Autoridades electorales impusieron la sanción económica por orden del Tribunal Electoral Federal. Foto: Facebook

Adrián de la Garza recibe multa de 35 mil pesos por promoción de tarjetas

El excandidato de la coalición "Va Fuerte por Nuevo León" se le impuso la sanción mínima por incurrir en la coacción del voto

El ex candidato a la gubernatura de Nuevo León, Adrián de la Garza Santos, fue multado por la cantidad de 35 mil 848 pesos, por la campaña de tarjetas en apoyo a la mujer.

El Tribunal Electoral Estatal impuso la sanción mínima al priista en acato a la orden que recibió de sancionar a la persona y no al partido político, tras una denuncia interpuesta en su contra.

Ahora Adrián de la Garza deberá desembolsar la cantidad, tras una nueva decisión que tomó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

¿Qué hizo Adrián?

Durante la campaña electoral hace dos años, el entonces candidato de Va Fuerte por Nuevo León entregó dos tarjetas llamadas “Por ti, mujer fuerte” y “Por ti en compañía“.

En los recorridos por calles y avenidas, Adrián de la Garza, entregó el plástico y explicaba a las personas los beneficios que tenían las tarjetas, en dado caso de ganar.

Según lo informado, se otorgaría un apoyo económico mensual para ayudar a las mujeres solteras y con hijos, así como también para las mujeres emprendedoras.

Lo denuncia Morena

Por la promoción de las tarjetas durante campaña, el partido de Morena presentó una denuncia ante las instancias correspondientes en contra de Adrián de la Garza.

El año pasado se interpuso una nueva denuncia contra el entonces candidato del PRI y PRD por la presunta coacción del voto al prometer el pago económico por medio de las dos tarjetas.

En la denuncia previa, el tribunal local resolvió solo sancionar de manera pública al PRI por el acto que incurrió de la Garza Santos, pero Morena impugnó.

Ordenan nueva sanción

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a las instancias locales imponer una sanción al político de manera individual al resolver que sí había incurrido en la coacción del voto.

“Por cuanto a la individualización de sanción la responsable deberá emitir una nueva resolución y establecer la sanción prevista en el art. 347, fracción VII del Código local, tomando en cuenta que los infractores actuaron bajo la idea de que la propaganda era lícita” dice un comunicado.

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