El objetivo es tener una política pública y un plan de infraestructura para la captación de agua pluvial, el aprovechamiento de aguas grises. Foto: Especial

Aplicarán por ley de cultura hídrica en CDMX

La iniciativa pretende fortalecer la cultura del cuidado del agua en la ciudadanía, y realizar estudios sobre las cuencas hidrográficas, diseño de materiales y nuevas tecnologías de gestión integral, así como planear estrategias para la reducción de la demanda y planeación urbana sustentable

El Gobierno de la Ciudad de México presentó una iniciativa para convertir en política pública, la captación de agua de lluvia.

Martí Batres, jefe de Gobierno de la Ciudad de México, mencionó que la capital es “una paradoja” en cada temporada de lluvias, por los enormes anegamientos en algunas zonas, al mismo tiempo que falta el vital líquido. “Al inicio de la temporada de lluvias de este año se registró anegamiento en La Colmena, en Iztapalapa, que es una zona donde escasea el agua”.

Ante esto y en el contexto de que la capital no está recibiendo el mismo número de metros cúbicos de agua por segundo del Sistema del Cutzamala, se presentará ante el Congreso local dicha iniciativa.

Sobre el contenido del documento, la secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTEI), Ofelia Angulo Guerrero,  informó que la iniciativa tiene un respaldo y fuerte sustento académico-científico.

Angulo Guerrero mencionó que la Constitución Política de la Ciudad de México es una carta de derechos ciudadanos de avanzada, que contempla dentro del artículo 9, denominado “Ciudad Solidaria”, del que se buscan reformar seis apartados y adicionar uno nuevo; y reformar al artículo 16, estableciendo modificaciones para mejorar la calidad de la vivienda, el aprovechamiento del agua, la utilización de materiales para cambiar sustancialmente el manejo del agua pluvial y el agua tratada, así como para establecer la reutilización de manera obligatoria.

La propuesta incluye, número uno, reformar el numeral dos, apartado “E” del artículo 9. Para que dentro del derecho a la vivienda se considere el contar con instalaciones para el aprovechamiento del agua pluvial y para su reutilización.

Número dos. Reformar el apartado “F”, del mismo artículo 9. Para que el gobierno lleve a cabo el diseño e implementación de políticas públicas para el manejo del agua y su saneamiento, considerando, por supuesto, incentivar la captación de agua de lluvia con mecanismos de captación, tratamiento, disposición y uso de aguas servidas.

También, busca contar con instrumentos que regulen el uso de sistemas para infiltrar el agua al manto freático, establecer programas para el ahorro, aprovechamiento sustentable, reducir el uso de químicos y materiales contaminantes, así como promover el conocimiento de los beneficios en materia ambiental.

En otras palabras, se pretende fortalecer la cultura del cuidado del agua en la ciudadanía, y realizar estudios sobre las cuencas hidrográficas, diseño de materiales y nuevas tecnologías de gestión integral, así como planear estrategias para la reducción de la demanda y planeación urbana sustentable.

El nuevo numeral dentro de este apartado “F”, del mismo artículo 9, estipula el uso de materiales y diseños con infiltración de agua y recarga de mantos acuíferos en obra pública, en calles y avenidas, zanjas de infiltración, jardines de lluvia con el uso de materiales permeables; y trabajar en la transformación progresiva del diseño de la red de infraestructura hidráulica para abastecer a viviendas de líneas de agua tratada y potable, en función de los diversos usos en el hogar, considerando soluciones basadas en la naturaleza.

En lo que respecta al artículo 16, en su apartado “B”, que se relaciona con la gestión sustentable del agua como parte del ordenamiento territorial, se establece el reúso obligatorio de aguas grises.

Lo anterior, dijo, con el objetivo de tener una política pública y un plan de infraestructura para la captación de agua pluvial, el aprovechamiento de aguas grises, el uso de materiales favorables en construcción y rehabilitación de espacios públicos, como en la pavimentación para la captación y el aprovechamiento del agua pluvial, de las aguas grises y las aguas servidas con el fin de prevenir inundaciones y, si es el caso, para aprovecharlas en infiltraciones al manto freático.

También, se pretende tener un servicio público de agua con gestión basado en datos con sistemas de información automatizados en tiempo real, medidores inteligentes y dispositivos de detección de fugas para disminuir pérdidas de agua y hacer más eficiente su uso, sobre todo, en nuevos desarrollos residenciales y en obras, que por su magnitud, particularidades y actividades que desarrollen, estarán obligadas a tener mecanismos de captación de agua de lluvia y redes internas de doble tubería que permitan los usos potables y no potables.

Mientras que las actividades económicas estarán obligadas a garantizar el uso eficiente, responsable, sustentable y equitativo del agua, con sistemas para la captación de agua pluvial y tratamiento de aguas servidas para los servicios que no son considerados de acceso básico, vital para la ciudadanía.

Guerrero Angulo detalló que una vez que el Congreso de la Ciudad de México haya analizado, revisado y aprobado la reforma correspondiente, en los transitorios se establecerá que el Congreso contará con 180 días hábiles para expedir las leyes y reformas a las leyes secundarias que se requieran para la aplicación de la Reforma Constitucional.

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