Candados para impuestos

Aescasas horas del receso decembrino que tomarán los diputados, la Asamblea Constituyente entró a la recta final en la que tendrá que desahogar 22 sesiones para aprobar todo el articulado y estar en condiciones de hacer la declaración de la Constitución de la Ciudad de México el próximo 31 de enero.

Ese es el escenario ideal, sin embargo, los Constituyentes hablan de un profundo rezago en la discusión, lo que podría atorar la declaración de la Carta Magna, fundamentalmente cuando se presente el debate de los temas álgidos.

Icela Lagunas Icela Lagunas Publicado el
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El documento permite que el gobierno pueda adquirir contratos multianuales de gasto en los términos de la legislación aplicable en la materia

Aescasas horas del receso decembrino que tomarán los diputados, la Asamblea Constituyente entró a la recta final en la que tendrá que desahogar 22 sesiones para aprobar todo el articulado y estar en condiciones de hacer la declaración de la Constitución de la Ciudad de México el próximo 31 de enero.

Ese es el escenario ideal, sin embargo, los Constituyentes hablan de un profundo rezago en la discusión, lo que podría atorar la declaración de la Carta Magna, fundamentalmente cuando se presente el debate de los temas álgidos.

Apenas ayer terminó de sesionar la primera comisión, la de Principios Generales que encabeza el priista Enrique Jackson, con la aprobación del artículo 26 de la Constitución local con 75 votos a favor, 10 en contra, 5 abstenciones y 15 reservas al dictamen.

El artículo 26 de la Comisión de Principios Generales aborda la Hacienda Pública, en la que puntualiza que la hacienda de la Ciudad se organizará conforme a criterios de unidad presupuestaria y financiera.

“La recaudación y administración de los recursos quedará a cargo de las autoridades fiscales de la Ciudad en los términos que establezca la ley, sin menoscabo de los convenios de colaboración en materia fiscal que puedan suscribir las alcaldías con el Gobierno de la Ciudad”.

El pleno aprobó ayer una reserva en la que se pone un candado al Gobierno capitalino respecto a la facultades que tendrá para el cobro de impuestos y contribuciones.

El objetivo: evitar que el jefe de Gobierno en turno o las autoridades locales, como la Tesorería, puedan imponer contribuciones que no estén aprobadas por la Constitución Federal o en las leyes locales.

Nada de inventos

El perredista Humberto Lozano fue el autor de dicha reserva, que desde su punto de vista impide que sobre la marcha se “inventen” nuevas contribuciones a los capitalinos.

“La Ciudad de México podrá establecer contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan como base el cambio de valor de los inmuebles y las derivadas de las prestación de servicios públicos a su cargo”.

Con la modificación, la redacción aprobada fue: “La Ciudad podrá establecer contribuciones de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación local y federal correspondiente”.

Dice el documento que el Gobierno capitalino, conforme a la ley de la materia, podrá contraer deuda pública para destinarla a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura, mismas que deberán realizarse bajo las mejores condiciones del mercado, no obstante, no podrá utilizarse para cubrir gasto corriente o de operación.

En el tema de ingresos, el documento aprobado detalla que la hacienda pública de la capital se conforma por las contribuciones, productos y aprovechamientos que el Congreso local establezca, el financiamiento aprobado por el Congreso de la Unión, así como de las participaciones, aportaciones, transferencias y otros ingresos de origen fe deral por cualquier concepto.

“En la planeación de las finanzas públicas de la Ciudad se considerarán los recursos que determine la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como las bases que la misma establezca para su ejercicio a fin de apoyar a la Ciudad de México en su carácter de CAPITAL de los Estados Unidos Mexicanos”.

Mientras que en el rubro de Egresos especifica que ninguna autoridad podrá contraer contratos u obligaciones que impliquen erogaciones no comprendidas en sus presupuesto, salvo la aprobación de la autoridad competente con base en el procedimiento que la ley determine.

En ese punto, el panista Santiago Creel ingresó una reserva en la que plantea la siguiente modificación: “Ninguna autoridad podrá contraer obligaciones que impliquen erogaciones no comprendidas en sus presupuesto o determinado por ley posterior”.

No obstante dicha reserva del panista, el documento permite que el gobierno pueda contraer contratos multianuales de gasto en los términos de la legislación aplicable en la materia, los cuales se deriven de contratos de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios.

Dinero para las Alcaldías

El tema de Hacienda rebotó a las Alcaldías y de cómo estas deberán manejar sus recursos.

Es el Gobierno de la Ciudad de México el que transferirá los recursos a las Alcaldías con oportunidad y mediante calendarios públicos de ministración, lo que de acuerdo con la Ley le corresponda.

Los ingresos de las Alcaldías estarán sujetos a las previsiones de ingresos de la Hacienda Pública de la Ciudad de México y contarán con participaciones, aportaciones y demás recursos de procedencia federal de conformidad con la leyes en la materia.

Del presupuesto que el Congreso local les autorice en el correspondiente decreto de presupuestos de Egresos, cada una de las Alcaldías deberá destinar al menos el 22 por ciento a proyectos de inver sión en infraestructura, equipamiento urbano y servicios públicos en todas las colonias, pueblos, barrios originarios y comunidades indígenas de su demarcación.

Será la Auditoría Superior de la Ciudad de México la que fiscalizará que las Alcaldías cumplan, y en ningún caso, contraigan directa o indirectamente obligaciones o empréstitos.

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