No más impunidad a deudores alimentarios
La pensión alimenticia no se trata de una concesión, es un derecho creado para garantizar justamente la integridad de niñas, niños y adolescentes, y para poder salvaguardar su interés superior. Cuando los menores no reciben pensión alimenticia, muchas veces se ven obligados a trabajar y a dejar sus estudios, por lo que, con esta reforma […]
Josefina Vázquez MotaLa pensión alimenticia no se trata de una concesión, es un derecho creado para garantizar justamente la integridad de niñas, niños y adolescentes, y para poder salvaguardar su interés superior.
Cuando los menores no reciben pensión alimenticia, muchas veces se ven obligados a trabajar y a dejar sus estudios, por lo que, con esta reforma se termina la impunidad a los deudores alimentarios.
El pago de la no pensión afecta a cerca de 45 millones de niñas, niños y adolescentes en nuestro país. De cada 10 divorcios, siete padres no cumplen con la pensión alimenticia, lo que se convierte en un problema grave; siete de cada 10 madres solteras no reciben pensión alimenticia, y una de cada 10 mujeres que demanda lo consigue.
Por eso me congratula que por unanimidad en el Senado de la República hayamos aprobado una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de fortalecer la ejecución y garantizar el oportuno cumplimiento de la pensión alimenticia, de manera homologada en todo el país.
Con esta modificación se crea un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de las personas deudoras alimentarias, y con ello dotar de una efectiva protección los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán de lo necesario, con la finalidad de establecer, como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar procedimientos y trámites como: licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y de viaje; participar como candidato a cargos de elección popular.
Así como para participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal; trámites ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales; solicitudes de matrimonio, situación en la que la persona oficial del Registro Civil deberá hacer del conocimiento de los contrayentes, si alguno se encuentra en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Prevé también medidas de restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en dicho Registro puedan salir del país cuando sean deudores alimentarias morosas, así como cuando existan los medios de prueba para determinar la existencia de un riesgo importante de que su salida del país se utilice como un medio de evasión del pago de la deuda.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala que en 2021 se registraron 23 mil 285 carpetas de investigación por el impago de pensión alimenticia, más que en el 2020, que fue de 17 mil 678, por lo que hay un incremento de 31 por ciento.
Con esta reforma se acaba la impunidad a los deudores alimentarios, ya nos más violencia económica ni psicológica contra nuestros menores ni adolescentes, tampoco para sus madres.
Hoy les decimos a miles de mujeres en todos los rincones del país, que no están solas, y no sólo de palabra, sino porque con esta reforma ya no tendrán que suplicar hacer efectivo el derecho a la alimentación.