Alcaldías: piezas faltantes
Los Ayuntamientos en Jalisco no quedaron obligados en la Ley a ensamblar sus propios Sistemas Municipales Anticorrupción
Luis HerreraLos municipios y sus administraciones constituyen el gran hueco del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco que recién comienza a ensamblarse, pese a tratarse de un nivel de gobierno altamente expuesto a los tratos ilegales entre funcionarios y particulares.
A diferenciade la legislación en esta materia que confeccionaron otras entidades del país, la de Jalisco eximió inexplicablemente a los municipios de la obligación de estructurar sus propios Sistemas Municipales Anticorrupción, por lo que hacerlo o no queda a su entera discreción.
En su Capítulo V sobre los Sistemas Municipales, de apenas un artículo, la Ley del Sistema Anticorrupción de Jalisco deja a los ayuntamientos en libertad de decidir si adoptan o no la nueva estructura operativa para prevenir y sancionar las corruptelas, y en la que son indispensables los ciudadanos.
Los municipios podrán integrar e implementar sistemas anticorrupción armonizados con los sistemas Estatal y Nacional Anticorrupción”, dice el Artículo 36, pero nunca establece alguna obligatoriedad para los ayuntamientos por crear y operar dichos Sistemas Municipales Anticorrupción.
Esta permisividad de la Ley local hacia los municipios contrasta fuertemente con lo que se hizo en otras entidades, como el Estado de México, cuya Ley del Sistema sí sujeta a los ayuntamientos y los obliga a poner en pie sus propios Sistemas Anticorrupción.
La Ley del Edomex no solo integró todo un Capítulo Décimo sobre los Sistemas Municipales Anticorrupción de 18 artículos, también previó un artículo octavo transitorio que fijó plazos de cumplimiento forzoso a los municipios para poner en marcha sus Sistemas, pues dice:
“Dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto -31 de mayo de 2017-, los Ayuntamientos del Estado deberán designar a los integrantes de la Comisión de Selección Municipal”, misma que “ nombrará a los Integrantes del Comité de Participación Ciudadana Municipal”.
Luego indica que el Comité Coordinador Municipal que encabeza todo el Sistema, “se instalará en un plazo no mayor a sesenta días naturales posteriores a que se haya integrado en su totalidad el Comité de Participación Ciudadana Municipal”.
Propuestas ignoradas
La poca relevancia se le concedió desde un inicio a los municipios en el Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco, y la omisión de sujetarlos por ley a la creación de sus propios Sistemas, ha causado que las iniciativas municipales porsumarse al modelo sean pocas y estén desarticuladas.
Guadalajara, junto a otros municipios conurbados, por ejemplo, buscó diseñar en 2017 un modelo de Sistema Municipal Anticorrupción exportable a cualquier alcaldía, e incluso un esquema que posibilitara también su ensamblaje como estructura metropolitana.
“Los Ayuntamientos del Área Metropolitana de Guadalajara comenzaron un proceso de diseño para un modelo de Sistema Municipal Anticorrupción, el cual será enviado al Congreso del Estado (para integrarlo a la ley”, difundió el Municipio el 12 de julio de 2017.
Pero, en caso de que las propuestas de esa mesa intermunicipal fueran remitidas al Congreso, ahí fueron ignoradas completamente, como lo evidencia el apartado dedicado a los Sistemas Municipales que quedó en la Ley, con un único artículo, el 36, en cuyo punto 3 sólo dice:
“Los sistemas municipales tendrán atribuciones compatibles con las que esta ley otorga al Sistema Estatal Anticorrupción y a los órganos que lo conforman”.
En la Ley del Edomex, en cambio, se especifica que los Sistemas Municipales deberán replicar el modelo estatal, con un Comité Coordinador Municipal y otro de Participación Ciudadana (art. 62). El primero integrado por los titulares de Contraloría y Transparencia, y presidido por uno de los ciudadanos del Comité de Participación.
Cada municipio mexiquense, igual que lo debió hacer todo Congreso, quedó obligado a seleccionar a los ciudadanos de su Comité de Participación Ciudadana mediante la creación previa de una Comisión de Selección integrada por más ciudadanos.
Actualmente, en Guadalajara se está apostando porque su Consejo Municipal de Participación Ciudadana que encabeza Margarita Sierra, absorba y ejerza las facultades del Comité de Participación Social previsto en la Ley Anticorrupción.
En la iniciativa de Reglamento del Sistema Anticorrupción, del 23 de noviembre pasado, elaborada por la síndica Bárbara Casillas García y la regidora María Arias Bocanegra, se justifica así:
“Si con un Comité de Participación Social se busca una mayor vinculación y participación social en el combate la corrupción, se tiene que el Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Guadalajara es concurrente”.
Por ello resuelve “crear un sistema municipal anticorrupción articulado por ciudadanos a través de una instancia ya existente, el Consejo Municipal de Participación Ciudadana”.
Antecedentes
La falta de una Ley que obligue a los Municipios a instalar su propia estructura anticorrupción no es el único problema al que se ha enfrentado el nuevo Sistema Estatal Anticorrupción.
Apenas en enero fue instalado el Comité Coordinador después de semanas de estar trabado debido a que Gerardo de la Cruz, nombrado como el nuevo fiscal anticorrupción, no había podido tomar protesta. El evento fue aplaudido por los distintos poderes locales y las organizaciones que observaron el proceso.
Corrupción municipal
Un indicio de la corrupción municipal lo arroja el Estudio sobre la Percepción de la Corrupción 2017, del Consejo Económico y Social de Jalisco para el Desarrollo y la Competitividad (Cesjal), en el que el 96 por ciento de los entrevistados coincidieron en que el país tiene un problema en esta materia.
En el trámite municipal de solicitar un policía para que vigile un hogar o un negocio, el 12 por ciento de los que lo efectuaron tuvieron que dar mordida; en el trámite de licencia o permiso de suelo, el 11 por ciento de los que lo realizaron dieron mordida; y para pedirle al camión de la basura que se la lleve, el 11 por ciento de los que lo requirieron pagó dádiva.
En general, se estimó que los trámites municipales pueden generar tratos ilegales anuales por cerca de 16.2 millones de pesos.