Siete estados de la República Mexicana; Campeche, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Yucatán y Zacatecas, mantienen tipificados los delitos de honor. Foto: Especial

Delitos contra el honor en Nuevo León; mordaza contra la libertad de expresión

Pese a que desde 2007, la difamación, la calumnia y la injuria fueron eliminadas del Código Penal Federal, en Nuevo León siguen siendo delitos que son usados contra la libertad de expresión

Los delitos contra el honor son una figura que ha sido utilizada tanto por agentes estatales como por particulares para mermar o castigar principalmente investigaciones periodísticas, y que, incluso, han propiciado otro tipo de violaciones a los derechos humanos como detenciones arbitrarias y secuestros.

Una reforma promulgada el 13 de abril de 2007 eliminó los delitos contra el honor a nivel federal, por lo que, desde entonces, se han derogado los delitos de difamación, calumnia, e injuria en la mayoría de las entidades federativas.

Sin embargo, estas conductas tipificadas como delitos contra el honor aún están vigentes en siete estados: Campeche, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Yucatán y Zacatecas.

Libertad de expresión coartada en Nuevo León

El Código Penal del estado establece que la difamación, la injuria y la calumnia serán penalizadas con multas y hasta cárcel.

Según el artículo 235, comete calumnia aquella persona que impute a otra un hecho determinado y calificado como delito por la ley, cualquier acción que pueda dar indicios o presunciones de responsabilidad también será considerada como calumnia.

La calumnia es castigada con una pena en prisión de dos a seis años y multa de quinientas a mil cuotas.

Respecto a la injuria, el artículo 342 indica que esta conducta es toda expresión que manifieste desprecio a otro con el fin de hacerle una ofensa. La injuria se sanciona con tres días a un año de prisión, o multa de una a diez cuotas, o ambas, a criterio del juez.

Por otra parte, la difamación consiste en comunicar dolosamente a una o más personas, la imputación que se le hace a otra persona física o persona moral, en los casos previstos por la ley, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerla al desprecio de alguien.

La difamación se castiga con prisión de seis meses a tres años, o multa de diez a quinientas cuotas, o ambas sanciones.

Pero estos delitos contra el honor, en realidad, son contrarios a los estándares internacionales de libertad de expresión y son utilizados como mecanismos de censura indirecta.

De acuerdo con la organización Artículo 19, organización que promueve y defiende el avance progresivo de los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de todas las personas, estas conductas tipificadas como delitos generan un efecto inhibidor en quienes día a día publican o transmiten información, con lo cual se vulnera tanto la dimensión social como individual de la libertad de expresión, coartando el flujo informativo que debe ser robusto en toda sociedad democrática.

El abogado Carlos Osoria Polo menciona que “las sanciones por abusar de la libertad de expresión deberían de ser a través de procesos de responsabilidad civil de daño moral y no por procesos de índole penal”.

Asimismo, puntualizó que “los delitos contra el honor, históricamente han sido o fueron en su momento tipificados justamente para evitar la crítica al gobierno” y para silenciar a periodistas.

Prueba de ello, es que desde 2016, Artículo 19 ha documentado un incremento preocupante de abuso de leyes mexicanas para tratar de acallar voces y criminalizar la libre expresión.

Tan sólo en 2023, la organización registró 158 casos de acoso judicial contra periodistas y medios de comunicación en México, ya sea por vía civil, penal, administrativa o por legislación electoral.

Esto es el equivalente a que cada mes se iniciaron, en promedio, 2.4 procesos contra periodistas y medios por sus publicaciones o investigaciones.

Con 102 casos, las autoridades fueron las que iniciaron más procesos contra periodistas.

Delitos contra el honor lejos de ser eliminados

Pese a que desde 2007, la calumnia, la injuria y la difamación fueron eliminadas del Código Penal Federal, en Nuevo León esto sigue siendo delito y las iniciativas para despenalizar estas figuras permanecen congeladas.

El 19 de enero de 2024, la diputada Iraís Virginia Reyes de la Torre, de Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos del código penal local para despenalizar los delitos contra el honor.

Pero hasta el momento, la propuesta no ha sido analizada en las sesiones de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública.

En cuanto a la iniciativa pendiente de discusión y aprobación, el abogado y especialista en derechos humanos, Carlos Osoria quien colabora con la Asociación Civil Propuesta Cívica, recordó que desde 2021 han impulsado varias iniciativas en Nuevo León para reformar el Código Penal y fortalecer el Código Civil.

“En la vía civil no está contemplado, por lo menos hace falta mucho que contemplar en ese sentido y presentamos las iniciativas al respecto. Lamentablemente las iniciativas no se estudiaron, no se analizaron, vamos a volver a intentar presentarlas en el Congreso del Estado de Nuevo León para que las dictamine la comisión correspondiente y después puedan llegar al pleno y ser sometidas a votación”, reiteró.

El 12 de mayo de 2024, candidatos de MC a diputados de NL también prometieron que buscarían reformar el Código Penal, esto después de que Lorenia Canavati, candidata a alcalde de San Pedro, fuera denunciada por el presunto delito de difamación.

Sin embargo, la inasistencia de legisladores de MC en el Congreso justo ha provocado la falta de quórum y retrasos en la aprobación de diversos asuntos desde hace meses.

La urgencia de derogar estos delitos se ha visto en casos como el de Alfredo Jalife y Lorenia Canavati, así como en el reciente caso de ABC Noticias, medio que fue blanco de la Auditoría Superior del Estado después de que revelara los nexos de un proveedor favorito con el alcalde panista de San Nicolás, Daniel Carrillo, y la misma ASENL.

Estos hechos que representan un acto desproporcionado de restricción a la libertad de expresión, sobre todo, contravienen los derechos humanos y los estándares internacionales en la materia.

“Creo que a Nuevo León le falta avanzar en este tema muy particular. Hay otros estados que ya han avanzado, que tienen una mejor legislación en materia de protección de libertad de expresión y creo que por ahí nos hemos quedado rezagados justamente en la regulación jurídica de esto. Estamos muy atrasados porque ni siquiera hemos logrado derogar estos tres delitos y no solamente estamos atrasados, estamos incumpliendo con obligaciones internacionales del Estado mexicano en materia de protección de derechos humanos”, señaló Osoria.

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