Debido a los elevados niveles de violencia que padece el país, empresas y ciudadanía dependen cada día más de la seguridad privada, pero a la par, también existen compañías irregulares que podrían servir a las filas del crimen organizado.
Debido a esta situación, desde mayo del 2021, se reformó la Constitución para facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Seguridad Privada y establecer las reglas y la autoridad para autorizar y regular a los prestadores de este tipo de servicios en el territorio nacional.
El plazo publicado en el Diario Oficial de la Federación para emitir dicha ley fue de 180 días, por lo que prestadores de estos servicios, especialistas y legisladores urgen que en el siguiente periodo ordinario de sesiones el Legislativo federal vea como prioridad la Ley General de Seguridad Privada.
El artículo 7 constitucional habla sobre las facultades del Congreso de la Unión y en la reforma del 2021 se agregó el XXIII Bis. Para expedir la Ley General en Materia de Seguridad Privada.
La ley también servirá para que un ente de Gobierno coordine y supervise a las policías complementarias en el país.
Pero el avance más importante que deberá de tener dicha legislación es la homologación y la actualización de la Ley Federal de Seguridad Privada—que data del 2006— con los 32 ordenamientos locales que existen en cada entidad del país.
“Guaruras sin control” de @julio_ramga. Piden regulación para compañías de seguridad privada https://t.co/6VGU26JnRQ pic.twitter.com/Bg0Az3QOIR
— Reporte Índigo (@Reporte_Indigo) April 6, 2016
‘Cerrar la puerta’
Sobre la creación de esta ley, el subsecretario de Seguridad Pública federal, Ricardo Mejía, espera que en este periodo legislativo el Congreso la tome en sus manos y pueda aprobarla lo antes posible, además adelantó que la misma ya está casi lista.
“Ahora que se acerque el periodo legislativo es la oportunidad de aprobarla, es una ley que deriva de una reforma constitucional para poder establecer las competencias de los estados y la federación. Actualmente hay lagunas jurídicas que impiden que haya control para estas instituciones.
Mejía Berdeja señaló que la ley servirá para cerrar la puerta a la mala utilización de las empresas de seguridad privada, evitando que haya un doble registro de la mismas, como la que estuvo involucrada en los hechos violentos del estadio Corregidora en Querétaro.
“Ayudará a evitar que no haya un doble registro federal y estatal que deriva en los problemas que se han generado en algunos lugares con registros estatales, como en el estadio de futbol que menciono, porque ahí fue una empresa estatal, y así podríamos sacar otros ejemplos”.
Versiones periodísticas revelaron que el Grupo de Seguridad de Élite K9, empresa responsable de la seguridad del Estadio Corregidora en donde el pasado 5 de marzo 26 personas resultaron lesionadas por una riña, no se encuentra registrada en el Registro Federal de Comercio ni en el Padrón Estatal de Prestadores de Servicio de Seguridad Privada de Querétaro.
La empresa propiedad de Susana Pantoja Luna, Martín Espinosa Uribe e Isabel Pantoja, sólo se encontraba registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Recomendación de la ONU para seguridad privada
Desde el 2014 la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés), publicó el manual “Regulación por el Estado de los servicios de seguridad privada civil y contribución de esos servicios a la prevención del delito y la seguridad de la comunidad”, en el que recomienda a los gobiernos para regular a estas empresas un mecanismo de concesión de licencias a los agentes y a los proveedores de estos servicios. Algo que no se ha homologado en el país.
“Según las mejores prácticas aceptadas es aconsejable aplicar el régimen de licencias a ambos, de modo que sea posible elevar el nivel de exigencia tanto entre las empresas como entre los titulares individuales de licencias. Los agentes y los proveedores deberían estar obligados también a cumplir con el código de conducta apropiado como requisito indispensable para la obtención de la licencia.
“Es esencial impartir la capacitación apropiada al personal de seguridad privada civil a fin de mejorar la calidad de esos servicios. Por consiguiente, los Estados deberán asegurarse de que se establezcan normas apropiadas de capacitación para el sector y considerar cómo han de elaborarse y aplicarse esas normas: si ha de ser responsabilidad de entidades estatales o de órganos de seguridad privada civil sujetos a los debidos controles reglamentarios”, dice la ONU al respecto.
Además, para evitar la corrupción en los servicios de seguridad privada, el organismo internacional recomienda a todos los países miembros establecer leyes que vayan en comunión con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
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