¿Cómo se tramita la Modalidad 40 del IMSS y qué documentos se necesitan? Esto te interesa
A través de este trámite, una persona trabajadora podrá continuar con contribuciones voluntarias a su pensión
José Andrés VelázquezLa Modalidad 40 del IMSS, también conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, es una alternativa que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a las y los trabajadores que desean seguir cotizando y aumentando sus semanas de aportación.
Esto es viable incluso después de haber dejado de trabajar en una empresa o haber sido dados de baja, lo que permite mejorar el monto de su futura pensión.
¿Quiénes pueden acceder a la Modalidad 40 y cómo tramitarla?
Para acceder a la Modalidad 40, es necesario ser mayor de 18 años y tener una actividad económica por cuenta propia o estar prestando servicios profesionales de manera independiente. También es necesario contar con un número de seguridad social o tramitarlo en caso de no tenerlo.
El trámite para inscribirse en la Modalidad 40 se puede realizar de dos maneras:
En línea:
Realiza tu trámite en línea aquí.
- Ingresa al portal IMSS y busca el trámite de “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”
- Captura tu CURP y un correo electrónico válido.
Presencial:
- Presenta en ventanilla en la Subdelegación de lunes a viernes en días hábiles en el IMSS de 8:00 a 15:30 horas, escrito libre con tu solicitud de inscripción y firma autógrafa, así como documentos requeridos.
- Realiza el pago correspondiente.
- Una vez que se realice el pago en las entidades bancarias o en línea, por sistema se registra el pago.
Documentos requeridos:
Para realizar el trámite en línea deberás tener a la mano:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
En la Subdelegación:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
- Identificación oficial vigente. Original y copia.
- Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital.
- Original y copia.
- Comprobante de domicilio. Original y copia.