Se mantiene contingencia ambiental, pese a lluvia y vientos fuertes en el Valle de México

Alrededor de las 20:00 horas, la CAMe anunció que la medida permanecerá vigente el sábado 4 de mayo; checa qué autos no circulan y otras restricciones
Janet Gómez Janet Gómez Publicado el
Comparte esta nota

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) anunció la noche de este viernes que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la zona metropolitana, pese a lluvia y vientos fuertes en el Valle de México.

La medida continuará debido a que se registraron concentraciones máximas de ozono de  170, 164 y 160 ppb en las estaciones de monitoreo de Tlalnepantla, Atizapán y Cuautitlán respectivamente y hasta las 17:00 horas, se mantuvieron condiciones adversas para la dispersión de contaminantes en la zona noroeste del Valle de México, registrando valores de ozono dentro del rango de Muy Mala calidad del aire.

La lluvia no mejoró las condiciones climáticas. Foto: Cuartoscuro

Mala calidad del aire se mantendrá el 4 de mayo

Alrededor de las 20:00 horas, el organismo informó que los modelos meteorológicos pronostican para el próximo sábado la persistencia del sistema de alta presión en el centro del país, que originará cielo despejado, alta radiación solar, estabilidad atmosférica y viento débil, lo que favorecerá la formación del ozono. 

No se recomienda realizar actividades al aire libre. Foto: Cuartoscuro

¿Qué vehículos NO circularán el próximo sábado 4 de mayo?

Ante este panorama, el pronóstico para el 4 de mayo indica que la calidad del aire podría ser Muy Mala, lo que obliga a restringir la circulación de los siguientes vehículos de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado  rosa, terminación de placa  7 y 8.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que porten holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 06:00 y las 22:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación  ‘00’, ‘0’, ‘1’ o ‘2’ que deban dejar de  circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
La CAMe emitirá un nuevo boletín el próximo sábado. Foto: Cuartoscuro

¿Qué vehículos SÍ podrán circular el 4 de mayo?

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma ‘00’ o ‘0’ vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rosa y terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 22:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. 
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I
Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil