Como parte de la nueva política energética, impulsada por presidente Andrés Manuel López Obrador, se emprendió una estrategia de combate al robo de combustibles o “huachicoleo”, que ha sido un éxito al reducir hasta en un 95 por ciento la incidencia de este delito.
Para poner fin a la ineficiente dinámica de extraer petróleo crudo y comprar gasolinas, se ha planteado que la extracción se limite a las necesidades de abastecimiento nacionales, con el fin de detener la tendencia del aumento en importaciones y la dependencia que ello genera, así como de ser autosuficientes en la producción de combustibles para 2023, antes de que culmine el sexenio.
La reforma a la Ley de Hidrocarburos recientemente aprobada tiene como objetivos: continuar reforzando la nueva política energética y ordenar los vacíos legales, para dar mayor certidumbre al sector
Por ejemplo, se prevé que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) no responda a la solicitud de permisos en el plazo legal de 90 días naturales, lo que evita que, en estos casos, se entienda que el permiso se ha concedido y permite una auténtica revisión de las condiciones legales para su otorgamiento, a la vez que facilita un mejor control de la actividad de particulares en el sector petrolero.
Ahora, para cerrar la pinza y fortalecer la política energética, reformaremos el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos con el objetivo de transitar a un mercado donde todos los agentes que participen, incluido Petróleos Mexicanos (Pemex), se encuentren en igualdad de condiciones regulatorias.
Cabe destacar que la regulación asimétrica impuesta a Petróleos Mexicanos ha permitido que, desde el año 2017, exista una apertura de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, lo que es constatable mediante los 106 permisos autorizados al 21 de marzo de este año.
Mismos que tienen la finalidad de realizar actividades de importación, exportación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de petrolíferos y petroquímicos, otorgados a diversos agentes económicos.
Al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, se deja sin efectos la facultad otorgada a la CRE para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de “Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos”, así como la comercialización que realicen personas controladas por Pemex o sus organismos subsidiarios.
La reforma al artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos establece que las ventas que realice Pemex, así como sus empresas productivas subsidiarias, o una persona moral, por cuenta y orden del Estado, serán consideradas como comercialización, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación.
Rocío Abreu Artiñano, Senadora por Morena