Entra en vigor el Nuevo Código Penal en Cuba, la ley que limita aún más la libertad de expresión

Este mes, en el país latinoamericano entró en vigor el Nuevo Código Penal, a través del cual se limitan aún más las libertades de expresión, lo cual es cuestionado por diferentes organizaciones humanitarias. Al respecto, se prevé que los gobiernos de la región y la opinión pública lleven a las instituciones cubanas a restablecer algunos de los artículos
Fernanda Muñoz Fernanda Muñoz Publicado el
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Desde el inicio de este mes, el Gobierno de Cuba ha sido cuestionado por distintas organizaciones humanitarias por la entrada en vigor de su Nuevo Código Penal.

Amnistía Internacional, por ejemplo, aseguró que el Código representa un “panorama aterrador para 2023 y años posteriores” debido a que se corre el riesgo de que se consoliden aún más las limitaciones a la libertad de expresión.

“Presenta un panorama aterrador para periodistas independientes, activistas y cualquier persona crítica con las autoridades”, dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de la organización.

Por su parte, ARTICLE 19, organización independiente y apartidista que promueve y defiende el avance de los derechos de libertad y expresión en México y Centroamérica, calificó al Nuevo Código como una ley “autoritaria”.

“Desde la perspectiva de ARTICLE 19, este (Código) busca impedir el ejercicio de los derechos humanos en contraposición al Estado, particularmente las libertades de expresión, prensa, reunión, manifestación y asociación”, se describe en su página oficial.

De los 434 artículos con los que está compuesto el Nuevo Código Penal, las organizaciones humanitarias destacan, entre otros, el 120, en el que se especifica que toda persona que ponga en peligro el orden constitucional y el normal funcionamiento del Estado y el Gobierno cubano, será castigada con la privación de su libertad de cuatro a 10 años.

Esa medida entró en vigor aun cuando el derecho a la libertad de expresión sólo puede restringirse en circunstancias muy limitadas, como para proteger la seguridad nacional y la salud o moral públicas, de acuerdo con el Derecho internacional de los Derechos Humanos.

“Las disposiciones de redacción ambigua como ‘poner en peligro el orden constitucional’ y  el ‘normal funcionamiento del Estado y el Gobierno cubano’, son incompatibles con las normas y leyes internacionales sobre el derecho a la libertad de expresión”, detalla Amnistía Internacional.

Otro artículo que es cuestionado es el 143, a través del cual se detalla que toda persona que apoye, fomente, financie, provea o reciba en su poder fondos, recursos materiales o financieros de un Estado extranjero para sufragar actividades contra el Estado cubano y su orden constitucional, deberá ser sancionada con la privación de su libertad de cuatro a 10 años.

Para la organización ARTICLE 19, esto supone un riesgo para el ejercicio del periodismo alternativo e independiente, así como para el activismo político y para los derechos humanos dentro del país.

“Muchos medios de prensa no controlados por el Gobierno reciben recursos financieros desde el exterior, pues no tienen la posibilidad de gestionar sus propios ingresos dentro de Cuba. Lo mismo ocurre con personas defensoras de derechos humanos.

“Reformas similares se han impulsado en países como El Salvador, Nicaragua y Venezuela, por lo que Cuba se coloca en sintonía con Estados latinoamericanos que han impulsado el uso del derecho penal contra el libre ejercicio de la libertad de expresión y otros derechos humanos”, agrega la organización.

Óscar Abad, internacionalista por la UNAM y docente de la Universidad Anáhuac, opina que con el Nuevo Código Penal parecería que en efecto el Gobierno está intentando reprimir aún más la libertad de cualquier ciudadano a poder manifestarse en contra del orden gubernamental, sobre todo después de las manifestaciones de julio de 2021, cuando cierta parte de la población cubana se levantó en contra de la administración del presidente Miguel Díaz-Canel por la escasez de alimentos, medicamentos y restricciones de la libertad.

“Esto en términos democráticos es un retroceso (…) No se están tomando en consideración las libertades humanas que existen en diferentes latitudes del planeta y ahora no creo que al régimen cubano le interesen las organizaciones humanitarias y lo que hagan”, asegura.

Propuesta de solución en Cuba

A pesar de que algunos artículos dentro del Nuevo Código Penal de Cuba son reconocidos por organizaciones como WOLA, líder en investigación e incidencia que promueve los derechos humanos en las Américas, otros apartados requieren ser analizados.

Es decir, mientras que es aplaudible que el Tribunal Supremo de Cuba haya considerado en la redacción del Código temas como la violencia doméstica y de género, la falta de libertad de expresión es cuestionable.

Ante esa situación, ARTICLE 19 hace un llamado al Gobierno de Cuba a ajustar su legislación y prácticas a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión y demás libertades fundamentales.

Para el también egresado del Instituto de Estudios Políticos Sciences-Po en Francia, Óscar Abad, de igual manera sería importante que los Gobiernos internacionales, medios de comunicación y organizaciones humanitarias, siguieran exponiendo las faltas que hay dentro del Nuevo Código Penal cubano a fin de no restringir a sus ciudadanos de ciertas libertades.

“La comunidad internacional y la opinión pública son las únicas que podrían hacer que el Gobierno de cierta manera volviese a abrir las libertades de participación, acción y de expresión de todos los cubanos.

“Esperemos que los países latinoamericanos, en el caso de México, el Gobierno cumpla con el cometido de no convertirse en un aliado de esas malas prácticas”, dice Abad.

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