En el Congreso local no tienen prisa por nombrar a un gobernador interino debido a la licencia del mandatario estatal, Samuel García, para irse a la campaña presidencial.
Nos aseguran que la calma con la que se lleva este proceso se debe a la falta de políticos que quieran llevar las riendas del estado por seis meses, pero sobre todo por la falta de un perfil que respete acuerdos y pueda transitar con las bancadas del PAN y PRI.
La posibilidad de que sea el excandidato del PRI a la gubernatura, Adrián de la Garza, es mínima, pues perdería toda esperanza de ocupar el cargo de fiscal general, aunque en la bancada de Movimiento Ciudadano aseguraban que él sería el elegido.
El coordinador de la bancada del PAN, Carlos de la Fuente, sorprendió a todos cuando en su declaración abrió la puerta a una gobernadora o un gobernador interino.
Alejandra Sada, secretaria del PAN, podría ser una opción pues, sin duda, cuenta con experiencia política y podría dialogar con todos los grupos partidistas.
Navarro resiente el revés político
El secretario de Gobierno, Javier Navarro, sufrió un fuerte revés tras la resolución del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Javier Laynez, que establece que el Congreso deberá nombrar al mandatario interino.
Navarro se aferra a la suspensión definitiva que le otorgó el juez Séptimo de Distrito en Reynosa, Juan Fernando Alvarado, que lo coloca como encargado de despacho debido a la ausencia del gobernador Samuel García, aunque este criterio es revocable, por oficio o por el propio Congreso.
El artículo 154 de la Ley de Amparo señala que cualquier resolución concedida durante la suspensión definitiva podrá modificarse o revocarse por oficio cuando ocurra un hecho superveniente, es decir, un nuevo hecho.
Y la resolución de ministro es un hecho nuevo, incluso, tiene un cargo superior que el juez, por lo que automáticamente deberá revocarse el criterio de la suspensión, salvo que Juan Alvarado quiera contradecir a un ente superior.
Por cierto, el diputado de MC, Eduardo Gaona, aseguró que la resolución del ministro no está en firme, aunque tampoco la suspensión debido a que se encuentra en un Tribunal Colegiado, por lo que no hay una ejecución de sentencia. Habría que recordarle a Navarro que el fondo del asunto es el mismo tanto en el juzgado como en la Corte.