Javier Milei sufre primer revés judicial: suspenden reforma laboral por atentar contra trabajadores

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Argentina suspendió temporalmente esta iniciativa de ley al no considerarla como urgente.
Janet Gómez Janet Gómez Publicado el
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Este miércoles se informó que la justicia argentina suspendió la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei, argumentando que atenta contra la seguridad alimentaria y laboral de millones de ciudadanos.

Cabe destacar que la medida, que busca la desregulación de la economía argentina, fue presentada como un decreto de necesidad y urgencia (DNU) el pasado 20 de diciembre para avanzar en la política monetaria.

No es una reforma urgente

No obstante, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que no se trata de una reforma urgente y que podría implicar una serie de normativas inconstitucionales e inaceptables.

Los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera dictaron una medida cautelar que dejó sin efecto los cambios en materia laboral que habían entrado en vigencia el 29 de diciembre.

Esto responde a la movilización de la semana pasada, cuando la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) solicitó al Poder Judicial que detuviera los cambios laborales que el gobierno de Milei quería implementar por decreto, argumentando su posible inconstitucionalidad.

Era inconstitucional

En este sentido, el juez Sudera aclaró que las disposiciones del DNU establecen modificaciones de aplicación inmediata en áreas como interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, jornada laboral, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, así como el funcionamiento de las asociaciones gremiales y conflictos colectivos.

Por ello, el juez citó al constitucionalista Juan Bautista Alberdi, a quien Milei retomó en su discurso de victoria al evocar que la nación argentina abraza las ideas de libertad, como las de Alberdi.

Sudera mencionó que el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas. Desde esta perspectiva, no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso o que no se halla sujeto al control judicial.

El juez retomó al pensador argentino y aludió que solo la Constitución es inmutable y que el Poder Ejecutivo debe tener todo el poder posible, aunque solo por medio de la propia Carta Magna.

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