Con sus golpes a otra parte

Alfonso Arana Jiménez fue destituido como secretario del Ayuntamiento del Municipio de Santiago Tianguistenco.

Su salida es para siempre. Se la solicitó el alcalde municipio, Jesús Arratia, para que enfrente las consecuencias legales de la golpiza que junto a otros funcionarios del Congreso local del Estado de México propinó a un abogado el pasado 22 de noviembre.

A través de un comunicado, se informó de la destitución del funcionario, hijo del diputado local priista, Alfonso Arana Castro, exalcalde de ese mismo municipio.

Armando Estrop Armando Estrop Publicado el
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"Lo anterior derivado de los cargos de los cuales se le acusan, es de mencionar que esta separación es con la finalidad de no entorpecer las indagatorias de la autoridad correspondiente"
Comunicado

Alfonso Arana Jiménez fue destituido como secretario del Ayuntamiento del Municipio de Santiago Tianguistenco.

Su salida es para siempre. Se la solicitó el alcalde municipio, Jesús Arratia, para que enfrente las consecuencias legales de la golpiza que junto a otros funcionarios del Congreso local del Estado de México propinó a un abogado el pasado 22 de noviembre.

A través de un comunicado, se informó de la destitución del funcionario, hijo del diputado local priista, Alfonso Arana Castro, exalcalde de ese mismo municipio.

“El Presidente Municipal Constitucional de Tianguistenco, Jesús Arratia  González, solicitó la separación del cargo como Secretario del H. Ayuntamiento, al P.D. Alfonso Arana Jiménez, mismo que realizó la renuncia con carácter de irrevocable y es espera de entregarla de acuerdo a la normatividad establecida por el Órganos Superior de Fiscalización.

“Lo anterior derivado de los cargos de los cuales se le acusan, es de mencionar que esta separación es con la finalidad de no entorpecer las indagatorias de la autoridad correspondiente”.

Reporte Indigo publicó que el pasado 22 de noviembre Alfonso Arana Jiménez, junto a los funcionarios del Congreso Local Vicente Noyola y Ricardo Atitla cometieron un robo con violencia en contra del litigante Edgar Romero.

Todo quedó grabado en las cámaras de seguridad de la gasolinera contigua a la tiende de conveniencia en la que fue el incidente.

Por esto, el alcalde de Santiago Tianguistenco aprovechó la destitución de Arana Jiménez para lanzar una advertencia a todos los demás empleados de su administración.

“El Alcalde de esta demarcación ha exhortado a todos los funcionarios públicos del este H. Ayuntamiento para dirigirse en forma propia, con responsabilidad y ética”.

El abogado Edgar Romero presentó además una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por los golpes que recibió. El folio que recibió esta solicitud fue la 135047.

Romero aseguró que a pesar de la destitución del funcionario que lo golpeó lo que quiere es que se cumpla la Ley y que no por ser el hijo de un diputado priista que presume ser amigo del Gobernador, Eruviel Ávila, se le vaya a perdonar.

Y es que la situación de Arana Jiménez y los funcionarios involucrados no tienen una situación fácil desde el punto de vista legal.

Recientemente fue aprobado que el robo con violencia no tuviera libertad bajo caución. Fue por una iniciativa presentada por el propio Gobernador del Estado.

El Código Penal para el Estado de México es sumamente claro con respecto al robo y su agravante el uso de la violencia.

En el artículo 287 de esa normatividad se clasifica como robo a la acción de apoderarse de todo un bien ajeno sin derecho y sin consentimiento de la persona que disponga de  el conforme a la Ley. 

Aclara que el robo estará consumando desde el momento en el que el ladrón tiene en su poder ese bien, aún y cuando este después se deshaga, lo abandone o lo  desapoderen de el.

En este caso los funcionarios encabezados por el secretario del Ayuntamiento de Santiago Tianguistenco se robaron el celular del abogado y un fajo de billetes que el afectado aseguran alcanza la suma de 30 mil pesos.

En el artículo 289 del mismo código se dice que el robo con violencia puede alcanzar una pena entre los 3 y 8 años de prisión.

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