¡Tiempo de mujeres! Es verbo y no sustantivo
La doctora Claudia Sheinbaum Pardo, dio continuidad al proyecto de nación que inicio la Cuarta Transformación en nuestro país
Gabriela Jiménez GodoyLa primera presidenta, con “A”, de la República Mexicana, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, dio continuidad al proyecto de nación que inicio la Cuarta Transformación en nuestro país, con un paso más hacia los principios del Humanismo Mexicano, a través de la igualdad sustantiva, como primera iniciativa presentada como jefa del Ejecutivo, ante el Senado de la República el pasado 8 de octubre, siendo aprobada por unanimidad el 24 del mismo, y remitida a la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y, como ya se hizo, se aprobará por unanimidad, como en la colegisladora.
La reforma en rango constitucional modifica siete artículos: 4, 21, 41, 73, 116, 122 y 123, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Pero, ¿qué es la igualdad sustantiva? La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en su artículo 5, fracción V, define la igualdad sustantiva como: “el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
Bases legales por la igualdad entre hombres y mujeres
Y de acuerdo con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer: “los Estados parte no solo están obligados a sentar las bases legales para que exista igualdad formal entre mujeres y hombres; es necesario asegurar que haya igualdad de resultados o de facto: igualdad sustantiva”.
“Para alcanzarla, es necesario que las leyes y políticas garanticen que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres en todas las esferas de la vida, lo que implica que el Estado tiene la obligación de garantizar las condiciones para ello y de remover todos los obstáculos para que la igualdad se alcance en los hechos”.
Estos cambios normativos, además de ser un avance en el derecho internacional, pendientes desde hace décadas, han sido gracias a miles de mujeres que dieron su trabajo, su mérito y hasta su vida, por ver esta realidad.
Esta no es una reforma hecha desde el escritorio, esto se debe al trabajo de las mujeres que han acompañado la lucha de este movimiento, a las organizaciones que han acompañado la transformación progresiva, a las mujeres que de la mano de sus hijas les enseñaron a hacer democracia.
Pero… ¿y qué significa esta reforma para nosotras?
Incluye la perspectiva de género como obligación de las personas servidoras públicas y en general, a todas las personas como una herramienta para materializar la igualdad sustantiva y el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
Permitirá proteger eficazmente el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, especialmente en la procuración e impartición de justicia en los niveles federal, estatal y municipal.
Con el fin de enfocar los deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños, deberán prever que las instituciones de procuración de justicia cuenten con fiscalías de investigación de delitos por razones de género.
En avance material a la procuración de justicia, obliga a los congresos locales a armonizar el principio de perspectiva de género y respeto a los derechos humanos.
Incluye el principio de paridad de género para nombrar titulares en las secretarías de Estado a nivel federal y sus equivalentes, en las entidades federativas y hasta en los municipios.
Incorpora la perspectiva de género para identificar y abordar las desigualdades estructurales y asegurar que las políticas y programas beneficien equitativamente a todas las personas.
Incorpora el concepto de brecha salarial de género y propone establecer mecanismos de implementación para erradicarla, tanto en la iniciativa privada como para los trabajadores al servicio del Estado.
¿Y cómo será sustantivo?
El 30 de octubre nuestra presidenta envió la iniciativa que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la que el Instituto de las Mujeres, eleva el rango a Secretaria de las Mujeres, dotándola de un nivel más alto de interlocución entre los poderes para facilitar la integración, aplicación y supervisión de políticas públicas con perspectiva de género, prevención de la violencia y consolidación del Sistema de Cuidados, de manera transversal en los tres niveles de gobierno.
¡Este, sin duda, será el sexenio de las mujeres!!!