Autonomía de los poderes judiciales en vilo

La mayoría de los poderes judiciales estatales del país no cuentan con ninguna “garantía presupuestal” en sus legislaciones que les asegure un financiamiento estable y sin sobresaltos; son 18 los poderes Judiciales que enfrentan esa condición, lo que socava su autonomía frente a los poderes Ejecutivo y Legislativo, según lo advierte la organización México Evalúa
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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Más de la mitad de los poderes judiciales estatales del país carecen de una “garantía presupuestal” en sus legislaciones que los proteja de recortes sobre su financiamiento, lo que vulnera su autonomía y los coloca en desventaja frente a los otros poderes públicos: el Ejecutivo y el Legislativo.

El hallazgo se encuentra en el estudio “Independencia y Buen Gobierno de los poderes judiciales”, que elaboró este 2021 la organización México Evalúa, y donde se analiza el marco legal, diseño y operación de los Consejos de la Judicatura existentes en las entidades federativas del país.

Al respecto, señala: “La administración de los recursos de cualquier institución pública depende, ante todo, del presupuesto que se le asigna. En muchos ámbitos, quien tiene la facultad de decidir sobre los recursos financieros de una institución tiene un gran poder sobre ella. Por ello, en todo el mundo se han desarrollado ciertas garantías orientadas a proteger los recursos económicos de los poderes judiciales y, consecuentemente, su independencia judicial”.

El método más extendido en el país para intentar “garantizar un presupuesto mínimo a los poderes judiciales”, señala el estudio, es la inclusión en la legislación de una “disposición que obliga a los poderes Ejecutivo y Legislativo a otorgar un presupuesto no menor al del año anterior para el Judicial”.

Sin embargo, en la mayor parte de los estados no existe ningún “candado” presupuestal que les asegure a sus poderes judiciales un financiamiento estable y sin sobresaltos

“De los 33 poderes judiciales en México, 18 locales y el federal no cuentan con una garantía presupuestal ni en su constitución ni en su Ley Orgánica, mientras que las constituciones de 11 estados sí la contemplan, como también lo hacen Chihuahua, Colima y Querétaro en su Ley Orgánica del Poder Judicial”.

Y detalla: “En ocho estados el tipo de garantía presupuestal prevista es la no disminución del monto asignado el año anterior. En dos se estipula el porcentaje mínimo, y en cuatro se establecen ambos tipos de garantías”.

Los 14 estados que sí cuentan con algún tipo de salvaguarda presupuestal para sus poderes judiciales, ya sea en la Constitución local o en la Ley Orgánica respectiva, son estos: Baja California, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán, Chihuahua, Colima y Querétaro.

Mientras que los 18 estados que presentan esta omisión legislativa, en demérito de la autonomía de sus poderes judiciales, son: Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chiapas, Durango, CDMX, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, y Zacatecas.

El estudio recuerda que una de las recomendaciones contenidas en el Informe de la Relatora Especial Sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados de la ONU, de 2011, es precisamente:

Que se generalicen las disposiciones normativas que plantean que un porcentaje no inferior al 2% de los presupuestos federal y estatal tiene que ser asignado cada año a los poderes judiciales
Estudio de México Evalúa

Presión salarial a poderes judiciales

El documento analiza otro elemento administrativo que, de igual forma, puede ser utilizado como una medida de presión sobre los poderes judiciales de los estados: la determinación y/o modificación de los salarios del personal judicial:

“Precisamente con el fin de garantizar la independencia judicial, la Constitución federal prohíbe la reducción de salarios o remuneraciones de los más altos funcionarios judiciales, principalmente magistrados y jueces, durante su encargo, tanto a nivel federal (artículo 94) como local (artículo 116)”.

21
constituciones estatales consideran la prohibición de reducir los sueldos de magistrados y jueces

En este caso, la mayor parte de los estados sí cuentan con dicha garantía en sus legislaciones: “21 constituciones estatales contemplan la prohibición de reducir los sueldos de magistrados y jueces, y de éstas, 10 la prevén también respecto a los integrantes del Consejo de la Judicatura y en ninguno de los dos supuestos existe protección en la Constitución federal”.

Esas 21 constituciones que sí contienen el “candado” salarial para los magistrados y jueces, son Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, CDMX, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas.

En consecuencia, hay 11 entidades cuyo personal judicial no tiene ninguna salvaguarda sobre sus remuneraciones, socavando así su autonomía, a saber: Aguascalientes, Guanajuato, Jalisco, México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala y Veracruz.

Tensión judicial

Durante este 2021 las tensiones entre el Poder Judicial de la Federación y el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se han incrementado luego de las suspensiones judiciales que se han emitido contra dos reformas legales impulsadas por el Ejecutivo: la de la Ley de la Industria Eléctrica y la de la Ley de Hidrocarburos.

En la presentación del estudio de México Evalúa, se señala que este documento “ve la luz (…) en un momento clave para el país, cuando la independencia judicial pende de un delgado hilo y más que nunca es necesario protegerla”.

El 15 de marzo de 2021, cuando el presidente anunció que le había solicitado al Consejo de la Judicatura Federal una investigación contra el juez Juan Pablo Gómez Fierro, por las suspensiones que había emitido, señaló:

11
entidades cuyo personal judicial carece de salvaguarda sobre sus remuneraciones

“Desde luego, se respeta el derecho de amparo, se respeta la autonomía de jueces, magistrados, ministros del Poder Judicial, se respeta la libertad de los ciudadanos, se respeta la libertad de expresión, de manifestación de las ideas, se respeta la libertad de asociación, se garantiza el derecho a disentir; pero, al mismo tiempo, nosotros vamos a ejercer nuestras facultades a plenitud y a defender el interés general, porque estos grupos sólo se orientan a defender el interés de particulares, sobre todo de empresas que han lucrado durante años con el presupuesto público y se han quedado con bienes del pueblo y de la nación”, manifestó el mandatario federal en una de sus conferencias mañaneras en Palacio Nacional.

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