Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno de la Ciudad de México, anunció este viernes que las grúas utilizadas por la Subsecretaría de Control de Tránsito dejarán de tener la facultad de infraccionar a los capitalinos que violen el Reglamento de Tránsito.
Durante el reporte matutino que realiza todos los días desde que ocurrió el sismo del pasado 19 septiembre, Mancera Espinosa anunció dijo que las grúas se convertirán en un apoyo vial para los habitantes de la Ciudad.
“A partir de hoy las grúas en la Ciudad de México dejan de infraccionar, a partir de hoy queremos convertirla en apoyo vial, sólo será a petición de parte por si un vehículo está obstruyendo una entrada peatonal o de labores de la policía”, dijo.
“Es una nueva política pública. Queremos que apoyen a la ciudadanía, apoyo vial no infracciones, se terminan las infracciones en la Ciudad de México, se da por concluida esta historia de las grúas que infraccionan”, agregó.
¿Qué quiere decir esto?
Los vehículos que circulen en carriles exclusivos para el transporte público o en contraflujo serán remitidos al corralón; sin embargo, no podrán ser infraccionados por los oficiales que acompañen al conductor de la grúa.
Asimismo, se suprimirá el uso de grúas cuando las unidades se estacionen en lugares prohibidos, sin que ello exente a los conductores de las sanciones económicas y administrativas correspondientes.
La autoridad local determinó que los conductores que circulen sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo, o que teniendo la autorización no conduzcan con los faros delanteros encendidos y una señal luminosa de color ámbar serán remitidos a depósito.
Asimismo, abundó en un decreto publicado en la Gaceta Oficial, serán sancionados con una multa de 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
Violar el Reglamento de Tránsito sin corralón
El gobierno capitalino determinó suspender el uso de grúa o vehículo autorizado para que un vehículo sea remitido al depósito vehicular cuando esté estacionado en ciertas circunstancias y lugares.
De esta forma, se prescindirá de esta medida cuando una unidad se estacione sobre vías peatonales y primarias, en el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales, laterales o islas, o en los carriles exclusivos, confinados y/o prioritarios de transporte público.
Tampoco se aplicará el arrastre cuando la unidad esté estacionada en áreas de circulación, accesos y salidas de estaciones y terminales del transporte público colectivo, sitios de taxi, así como en zonas de ascenso y descenso de pasaje de transporte público.
La modificación decreta que ya no se usará grúa para mover las unidades detenidas frente a bancos, hidrantes para uso de los bomberos; entradas y salidas de vehículos de emergencia, de estacionamientos públicos y gasolineras, rampas o escuelas, en doble fila o en batería.
Sin embargo, se mantienen las infracciones por estas acciones, que van de una multa equivalente que va de cinco a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y la penalización en licencia de conducir de uno a seis puntos.
Tampoco se hará uso de grúa para los vehículos de transporte público, escolar y de personal que carguen combustible con pasajeros a bordo o lleven vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias.
De igual forma, se prescindirá de la utilización de grúas para movilizar a los vehículos para enseñanza que carezcan de un sistema de doble control de frenos, embragues y retrovisores, que permita al instructor controlar la unidad cuando sea necesario con absoluta independencia del aprendiz o no porte la leyenda “vehículo de enseñanza” en los costados y la parte posterior.