Cada vez estamos más cerca de uno de los días más esperados de la primera mitad del año: el reparto de utilidades, a través de las cuales los trabajadores obtienen un ingreso extra que les brindan sus patrones o empresas para las que laboran.
Se trata de una prestación a la que la mayoría de las personas tienen derecho y está protegido por la Ley Federal del Trabajo, además no es posible renunciar a él, por lo que debes recibir obligatoriamente un pago adicional durante mayo.
¿Qué son las utilidades y cuándo las pagan?
Las utilidades son la cantidad de dinero que la empresa, o patrón para el que laboras, obtuvo a lo largo del último año, luego de restar todas las deducciones de impuestos, explica el Comité Nacional Mixto de Protección al Salario.
Debido a que tú formas parte de la empresa y aportas tus servicios para que ésta obtuviera ganancias, el trabajo que haces debe ser reconocido, por lo que es tu derecho acceder a este ingreso.
Ten en cuenta que si trabajas para una persona moral, es decir, una empresa, se te deben pagar a más tardar el 30 de mayo. Pero, si estás contratado por una persona física, es decir un patrón, el pago debe hacerse máximo el 29 de junio.
¿Quiénes las pueden cobrar?
Todos los empleados que hayan trabajado al menos 60 días en una empresa que lleva operando más de un año y cuyas utilidades fueron de 300 mil pesos o más, pueden acceder al pago extra durante mayo o junio.
Recuerda que las utilidades se te deben dar incluso si ya no laboras para la empresa en cuestión, ya que se repartirán las utilidades que ganaron durante 2023, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)
Estos trabajadores no recibirán utilidades
Tristemente, hay casos específicos de empleados que no podrán solicitar a sus empresas o patrones el pago de utilidades. La PROFEDET, indica que los trabajadores que no recibirán el ingreso extra son:
- Trabajadores domésticos
- Directores, administradores y gerentes generales
- Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón
En el caso de las empresas, no están obligadas a dar utilidades durante su primer año de funcionamiento; también queda exento el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Recuerda que el reparto de utilidades es un derecho que tienen la mayor parte de los trabajadores, por lo cual, si tú no estás dentro de las excepciones, debes obtener tu pago, si no es así, puedes hacer una reclamación ante la PROFEDET.