonomía. 

El Poder Judicial de Jalisco pugnó hasta ganar la partida al Ejecutivo y Legislativo por librarse de este esquema que hubiera medido su probidad, eso hace tan significativo que en otros estados, como Tamaulipas, su Supremo Tribunal, con entera disposición, haya comenzado ya la evaluación de todos sus jueces con estos métodos, y recurriendo, sin miramientos, al Centro del Ejecutivo de ese estado.

Vega Pámanes, presidente del STJJ, se ha pronunciado abiertamente en contra de estas pruebas para los jueces, las ha llamado un “insulto”, pero los ministros de la Corte no rechazaron en sí que los juzgadores puedan ser sometidos a las mismas, sino que se haga con una legislación deficiente.  

Esto dijo la ministra Olga María del Carmen Sánchez, según el acta de la SCJN: “Estimó que, si bien el establecimiento de un control de confianza que involucre a los servidores públicos del Poder Judicial del Estado se encuentra inmerso en la libertad configurativa a cargo del Poder Legislativo local, el diseño normativo debe ser acorde con los principios constitucionales que rigen la carrera judicial y que salvaguardan los derechos humanos de los funcionarios”. 

De quererlo, los diputados sí podrían legislar desde el Congreso estatal para certificar a los jueces, pero con un marco adecuado, la idea la reforzó el ministro José Ramón Cossío Díaz: “Aclaro que este planteamiento no significa que no sea posible realizar pruebas de confianza respecto de los juzgadores, sino que el legislador del Estado estableció lo concerniente, de manera indebida, en un ordenamiento distinto a la Constitución local o la ley orgánica respectiva”. 

En Jalisco las fallas legislativas fueron tales que los diputados de la anterior legislatura nunca integraron, por omisión o deliberadamente, el control de confianza a la Ley Orgánica del Poder Judicial, pese a ser ésta la que norma toda la carrera judicial.

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