Ley general de pensiones y presión fiscal

La separación histórica de los servicios de salud y la administración de pensiones ha obstaculizado una gestión financiera efectiva por parte de las entidades responsables
Tonatiuh Martínez Aviña Tonatiuh Martínez Aviña Publicado el
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El tema de pensiones dará de qué hablar el primer semestre del año, momento definido por las campañas electorales y las propuestas que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, anunciará el 5 de febrero de 2024.

Una de estas iniciativas versa sobre el tema pensional.

Para abonar a la discusión en las siguientes líneas plantearé el problema de la fragmentación, que solo puede abatirse con una Ley General de Pensiones. Esta problemática no se ha atendido desde que nació la seguridad social en México.

Con la promulgación de la Constitución de 1917, se consagró al trabajo y la previsión social de establecer mecanismos de prevención para casos de invalidez, vida, cesación involuntaria de trabajo, de accidentes y otros con fines análogos.

En 1925, se expidió la Ley de Pensiones Civiles y de Retiro, en la que se protegía a todos los encargados del servicio público que no fueran militares, incluyendo los de carácter docente.

En 1942, cuatro años después de la expropiación petrolera, se firmó el primer Contrato Colectivo de Trabajo con Petróleos Mexicanos, en el que se pactó un esquema de pensiones y jubilaciones.

Con la promulgación de la Ley del Seguro Social en 1943, se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social. En 1959 nació el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que también administraría de manera propia las pensiones.

En 1976 surgió el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para atender al sector militar.

A la par de estos grandes organismos, también surgieron instituciones de este tipo en los gobiernos estatales y municipales, lo que provocó que la administración de las pensiones fuera atomizada, pues el pago, cobro y otorgamiento de servicios dependía del tipo de entidad en la que se laboraba.

Universidades, gobiernos estatales y gobiernos municipales gestionaban de manera independiente la normativa para otorgar pensiones, ante la falta de un marco regulatorio general que delimite su administración.

Actualmente existen en el país más de 105 sistemas públicos de pensiones. La fragmentación histórica de los servicios de salud y de la administración de las pensiones impide un manejo sano de las finanzas de las entidades que los gestionan.

El principal problema de la falta de parámetros es que puede haber entidades que permitan la jubilación, situación que presiona las finanzas de cada entidad, concentrando recursos para el pago de pensiones en detrimento de otros usos.

En caso de que estas entidades se declaren en quiebra, el Gobierno federal tendrá que rescatarlas, poniendo en riesgo sus propias finanzas. De no prevenirse esta situación, podría culminar en un incremento de la deuda pública.

Además, no es un problema que se pueda resolver con una sola aportación de efectivo, pues en realidad implica una salida constante de recursos para el pago de pensiones.

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