La ‘selfie’ de la Telecom
Como ley, fui publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio del 2014 en cumplimiento de la Reforma Constitucional en la Materia del 11 de junio del año 2013 y reglamento el uso, aprovechamiento, explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión y la convergencia entre estos, los derechos de los usuarios y las audiencias y el proceso de competencia en estos sectores.
Pablo Mier y TeránComo ley, fui publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio del 2014 en cumplimiento de la Reforma Constitucional en la Materia del 11 de junio del año 2013 y reglamento el uso, aprovechamiento, explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión y la convergencia entre estos, los derechos de los usuarios y las audiencias y el proceso de competencia en estos sectores.
Honestamente no respondo del todo bien a los principios de la Reforma Constitucional. Se incluyeron facultades de la Secretaría de Gobernación en contra de lo establecido constitucionalmente que le impide supervisar los contenidos audiovisuales y transgrede la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones al permitir a la SCT que opine sobre el programa de trabajo de informes trimestrales del IFT, de la misma manera, que ilegalmente se autoriza a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para opinar sobre los proyectos regulatorios del IFT.
Por lo que se refiere a las emisoras de las Instituciones Públicas de Educación Superior, no doy garantías en materia de independencia editorial ni autonomía de gestión financiera, participación ciudadana o reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; tampoco facilito la defensa de contenidos ni reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.
Debo ser honesta y confesarles con pena que como Reforma limito a los medios comunitarios e indígenas, imponiendo requisitos discrecionales, con prohibiciones para contar con fuentes de financiamiento como patrocinios y venta de espacios publicitarios.
Tristemente estoy de acuerdo con la Amipci (Asociación Mexicana de Internet) que se expresó diciendo que no garantizo la protección y respeto a los Derechos Humanos y atento contra los derechos a la privacidad. Esto porque las empresas telefónicas tendrán que guardar la información completa de emisores, receptores, mensajes y ubicaciones, obligatoriamente por un año y eventualmente por otro más.
Me pareció muy atinada la conferencia del episcopado mexicano cuando manifestó su preocupación acerca de mí, la Reforma en Telecomunicaciones, cuestionando con escepticismo respecto de si fortalecerá la dignidad y la pluralidad y posibilitará contenidos de mejor calidad o solo será un asunto de monopolios (Televisa, TV Azteca, Telmex-América Móvil).
Presumo sobre mí diciendo que ahora todas las estaciones, no solo MVS, tendrán un Código de Ética y un Defensor de Audiencias elegidos por sí mismos y las transmisiones deberán facilitar el acceso a los discapacitados.
Coincido con “A Favor de lo Mejor” institución del sector privado que desde 1997 trabaja por elevar la calidad de los contenidos de los medios de comunicación en México, que gracias a mi ahora se reglamentarán los horarios y contenidos, que protegen a los infantes.
Finalmente me parece correcto lo que Signis –una comunidad mundial de comunicadores que trabaja para hacer un mundo mejor- en su capítulo México ha dicho: estamos preocupados por los aspectos discrecionales de la Reforma en las Telecomunicaciones y considera necesario mantener el análisis de los textos de Ley y sus aplicaciones, específicamente por cuanto hace a los Derechos de los usuarios y las audiencias.