Estado laico y libertad religiosa
De este modo el Estado Mexicano, que se define correctamente como laico (art. 40), no puede prohibir ahora la expresión privada de los actos de culto o religiosos (art. 24). De este modo los legisladores han adecuado, certeramente, el reconocimiento de este derecho humano a los estándares internacionales; en Cuba, por poner un ejemplo cercano, gozan desde siempre de una libertad religiosa que en México apenas estamos próximos a tener.
Pablo Mier y TeránDe este modo el Estado Mexicano, que se define correctamente como laico (art. 40), no puede prohibir ahora la expresión privada de los actos de culto o religiosos (art. 24). De este modo los legisladores han adecuado, certeramente, el reconocimiento de este derecho humano a los estándares internacionales; en Cuba, por poner un ejemplo cercano, gozan desde siempre de una libertad religiosa que en México apenas estamos próximos a tener.
Según el ex presidente francés Nicolas Sarkozy, el estado no debe actuar en contra de las religiones, sino promoviendo su existencia en una ambiente de tolerancia, respeto y convivencia armónica, así esta inyección de libertad que nos dio la anterior legislatura sustenta mejor el estado laico y la sana –y necesaria- separación Iglesia -Estado.
Para que quede más claro aún, dicha reforma no implica ningún privilegio o discriminación a favor o en contra de alguna agrupación o asociación religiosa. Es simplemente el reconocimiento de un derecho fundamental de todas las personas que viven en Estados Modernos.
Dichas reformas no implican, aunque algunos así lo afirmen, ninguna modificación al artículo 3º constitucional, ni implican el establecimiento de un sistema legal que permita la objeción de conciencia, y mienten que dichos cambios constitucionales llevarán a que los ministros de culto de alguna asociación religiosa puedan ser electos para cargos de elección popular.
Ambas reformas, que ya se han definido en la Cámara de Diputados y en el Senado, por ser cambios en la Carta Magna deben ser aprobados al menos por los Congresos de 16 estados.
Si bien la reforma debería ser aceptada y reconocida por la sociedad mexicana, hablamos de un país en el que la mayoría de sus habitantes practica -al menos ocasionalmente- alguna religión, algunos grupos organizados y patrocinados, actuando en “obscurito”, con sus mentiras pretenden confundir a los diputados de los congresos estatales y en algunos casos han logrado que se rechace esta progresista reforma en materia de libertad religiosa.
Este movimiento anti reformista lo identificamos con una asociación religiosa llamada “Luz del Mundo” , que se denomina cristiana, y por una asociación llamada Por un México Laico, cuya escaza transparencia es inversamente proporcional a la cantidad de recursos que invierte para descarrilar este proyecto de libertades.
Señoras y señores diputados de los congresos locales de Colima, Baja California Sur, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Yucatán y Tabasco, tomen -se los pedimos millones de Mexicanos- , la mejor de las decisiones.
Y la mejor, qué duda cabe, es la que está basada en la defensa de la libertad.
Señores legisladores, con el respeto y la consideración debida, respetuosamente les pido considerar, antes de emitir su voto, las palabras del conocido catedrático de la UNAM, en un reciente libro que editó Porrúa titulado Libertad Religiosa y Estado Laico “la situación que guarda la libertad religiosa es un excelente termómetro para medir la salud de un régimen político”.