En México los ataques con ácido no están considerados como un delito en el Código Penal Federal.
Dicen que lo que no se nombra no existe. La mañana del 20 de febrero de 2014, la expareja de Carmen Sánchez llegó a lo que era su casa en Ixtapaluca, Estado de México. Los dos discutieron 20 minutos. Él, un taxista 17 años más grande, le pidió otra oportunidad y ella se negó. Entonces Efrén, el padre de sus hijas, sacó de su chamarra una botella de ácido y le aventó el químico en el rostro y cuerpo.
Las quemaduras de tercer grado la dejaron casi ocho meses hospitalizada a pesar de que personal ministerial dictaminó que las lesiones no ponían en riesgo su vida ya que según la autoridad tardarían 15 días en sanar. A la fecha lleva 57 cirugías.
Tras su experiencia, Carmen pasó de ser una víctima a una activista por los derechos de las mujeres. Ahora exige justicia para ella y para quienes han sufrido este tipo de violencia. A seis años de su agresión, ha logrado formar una red de contactos en diversos estados de la República y ahora imparte una conferencia en el Museo Memoria y Tolerancia titulada “Ataques con ácido en México: entre el machismo y la impunidad”.
Al día de hoy Sánchez ha documentado 13 casos de mujeres agredidas en ataques con ácido, incluyéndose.
El primero ocurrió en 2010, seguido de uno en 2012, luego el suyo en 2014 y otro en 2015. De 2016 no tiene ningún registro, a diferencia de 2017, donde hubo un ataque; en 2018 la cantidad anual aumentó a cinco y 2019 concluyó con tres.
El más reciente fue el 9 de septiembre del año pasado. A María Elena Ríos Ortiz, saxofonista de Huajuapan, Oaxaca, un hombre le roció un bote de ácido mientras estaba en su casa.
El presunto autor intelectual es Juan Antonio Vera Carrizal, un exdiputado local del PRI, más de 20 años mayor, con quien tenía una relación y quien la amenazaba cada vez que ella intentaba terminarla.
“Ese es el conocimiento que tenemos. Pero yo estoy segura, puedo, con toda la certeza, decir que hay más mujeres atacadas con ácido dentro del país (…) Hablo de estos 13 casos porque me autorizaron hablarlos, no puedo mencionar algunos otros”, dice. El miedo a represalias o al rechazo de la sociedad impide romper el silencio.
Como Carmen y María Elena, Esmeralda Millán también fue agredida por su expareja. El 2 de diciembre de 2018 cuatro hombres la acorralaron mientras caminaba con su mamá en Cuautlancingo, Puebla. Fidel, padre de sus dos hijos, le lanzó la sustancia corrosiva cuando la tuvo enfrente, incluso resultó salpicado.
El sexo, la edad y la relación con el victimario son algunos indicadores para que los ataques con ácido sean considerados como violencia de género. Mientras que un Estado que no previene, no investiga, no castiga y no repara refleja la impunidad institucional.
“Son hombres que deciden quemarnos cuando ellos se ven rechazados, cuando la mujer les dice que ya no más”, menciona la activista.
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Ataques con ácido, premeditados a mujeres
La organización Acid Survivors Trust International (ASTI), la cual busca que los sobrevivientes de estos ataques puedan vivir con dignidad y sin miedo, refiere que la violencia con ácido es un fenómeno mundial que no distingue países pero sí sexo.
Tiene su sede en Reino Unido y tras su fundación en 2002, comenzó sus labores en Bangladesh, Cambodia, India, Nepal, Pakistán, Uganda y recientemente en Colombia.
Desde luego, existen los ataques hacia hombres pero mujeres y niñas resultan afectadas de forma desproporcionada. Datos de ASTI indican que cada año en el mundo se cometen al menos mil 500 agresiones con ácido hacia mujeres y más del 80 por ciento de los ataques van dirigidos hacia su rostro.
En el caso de México, de acuerdo con la información que Carmen Sánchez proporcionó a Reporte Índigo, 85 por ciento de las víctimas de la llamada violencia ácida son mujeres. Mientras que el 79 por ciento de los agresores son hombres.
Además, ASTI enfatiza en que el uso del ácido como arma es un tipo de violencia premeditada. En México sólo se trata de una agravante para la clasificación del delito expresada en el artículo 315 del Código Penal Federal. En éste, el concepto sustancia nociva para la salud se emplea sin especificaciones sobre este compuesto químico.
“Hay premeditación: siempre que se cause intencionalmente una lesión después de haber reflexionado sobre el delito que se va a cometer”, menciona el artículo 315.
Con base en la sistematización que realizó Carmen Sánchez se puede inferir que las mujeres jóvenes son las más vulnerables.
Ella tenía 29 años, Esmeralda 23 y María Elena 26. De las 13 víctimas de violencia ácida, hay dos de entre 15 y 19 años; tres de 20 a 25; seis en un rango de edad entre los 26 a 30 años y dos más de entre 41 y 60.
“El 8 de marzo de 2017, el Día Internacional de la Mujer, fui víctima de un ataque con ácido mientras trabajaba. Nunca imaginé que hubiera un dolor físico tan grande y que el cuerpo humano pudiera soportarlo. Tengo tres hijas, yo fui un daño colateral de un agresor que buscaba matar o al menos destruir la vida de una de ellas. Si le tenía que tocar a ella, qué bueno que me tocó a mí”, narra Martha Ávila.
La mujer mexiquense de 60 años de edad afirma que el victimario fue un hombre argentino, exesposo de su hija. Actualmente está en la cárcel, su sentencia fue de ocho años y cuatro meses.
“No puedo imaginar lo que viven mis compañeras si están libres sus agresores, si yo día a día cuento lo que falta para que salga”, lamenta.
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Sin delitos ni sentencias
Tres de las 13 víctimas a las que investigó Carmen Sánchez fueron torturadas con ácido antes de ser asesinadas. Pero a diferencia de los feminicidios, los ataques con sustancias corrosivas no están contemplados en el Código Penal Federal.
La capital del país es la primera de 32 entidades en castigar este delito. La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, publicó un decreto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de enero de 2020 con el que se reformaron los artículos 130 y 131 del Código Penal local.
De esta forma habrá de seis a ocho años de prisión para los daños que pongan en peligro la vida y produzcan la pérdida de un órgano, un miembro o causen una deformidad.
Las penas se incrementarán en una mitad para quien atente contra una persona consanguínea, con la que haya existido alguna relación, haya antecedentes de amenazas y cuando las lesiones sean degradantes o empleen ácidos, sustancias corrosivas o inflamables.
Como activista por los derechos de las mujeres, Carmen Sánchez fue la principal impulsora de la iniciativa que propuso la diputada local del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Alessandra Rojo de la Vega Píccolo, para castigar con penas de 7 a 14 años de cárcel la violencia ácida.
La congresista envió más de 500 cartas a las diputadas de los Congresos locales para que repliquen la iniciativa que tipifica como delito los ataques con químicos en contra de las mujeres. Ha informado que son 20 órganos legislativos los que ya están discutiendo estas reformas.
En marzo, el senador del PRI, Eruviel Ávila, propuso una iniciativa de reforma a los artículos 290, 291 y 292 del Código Penal Federal. A la fecha está pendiente en las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
La propuesta tiene tres objetivos: el endurecimiento de las penas contra los agresores, la atención integral a las víctimas y la regulación de la distribución de los ácidos que se utilizan para cometer estos delitos.
Si el crimen deja una cicatriz en la cara serán de cinco a siete años de prisión. En caso de que la víctima sea mujer, la pena será de siete a 10 años de cárcel.
La red de mujeres que han sido atacadas con ácido planea realizar un bazar para solventar sus gastos. Para ello, reciben donaciones en especie o mediante transferencia a la tarjeta 4766 8415 4310 2597.
Una lesión en cualquier órgano o que limite el uso de las facultades mentales, implicará de siete a 10 años de prisión. Si la víctima es mujer, la pena será de 10 a 15 años. Si hay una incapacidad permanente para trabajar, habrá de 10 a 15 años de cárcel. Si se trata de una persona del sexo femenino, la pena será de 15 a 20 años de prisión.
Con respecto a las condiciones de venta, compra, almacenamiento, transporte, embalaje, y uso de ácidos, las autoridades administrativas deberán registrar la ubicación de los vendedores y distribuidores de ácido, quienes estarán obligados guardar toda la información relacionada con compras y clientes. Por cierto, los compradores deben tener al menos 18 años de edad.
El segundo artículo transitorio establece que se revisen los protocolos de atención a las víctimas y se tenga un registro.
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Lucha por la atención integral
En el caso de Carmen Sánchez se acreditaron violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia, en su modalidad de procuración, a una vida libre de violencia y la vulneración del interés superior de la niñez de sus dos hijas menores de edad.
Incluso la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 85/2019 al fiscal General de Justicia del Estado de México, Alejandro Jaime Gómez Sánchez.
“La CNDH recomienda al Fiscal General de Justicia reparar integralmente el daño a las víctimas, brindarles atención médica, psicológica o psiquiátrica e inscribirlas en el Registro Estatal de Víctimas; ejecutar la orden de aprehensión contra la persona responsable y colaborar en la queja que presente ante la Visitadora General de esa Fiscalía contra las 12 personas servidoras públicas responsables, anexando copia de la presente Recomendación a sus expedientes laborales”, menciona el documento.
La organización internacional de sobrevivientes de violencia ácida informa que la mayoría de los países en desarrollo no tienen un sistema para registrar y monitorear las lesiones por quemaduras con este tipo de químicos.
Además, si hay recursos, la ASTI sostiene que generalmente se destinan a las zonas urbanas y en menor medida a las áreas rurales. Y el problema de los ataques con ácido no necesariamente es en la capital, sino en estados de la República o en la periferia, lo que implica un traslado de las víctimas.
“A veces el sector salud no tiene la infraestructura para darles acompañamiento o cirugías y tiene que enviarlas a hospitales con mayores instrumentos”, acota Saamar.
Si no hay registro o monitoreo, mucho menos hay prevención. Tres de las víctimas habían interpuesto al menos una denuncia antes de la agresión. Carmen Sánchez, por ejemplo, lo hizo tres veces: una por delito sexual, otra por sustracción de menor y una más por violencia familiar pero no fueron tomadas en cuenta.
Su agresor Efrén García Ramírez está libre. El Ministerio Público no clasificó el delito como grave, aun cuando existían elementos para acreditar que la violencia había sido realizada por un hombre que era su pareja.
“¿Tú crees que el hecho de que el agresor de la saxofonista María Elena Ríos no esté detenido sea por el poder que tiene? El mío no tiene ningún poder y no está detenido”, reclama Carmen Sánchez.
En efecto, su victimario no es el único que está prófugo, pues en 64 por ciento de los casos no hay sentencia, lo que aumenta la vulnerabilidad de las víctimas.
“Cuando yo salí del hospital, regresé a la misma casa donde me agredieron con mis hijas y con mi familia. Las autoridades no me brindaron las medidas de protección y durante cinco años recibí amenazas”, lamenta.
Además de la seguridad, la reparación integral del daño debería implicar la atención médica y psicológica. Ésta última, fue proporcionada a Carmen cinco años después del ataque con ácido y sólo durante tres meses.
“Siete de las víctimas obtuvimos el servicio gratuito. Pero algunas teníamos el IMSS, otras el ISSSTE y otras el sector salud pero no tuvimos el mismo rendimiento”, precisa.