El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está en medio de la polémica por unos lineamientos acusados de promover la censura de medios y periodistas.
El presidente de México, Enrique Peña Nieto, interpuso ayer una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión referidos a los derechos de las audiencias por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al (IFT).
El Gobierno de la República argumentó que esos artículos invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República.
El mandatario solicitó que se declaren inválidos los lineamientos generales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) “por tener un vicio de origen”.
El consejero jurídico del Poder Ejecutivo federal, Humberto Castillejos, explicó que la ley no se vetó porque en México no existe el veto parcial, por lo que se dejó pasar la ley y se interpone la controversia.
“Estos lineamientos sobre la defensa de las audiencias constituyen el primer acto de aplicación de ocho artículos de la ley que hoy son controvertidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, explicó el funcionario en conferencia de prensa.
“El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias”, agregó.
Señaló que el presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer el recurso ante el máximo tribunal.
“Se considera que estos ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República, es así que en la controversia constitucional se está solicitando que se declaren inválidos los lineamientos generales del IFT por tener un vicio de origen.
“Por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la ley y, en caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería competencia del presidente de la República”, añadió.
Control de la constitucionalidad
Humberto Castillejos, acompañado por el vocero de la Presidencia de la República, Eduardo Sánchez, explicó que la autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales en cuestión.
La controversia busca que se declaren inválidos los lineamientos generales emitidos por el IFT.
El vocero señaló que aunque el mandatario federal respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el IFT, ello no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.
Ahora, la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.
Dijo que se esperará a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.
Limitación a libre expresión
Además, el Senado presentó la controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra algunos de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que entrarían en vigor el 1 de febrero.
Los senadores priistas Arturo Zamora Jiménez y Raúl Aarón Pozos Lanz solicitaron dar trámite y resolución de manera prioritaria al recurso interpuesto por el órgano legislativo.
Plantearon que si bien esos lineamientos buscan proteger el derecho de las audiencias también son violatorios del derecho a la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación.
Uno de sus apartados pretende regular el ejercicio de la función periodística alejándose de la función de regulación técnica a su cargo, al establecer una clara limitación al derecho a la libre manifestación de las ideas consagrado en los párrafos primero y segundo del Artículo 6 de la Constitución mexicana.
En entrevista con Notimex, Zamora Jiménez explicó que al emitir esos lineamientos el IFT viola el marco constitucional en dos dimensiones, al vulnerar de manera injustificada la libertad de expresión de los comunicadores más allá de la limitación que requiere la protección de los derechos de las audiencias, e invade competencias del Legislativo.
En un oficio al presidente de la mesa directiva del Senado de la República, Pablo Escudero Morales, los senadores exponen los lineamientos del IFT publicados el 21 de diciembre de 2016.
Consideran que el IFT pretende ejercer su facultad normativa en una materia donde existe una expresa reserva de ley que deviene del propio texto constitucional en el Artículo 6, Apartado B, fracción VI.
“La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”, indica ese apartado.
Zamora Jiménez expuso que “el alcance de algunos de esos lineamientos puede derivar en actos de censura y sanciones a periodistas y medios de comunicación”.
Enfatizó que se trata de una restricción a todas luces excesiva que debe ser resuelta a la brevedad en los cauces legales correspondientes, pues podrían resultar vulnerados los derechos de quienes ejercen la función de informar a la sociedad.
Punto por punto
El Ejecutivo asegura que la regulación de los derechos de las audiencias es una facultad del presidente. Ahora lo revisará la Suprema Corte:
>> El IFT emitió en diciembre los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias.
>> El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
>> Los lineamientos buscan regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia corresponde al presidente de la República.
>> El Poder Ejecutivo considera que se otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
>> La autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales.
>> El recurso interpuesto ante la Corte se solicita que se declaren inválidos los lineamientos generales.
>> Un ministro deberá admitir la controversia y notificar a los implicados, el Congreso y el IFT, y se debe presentar un proyecto de resolución que debatirá en el pleno de la SCJN.
>> La ley entraría en vigor el próximo 16 de febrero. La Corte deberá revisarla antes.
Los senadores priistas Arturo Zamora Jiménez y Raúl Aarón Pozos Lanz solicitaron dar trámite y resolución de manera prioritaria al recurso interpuesto.