Acusan al PRI por discriminación
Ni los 15 años de militancia partidista ni el respaldo de organizaciones y movimientos indígenas en la Ciudad de México fueron suficientes para que Florentina Santiago Ruiz consiguiera un espacio en la lista del PRI para candidata a diputada en la Asamblea Constituyente.
La zapoteca, oriunda de Oaxaca, asegura que fue discriminada por la dirigencia del Partido Revolucionario Institucional, que le cerró las puertas para ocupar el espacio de representación indígena al que obliga el Instituto Nacional Electoral (INE) a todos los partidos políticos.
Icela LagunasNi los 15 años de militancia partidista ni el respaldo de organizaciones y movimientos indígenas en la Ciudad de México fueron suficientes para que Florentina Santiago Ruiz consiguiera un espacio en la lista del PRI para candidata a diputada en la Asamblea Constituyente.
La zapoteca, oriunda de Oaxaca, asegura que fue discriminada por la dirigencia del Partido Revolucionario Institucional, que le cerró las puertas para ocupar el espacio de representación indígena al que obliga el Instituto Nacional Electoral (INE) a todos los partidos políticos.
En cambio, acusa Florentina, el PRI inscribió a Filogonio Sánchez Alvarado y como suplente a Enrique Pérez Ruiz, dentro de las diez primeras fórmulas para cumplir con el acuerdo del consejo general del INE, sin lograr acreditar ambos que pertenecen a alguna comunidad indígena.
Está convencida que Enrique Pérez, el rubio que fue inscrito en la lista para la Constituyente no es un indígena y que pasó los filtros debido a que es un colaborador cercano al exdirigente del tricolor en la capital, Mauricio López, y de la actual presidenta, Mariana Moguel.
Las propias autoridades electorales lo advirtieron luego de que Florentina inició un proceso de inconformidad.
La misma Sala Superior señaló a través del expediente SUP-JDC-1246/2016 que la fórmula integrada por los ciudadanos Filogonio Sánchez y Enrique Pérez no acreditó el carácter de indígena.
Según ese acuerdo, el INE/CG52/2016 “los partidos políticos que pretendan registrar candidaturas deberán incluir en el primer bloque de diez, de las que propongan, al menos una de candidatos indígenas”.
En febrero, el PRI capitalino emitió la convocatoria del proceso interno para la integración de la lista de los candidatos por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente
Ordenan analizar pruebas
Con el interés de representar y plasmar las necesidades y problemas de los indígenas en la Carta Magna de la Ciudad de México, Florentina Santiago Ruiz y su compañera Beatriz Zenaida Estrada López, en su calidad de militantes indígenas del PRI, presentaron su solicitud de registro como propietaria y suplente, respectivamente, pero se declaró improcedente.
Ante los obstáculos de su partido, la mujer llevó su caso primero a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria donde presentó un recurso de inconformidad, y luego al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El 6 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral dictó sentencia y revocó la decisión del PRI, al que le ordenó de manera inmediata analizar las pruebas de las aspirantes e incluirlas en su lista de candidatos a diputados para la Asamblea Constituyente.
Pese a ello, el 8 de abril el PRI emitió un nuevo dictamen en el que declaró improcedente por segunda ocasión la solicitud de registro de Florentina y Zenaida, quienes promovieron un incidente de incumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal.
Para ese entonces, ambas habían presentado ante las autoridades electorales sus actas de nacimiento, credenciales para votar, constancia de estar al corriente en el pago de cuotas partidarias y un oficio de nombramiento como consejero de la Agrupación Lingüística Zapoteca.
“Esta Sala Superior consideró que tampoco obra en autos elemento alguno por el cual quedara acreditado el cumplimiento de inclusión de la cuota indígena a la que se ha hecho alusión… por lo anterior se consideró procedente revocar la resolución emitida por Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI”, consideró el documento del Tribunal Electoral.
Por lo anterior se consideraron fundados los planteamientos de las dos mujeres e incumplida la sentencia del juicio para la protección de los derechos políticos electorales, pues se advirtió que el PRI no efectuó valoración alguna de los documentos aportados por las denunciantes.
No acreditan respaldo
Pero el PRI no se cruzó de brazos: los dirigentes del tricolor alegaron entonces que la papelería presentada por Florentina y Zenaida, como constancia de pertenencia a la comunidad indígena zapoteca, no acreditaban el respaldo o apoyo de la comunidad.
El 5 de mayo, la discusión y decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral dio un vuelco.
En el caso específico de la impugnación a la postulación de Enrique Pérez Ruiz, quien acompaña como suplente a Filogonio Sánchez, como fórmula indígena, la Sala Superior consideró infundados los señalamientos de ambas mujeres que lo señalaron por sus características fisiológicas “persona rubia de piel blanca”.
“A juicio de esta Sala Superior, las afirmaciones hechas por las ahora actoras, así como los elementos de prueba con los que pretenden acreditar que Enrique Pérez Ruiz no tiene la calidad de indígenas, son suficientes, idóneas y pertinentes para desvirtuar tal calidad.
“Porque a partir del color de la piel y pigmento del cabello, no se puede aseverar que una persona no pertenezca a una comunidad indígena”, consideró la autoridad.
Luego en cambio, se valoró a favor de Enrique Pérez, que el pueblo de San Pedro Atocpan, delegación Milpa Alta, lo reconoció y respaldó “para que represente el sentir de los indígenas en el proceso de elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México”.
Pese a la resolución del Tribunal Electoral, Florentina está convencida de que todo fue armado por el PRI, su partido por 15 años.
“Los indígenas no les importamos a los partidos, para ejemplo, la forma en cómo me cerraron las puertas a mí”, concluye.
Sin importar si la expulsan, la zapoteca fue y denunció al PRI por discriminarla ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).