Implicaciones sobre el caso Grand Hyatt Cancún
El abogado Pablo Andrei Zamudio Díaz acusa que las autoridades municipales de Benito Juárez permitieron la construcción del inmueble sin darle importancia a los temas ambientales
Julio PilotziEsta columna recibió una solicitud de derecho de réplica por parte del abogado Pablo Andrei Zamudio Díaz, en torno a un texto publicado la semana pasada en el que se informaba sobre la suspensión de obra del hotel Grand Hyatt de Puerto Cancún; esto como resultado de un recurso de amparo, con folio 222/2023, interpuesto por el aludido para frenar la construcción del inmueble por presuntas afectaciones al medio ambiente.
En su carta, Zamudio Díaz apunta que, de acuerdo con la respuesta a la solicitud de información con número de oficio SEMARNAT/UCVSDHT/UT/1886/2024, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no logró detectar en su Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, ni en su oficina de representación de Quintana Roo, algún resolutivo que demuestre que la empresa Diestra Realty cuenta con los permisos ambientales para llevar a cabo la construcción del hotel.
Asegura que el complejo hotelero en construcción está adyacente a una zona de humedales y manglares de la Laguna Morales; incluso que está dentro del área de influencia del Parque Marino Nacional Costa Occidental de Isla Mujeres, Puerto Cancún y Punta Nizuc, mismo que fue decretado área natural protegida desde 1996.
Acusa, por tanto, que las autoridades municipales de Benito Juárez permitieron la construcción del inmueble sin darle importancia a los temas ambientales.
Respecto a su departamento de la Torre Blume, ubicada en el mismo desarrollo de Puerto Cancún, Zamudio dice que no es lo mismo un desarrollo habitacional que un destino turístico; además, justifica que su propiedad no se encuentra contigua a la Laguna de Morales, ni a escasos metros del Mar Caribe.
Y sobre su esposa, Miriam Suárez Padilla, secretaria en un Tribunal de la Ciudad de México, afirma que nunca ha tenido relación con los tribunales que fallaron a su favor en el caso del hotel.
Frente a todas estas aseveraciones es importante precisar que, de acuerdo con los documentos a los que tuvo acceso este columnista, la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) sobre la que se basa la construcción del Grand Hyatt Cancún corresponde a aquella con que la Semarnat autorizó, desde 1991 y mediante oficio número 410-02676, el proyecto turístico náutico de “Puerto Cancún”, promovido este por el entonces Fondo Nacional de Fomento al Turismo .
También tuvimos acceso al oficio de expediente V:92:587, con fecha del 5 de noviembre de 2018, por el que el entonces tenedor o promovente de la MIA de Puerto Cancún, la razón social FRBC-PC CLUB DOS S de RL DE CV, da aviso a la Semarnat sobre el inicio de las obras del hotel Grand Hyatt Puerto Cancún y del condominio Blume, entre otros desarrollos dentro del fraccionamiento también denominado Puerto Cancún.
Más importante aún, está en nuestras manos el oficio SGPA/DGIRA/DG/09018 de fecha 21 de noviembre de 2018, emitido por la propia Secretaría del Medio Ambiente para dar por presentado el aviso de inicio de obras y para señalar que se ha acreditado ante ellos la construcción, entre otros desarrollos, de la obra del hotel Grand Hyatt y del condominio Blume.
Parece que el abogado Pablo Andrei Zamudio deberá construir de mejor manera sus solicitudes de información.
Por cierto, Zamudio Díaz, deberá saber qué calificativos y ofensas hemos recibido en cartas enviadas, porque más allá de los puntos a debatir y aclarar, nuestro trabajo lo respalda más de 25 años en los medios de comunicación, en los que hemos sido objeto de señalamientos preocupantes, en un país en el que el hacer periodismo es una de las labores más peligrosas que existen, y si nos vamos a los datos, de todo el mundo.
Plasmado entonces, el derecho de réplica.
Voz en off
América Móvil anunció sus resultados financieros y operativos del segundo trimestre de 2024.
Afirma que agregó 2.4 millones de suscriptores móviles en el segundo trimestre, de los cuales 1.8 millones fueron suscriptores postpago, con Brasil ganando 907 mil, Colombia 183 mil y México 99 mil.
Su plataforma de prepago registró 599 mil adiciones netas en el período, principalmente procedentes de Colombia y Argentina, con 261 mil suscriptores y 191 mil, respectivamente.
Por otra parte, en su segmento de línea fija conectamos 376 mil nuevos accesos de banda ancha, con México añadiendo 148 mil, seguido de Brasil y Argentina, con casi 63 mil cada uno.
Los ingresos del segundo trimestre crecieron 1.5 por ciento de forma anual a 206 mil millones de pesos. Los ingresos por servicios aumentaron 3.5 por ciento anual en términos de pesos mexicanos y 4.7 por ciento a tipos de cambio constantes.
Además menciona que el crecimiento de sus ingresos por servicios móviles se aceleró a un ritmo de 5.1 por ciento desde 4.9 por ciento en el trimestre anterior, gracias a un mayor crecimiento de los ingresos postpago, 6.2 por ciento, mientras que los ingresos de prepago se mantuvieron al mismo ritmo.
El EBITDA aumentó 5.6 por ciento en términos de pesos mexicanos y 6.9 por ciento a tipos de cambio constantes, resultando en un margen del EBITDA de 40.4 por ciento.
Su utilidad de operación fue de 45.5 miles de millones de pesos, aumentando 12.9 por ciento respecto del trimestre del año anterior.
Sin embargo, nuestro costo integral de financiamiento alcanzó los 40.2 miles de millones de pesos debido a pérdidas cambiarias, principalmente por la depreciación del peso mexicano, y terminamos registrando una pérdida neta de 1.1 miles de millones de pesos en el trimestre.
En la primera mitad del año, afirma que su financiamiento neto de 14.3 miles de millones de pesos, junto con nuestro flujo de operación nos permitió cubrir 56.2 miles de millones de pesos en gasto de inversión, 12.5 miles de millones de pesos en recompra de acciones y una cantidad similar en obligaciones laborales, y su flujo de efectivo fue mayor en comparación con el mismo período del año anterior…
Zamudio Díaz pide nuevo derecho de réplica sobre el caso Grand Hyatt Cancún
En un nuevo derecho de réplica enviado por Pablo Andrei Zamudio Díaz, el abogado indicó que ni los defensores del medio ambiente ni los periodistas deberían ser amedrentados y pidió esclarezcan puntos del texto anterior que consideró imprecisas.
Señaló que el oficio número 410-02676, sobre la que se basa la construcción del Grand Hyatt Cancún, corresponde a un documento de más de 30 años y que no autorizó per se la construcción del actual complejo de 500 habitaciones.
Indica que ese documento no evaluó el impacto que la obra turística actual tiene sobre el manglar y la Laguna Morales, adyacentes al complejo, y que más bien era necesario una manifestación de impacto ambiental nueva y específica para este.
Aquí el documento completo: