Las personas que son mexicanas por naturalización no tienen los mismos derechos que quienes lo son por nacimiento. La discusión sobre este tema se reavivó a partir de la candidatura de Paco Ignacio Taibo II para ocupar el cargo de director del Fondo de Cultura Económica (FCE), sin embargo, va más allá de un caso y algunos extranjeros prefieren no tramitar la nacionalidad del país porque nunca obtienen los mismos derechos que un individuo que nace en México.
Como sucedió con el escritor que nació en Gijón, España, los naturalizados no pueden acceder a la dirección de una empresa pública porque no son mexicanos por nacimiento, según el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
No obstante, no es el único derecho al que no pueden acceder los extranjeros que obtienen la nacionalidad mexicana. El artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ahonda en la distinción entre mexicanos por nacimiento y por naturalización.
Este apartado de la ley señala que los mexicanos son preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno.
El artículo 32 de la Carta Magna también proclama que en tiempos de paz ningún extranjero puede servir en el ejército, ni en las fuerzas de policía o seguridad pública. Para desempeñar cualquier cargo en una organización de seguridad nacional se requiere ser mexicano por nacimiento.
“No pueden acceder a 32 puestos como ministro de la Corte, secretario de Estado o presidente del Banco de México, pero en todo lo demás son iguales”, explica la doctora en derecho María Elena Mansilla y Mejía.
El anexo de la Ley de Nacionalidad publicado el 23 de enero de 1998 en el Diario Oficial de la Federación indica cada uno de los cargos a los que no puede acceder un mexicano naturalizado, es decir, son empleos gubernamentales que sólo ocupan mexicanos por nacimiento. En el documento se citan más de 20 leyes, entre ellas las referentes a las Entidades Paraestatales, Servicio Exterior Mexicano y Procuraduría General de la República.
En el mismo sentido, Elan González Álvarez, abogado migratorio y de inversión extranjera, comenta que una diferencia entre los dos tipos de nacionalidades mexicanas es que los naturalizados no tienen el derecho político de ser votados, aunque sí pueden ejercer el sufragio durante las elecciones.
El también titular del despacho Consultoría Migratoria Abogados puntualiza que otra de las desventajas de la nacionalidad por naturalización es su caducidad en el exterior. El extranjero puede perder la nacionalidad mexicana si pasa más de cinco años continuos fuera de México.
El artículo 37 de la Constitución, apartado B, añade que se pierde la naturalización por adquisición voluntaria de otra nacionalidad, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte de otro país o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado que no sea México.
Ante este panorama, la periodista colombiana Natalia Matallana Restrepo prefiere mantener su residencia permanente que tramitar la naturalización. Está casada con un mexicano y sus dos hijos nacieron en territorio nacional.
Matallana Restrepo dice que no realiza el trámite de naturalización mexicana porque teme perder la protección del consulado colombiano para ella y sus niños.
“No lo hago por inseguridad. Me dicen que debo renunciar a mis beneficios, que no son muchos, consulares colombianos”, comenta la periodista.
La joven agrega que siente miedo por la posibilidad de perder el amparo de su país de origen, en parte, porque no tiene familia en México. Incluso a veces considera registrar a sus hijos como colombianos para que tengan la protección de los dos países.
“No sabemos si algún día tenga que volver y me gustaría que no fuera difícil para mis hijos entrar al sistema de salud, de educación, entre otros”, concluye la periodista.
González Álvarez confirma que cuando una persona extranjera expide la naturalización mexicana renuncia a la protección de su país de nacimiento.
“Se renuncia a la protección del consulado porque al momento que un extranjero deja de ser considerado como tal dentro de México se entiende que ya tiene que acudir a la justicia mexicana cuando está en peligro”, explica el abogado migratorio.
En el mismo tenor, la exembajadora de Polonia en México Beata Wojna decidió no gestionar la nacionalidad mexicana por las limitaciones para los naturalizados.
“Hace poco me preguntaron si voy a ser mexicana. Dije que no porque según la Constitución hay mexicanos de primera y de segunda. Los naturalizados no pueden tener doble nacionalidad, ni ocupar ciertos cargos…”, dice la también profesora de relaciones internacionales en Twitter.
Sin embargo, otros extranjeros siguen pidiendo la Carta de Naturalización. De conformidad con lo señalado por el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los mexicanos por naturalización son los extranjeros que obtienen de la Secretaría de Relaciones Exteriores este documento.
La Cancillería entregó 2 mil 780 certificados de este tipo en lo que va del año, de acuerdo con los propios datos de la dependencia federal, no obstante, las cifras de misivas de naturalización disminuyeron en los últimos cinco años. En 2017 sólo se registraron 3 mil 67 cartas y en 2013 se entregaron 3 mil 581 cartas.
¿Por qué no tienen los mismos derechos?
La interrogante que surge ante este panorama es por qué el gobierno no otorga los mismos derechos a los mexicanos nacionalizados que a los de nacimiento. Los especialistas articulan dos posibles respuestas.
La doctora en derecho Mansilla y Mejía opina que cada país es soberano y tiene derecho a establecer las limitaciones que considere pertinentes al momento de otorgar la nacionalidad. El objetivo es proteger sus intereses como nación.
“Cada Estado tiene derecho a determinar su régimen interno. Los mexicanos naturalizados no pueden acceder a todos los cargos porque estos son de absoluta confianza y seguridad nacional por lo tanto no hay ninguna violación de derechos humanos internacionales”, plantea la doctora en derecho.
Por otra parte, González Álvarez advierte que el gobierno mexicano decide incluir esos parámetros en su Ley de Nacionalidad por su pasado de intervenciones extranjeras.
“México ha sido objeto de diferentes intervenciones a lo largo de la historia por parte de países como Estados Unidos y Francia, entonces el legislador lo que ha hecho es tratar de establecer límites a los derechos que tiene un extranjero al hacerse mexicano para que justamente no prevalezca el interés de otro Estado sobre el mexicano”, comenta el abogado de inversión extranjera.
El titular del despacho añade que algunos especialistas en derecho internacional creen que las restricciones a los mexicanos naturalizados violan algunas garantías fundamentales.
Una reforma pequeña
La propuesta del presidente electo Andrés Manuel López Obrador para que Taibo II sea director del FCE provocó una iniciativa de reforma para que se cambie una de las leyes que restringe los derechos de los naturalizados mexicanos.
La senadora Citlalli Hernández presentó en nombre de la fracción de Morena una iniciativa de reforma para permitir que Taibo II sea director del grupo editorial paraestatal. Martí Batres, presidente del Senado, ya defendió la iniciativa, así que es cuestión de tiempo para modificar la ley.
La reforma sólo es a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, una de las más de 20 normas de la Constitución que incluye restricciones para los extranjeros naturalizados.
El artículo 21 de esta ley señala hasta ahora que el director general de una paraestatal debe “ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos”.
La iniciativa de reforma pretende modificar el apartado para que dictamine que el que el director general de una paraestatal tiene que “ser ciudadana o ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos”, es decir, ya no sería necesaria la nacionalidad por nacimiento.
Al final la reforma de ley puede permitir que los naturalizados dirijan cualquier paraestatal del país. Es una forma de otorgar más derechos a las personas que no nacieron en México, pero sí son mexicanos.