CIUDAD DE MÉXICO, 17ABRIL2018.- Vista aérea de la construcción en Texcoco, Estado de México, del Nuevo Aeropuerto Internacional de la CIudad de México (NAICM).  
FOTO: ISABEL MATEOS /CUARTOSCURO.COM

Consulta sobre nuevo aeropuerto es inviable, consideran consejeros electorales

Quien se perfila para ser el próximo secretario de Comunicaciones y Transportes aseguró que el ejercicio ciudadano se realizará antes de finalizar el año

Tras el anuncio que realizó Javier Jiménez Espriú sobre la realización de una consulta ciudadana a finales de octubre sobre el tema del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México, consejeros de Instituto Nacional Electoral (INE) coincidieron en que es inviable que el órgano electoral la pueda realizar.

El consejero Ciro Murayama aseguró que el INE sólo puede realizar consultas ciudadanas en días de elecciones federales pues así lo define la Constitución.

Por su parte, la consejera Claudia Zavala señaló que para que el Instituto participe en este tipo de ejercicios se deben cumplir ciertos requisitos, “si se dan, el INE actuará en ejercicio de su competencia, si no, no se llevaría el supuesto… Y así el Instituto Nacional Electoral pueda entrar al análisis de la procedencia si fuera el caso de hacer una consulta”, subrayó.

De acuerdo a Jiménez Espriú, quien se perfila para ser el próximo titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a más tardar en octubre se realizaría la consulta cuyo fin sería definir si continúa o se cancela la construcción de la nueva terminal aérea de Texcoco.

Entre los requisitos que se deben cumplir para que el órgano electoral realicé una consulta están el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación revise la constitucionalidad del ejercicio y que se realicé el mismo día de una jornada electoral federal.

De llevarse a cabo, durante la realización de la consulta el INE tendría a su cargo  la verificación de las firmas ciudadanas, la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.

El articulo 35 de la Constitución establece que las consultas populares deben ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición del presidente de la República o del 33 por ciento de los integrantes de las cámaras de diputados y senadores.

Así mismo, una consulta sería valida si es impulsada por el 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal.

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