Realizar el trámite para dejar un testamento puede ser tan sencillo como presentarse ante un notario, con una identificación oficial vigente y la Clave Única de Registro de Población (CURP), y manifestarle a quién se le quiere dejar los bienes que podemos heredar.
“Puede ser un trámite que tarde no más de media hora”, señala Héctor Amaya Estrella, vicepresidente general del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
No solo se trata de beneficios personales, dejar una herencia en regla también genera ventajas fiscales, explica el contador.
El Artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta nos habla que no se va a pagar el ISR por los ingresos obtenidos en herencias o legados; la herencia es la que se da precisamente a través del testamento, y no solo eso “también, a futuro, evita pérdida de tiempo, de grandes cantidades de dinero y desunión familiar”, pues asegura que en ocasiones los litigios tardan hasta 10 años en obtener una sentencia por la posesión de algún bien.
“Son años en los que se cubren honorarios de un abogado y el desgaste personal es alto”.
En México, el promedio de personas que cuenta con testamento es de apenas seis por ciento, por lo que Amaya Estrella considera un acierto la campaña Septiembre, mes del Testamento.
“En el mes del testamento el notariado mexicano ofrece extender sus áreas de atención, brindar asesoría jurídica gratuita y reducir los costos (de honorarios) hasta en un 50 por ciento. Realizar un testamento (durante septiembre) representa un costo de alrededor de tres mil pesos”.
Amaya Estrella ha detectado que a la hora de que la gente se decida por tramitar su testamento desconoce que se puede modificar tantas veces como sea necesario.
“El testamento es libre, se le puede dejar a quien uno quiera, normalmente se le da preferencia a hijos cuando son menores de edad porque tienen que tener garantizado el cómo vivir, pero la herencia se le puede dejar a quien sea, sea familiar o no.
“El testamento es revocable, se puede cambiar tantas veces que se quiera hasta que quede como lo necesita quien lo realiza”.
Para llevar a cabo un proceso amigable y sin complicaciones, el contador sugiere tener todos los documentos en regla y a nombre del dueño, y con ello dar certidumbre a sus herederos.
“Una persona que tiene bienes a nombre de otro deja un problema al momento de fallecer porque los bienes van a quedar a nombre de quien estén registrados, y esa persona no puede poner en su testamento ‘yo le dejo el bien a mi hijo, pero está a nombre de Juan Pérez’, él solamente podrá heredar los bienes que estén a su nombre.
“La utilización de prestanombres es muy recurrida en México y en el mundo, genera algunos beneficios para ciertas personas, pero el gran perjuicio de la inseguridad jurídica viene en el momento en el que esa persona no esté y el bien queda en manos de quien está registrado. La invitación es que busquemos hacer testamento y que si vemos que algunos bienes tenemos que ponerlos en regla para transmitirlos de la manera correcta los pongamos en orden”.
Heredar obligaciones en el testamento
Héctor Amaya explica que si al momento de heredar algún bien éste presenta adeudos deberán ser cubiertos por el beneficiario, por lo que es importante analizar si conviene o no aceptarlo.
“Si el inmueble heredado presenta deudas éstas también se heredan. Si yo recibo una herencia, primero debo revisar que con todos los bienes se pueden pagar las deudas, si veo que los bienes no alcanzan para cubrirlas, entonces lo ideal sería repudiar esa herencia, porque en lugar de quedarme con bienes me quedo con deudas.
“Si el bien inmueble va a pasar a ser mío y trae solo unos pocos años de adeudos, puede valer la pena quedarme con él, pagar los impuestos que debe y hacerse de la propiedad. Las deudas no se disculpan a nadie ni por la muerte”.
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