Corte ampara a uno de los futbolistas atacados la noche de la desaparición de los 43

El jugador se inconformó ante la Suprema Corte, pues consideró que la CEAV no había calculado de manera correcta el monto de indemnización para él y sus compañeros atacados en la misma carretera que los normalistas Ayotzinapa
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación Resolvió este miércoles el primer caso relacionado con los hechos violentos de la noche del 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, los cuales derivaron en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, así como el deceso de un jugador del equipo de tercera división Los Avispones de Chilpancingo.

La Segunda Sala amparó a uno de los siete jugadores que resultaron heridos la noche del 26 de septiembre, para que tenga acceso a una reparación integral; el futbolista se inconformó contra la actuación de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

El jugador solicitó el amparo para que la CEAV deje sin efectos la resolución del 11 de octubre de 2016, en la cual fue aprobado un monto de 566 mil pesos por concepto de reparación del daño para los integrantes del equipo que viajan en el autobús que fue atacado en la carretera Chilpancingo, Guerrero.

“Al resolver el caso, la Segunda Sala estimó que el mero hecho de que la CEAV otorgue un monto determinado por compensación subsidiaria a la víctima, no impide, en forma alguna la posibilidad de que las personas puedan combatirla a través de los medios de defensa conducente”, señaló la Suprema Corte en un comunicado.

Los ministros coincidieron en la finalidad de la Ley General de Víctimas no radica otorgar cualquier indemnización, sino en lograr un reparación integra del daño generado por el delito del que fueron víctimas, además consideraron que la CEAV no integró de manera correcta el expediente de la víctima.

“La Sala consideró que la CEAV no lo integró debidamente en el caso concreto, pues era necesaria la existencia de un dictamen médico en tanto dicho es el que permitirá establecer el daño físico que sufrió la víctima directa desde que ocurrió el delito”, precisó la Corte.

El máximo tribunal del país señaló que la CEAV no puede determinar el monto de reparación basándose en otros asuntos que presenten ciertas similitudes, pues esto elude el verdadero propósito de lograr una reparación proporcional y adecuada a las víctimas.

Así, los ministros otorgaron el amparo al jugador para que la CEAV integre debidamente el expediente de las víctimas, vuelva a cuantificar el pago de daños físicos y morales, y fije en equidad una compensación en dinero por concepto de gasto de transporte, alojamiento, comunicación y alimentación.

El equipo de los Avispones de Chilpancingo viajaba en un autobús por la misma carretera que los normalistas de Ayotzinapa, el vehículo del club fue confundido por la policía de Iguala como otra autobús más del convoy de los estudiantes normalistas.

Los policías dispararon contra el autobús de Los Avispones, el ataque dejó un saldo de tres personas muertas: David Josué García Evangelista (futbolista de 15 años de edad), Víctor Manuel Lugo Ortiz (chófer del autobús que club) y Blanca Montiel Sánchez (pasajera de un taxi que pasaba por el lugar).

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