El Congreso del Estado de Baja California aprobó una reforma a su código civil que permitirá a menores de edad, bajo el acompañamiento de sus padres o tutores, cambiar la asignación de sexo-género en sus actas de nacimiento.
Esta reforma no promueve tratamientos médicos, hormonales o quirúrgicos, sino que busca reconocer la autopercepción de la persona para el libre desarrollo de su personalidad.
El principal objetivo de esta reforma es reconocer un derecho sin imponer la obligación de un cambio de identidad de género. La pretensión legislativa es dar cumplimiento a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que favorece a las infancias y juventudes trans.
La propuesta fue presentada como una iniciativa ciudadana con el objetivo de combatir las violencias que enfrentan las personas trans desde una edad muy temprana.
La reforma establece que el procedimiento deberá ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz, basado sustancialmente en el consentimiento libre e informado del menor. No se alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas previamente contraídas ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia.
Este derecho era sólo para mayores de edad
Previamente, el artículo 134 BIS, segundo párrafo, inciso b), del Código de Baja California, condicionaba el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género a que la persona tuviera al menos 18 años cumplidos.
Sin embargo, tras el trabajo legislativo y las mesas deliberativas realizadas por la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes con representantes de la comunidad LGBT y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se dictaminó la iniciativa.
Con esta aprobación, Baja California se suma a los estados de Sinaloa, Jalisco, Oaxaca, Ciudad de México y Morelos, que ya han aprobado reformas similares.